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Política

Saab también tiene un default judgment por tortura contra un Marine

** El 12 de mayo de 2026, una corte federal del Distrito Sur de Florida firmó el default judgment del caso Heath y Khan contra Maduro, Saab y otros codemandados, bajo la Anti-Terrorism Act. Cuatro días antes de la deportación.

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** El martes 12 de mayo de 2026, la Corte Federal del Distrito Sur de Florida firmó un default judgment final en el caso Heath et al vs. Maduro Moros et al. Cuatro días antes de la deportación, Alex Saab ya era responsable civilmente, junto a Maduro, Padrino López, Diosdado Cabello, Cilia Flores y otros codemandados, por el secuestro y la tortura de dos ciudadanos estadounidenses.

Ficha 6W · Lo esencial
Qué Default judgment final del caso 1:25-cv-20040-JB que declaró responsables a Alex Saab y otros codemandados individuales por daños a Matthew Heath y Osman Khan.
Quién Demandantes: Matthew Heath y Osman Khan. Codemandados individuales: Maduro Moros, Padrino López, Néstor Luis Reverol, Tarek William Saab, Iván Hernández Dala, Diosdado Cabello, Alex Saab Morán, José Miguel Domínguez, Cilia Flores, Reynaldo Hernández, Marlon Salas Rivas, Alexander Granko Arteaga. Codemandados colectivos: Minerven, Segunda Marquetalia, FARC-EP y Cartel de los Soles. Bufetes: Motley Rice LLC, Do Campo & Thornton, Provost Umphrey.
Cuándo Demanda presentada el 6 de enero de 2025. Default Judgment final entrado en el expediente el 12 de mayo de 2026. Deportación de Saab: 16 de mayo de 2026.
Dónde Corte Federal del Distrito Sur de Florida, Miami, caso 1:25-cv-20040-JB.
Por qué El default judgment configura un segundo frente judicial paralelo a la causa penal. Lo que viene esta semana en la corte de Miami no es un solo juicio, son varios procesos simultáneos.
Cómo Procedimiento civil bajo Anti-Terrorism Act ante incomparecencia de los demandados; sentencia por default sobre alegaciones admitidas por incomparecencia.

Cuatro días antes de subir al Gulfstream en Maiquetía, Alex Saab ya había sido declarado responsable civilmente por la justicia federal estadounidense por hechos distintos al lavado de dinero, junto a Maduro y a una decena más de funcionarios y exfuncionarios del oficialismo venezolano. El expediente lleva número 1:25-cv-20040-JB, está radicado en la Corte Federal del Distrito Sur de Florida, y se titula Matthew John Heath et al vs. Nicolás Maduro Moros et al. El default judgment final fue entrado en el expediente el martes 12 de mayo de 2026.

Los demandantes

Matthew Heath es un veterano del Cuerpo de Marines de Estados Unidos. Fue detenido el 11 de septiembre de 2020 en un retén durante un viaje por Venezuela. La detención inicial se justificó con acusaciones de espionaje y posesión de explosivos. El gobierno estadounidense determinó posteriormente que la detención fue arbitraria y las acusaciones falsas. Permaneció preso 752 días.

Osman Khan es un ciudadano estadounidense que viajó a Venezuela en 2022 a visitar a la familia de su novia. Fue detenido y mantenido en custodia 259 días. El gobierno estadounidense también declaró su detención arbitraria.

Ambos fueron liberados en octubre de 2022 dentro de un intercambio de prisioneros que incluyó, además, a cinco ejecutivos de Citgo retenidos en Caracas. El régimen venezolano recibió a cambio la liberación de Franqui Flores y Efraín Campo Flores, los dos sobrinos de Cilia Flores condenados en Nueva York por narcotráfico, conocidos en la prensa como «los narcosobrinos».

La demanda

El 6 de enero de 2025, los bufetes Motley Rice LLC, Do Campo & Thornton y Provost Umphrey presentaron en el Distrito Sur de Florida una demanda civil de 87 páginas en nombre de Heath y Khan. La acción se fundamenta en la Anti-Terrorism Act, una ley federal poco utilizada hasta los años recientes que permite a víctimas estadounidenses de grupos terroristas extranjeros embargar bienes de los responsables como vía de indemnización.

La demanda alegó que Heath y Khan fueron sometidos a un patrón de tortura: simulacros de ahogamiento, electrocución, amenazas de violación con un bolillo, administración de drogas que alteran la mente, y confinamiento prolongado en una celda estrecha conocida como «El Tigrito». La demanda sostiene que el secuestro y la tortura formaron parte de un esquema sistémico para usar ciudadanos estadounidenses como moneda de cambio en negociaciones con el gobierno de Estados Unidos. Esos mismos métodos, ha señalado la defensa de los demandantes, están siendo examinados por la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.

La demanda nombró como demandados a una lista extensa de funcionarios y exfuncionarios venezolanos, además de entidades colectivas. La lista de demandados individuales incluye:

  • Nicolás Maduro Moros
  • Vladimir Padrino López, ministro de la Defensa
  • Néstor Luis Reverol Torres
  • Tarek William Saab Halabi, Fiscal General
  • Iván Rafael Hernández Dala
  • Diosdado Cabello Rondón
  • Alex Naim Saab Morán
  • José Miguel Domínguez Ramírez
  • Cilia Adela Flores de Maduro
  • Reynaldo Hernández
  • Marlon Salas Rivas
  • Alexander Enrique Granko Arteaga

Como demandados colectivos figuran la Compañía General de Minería de Venezuela (Minerven), la Segunda Marquetalia, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC-EP) y el Cartel de los Soles. Que Saab aparezca en esa lista, junto a la cúpula militar y de inteligencia del oficialismo, es una caracterización judicial estadounidense de su lugar en el sistema, no solo financiero, sino represivo.

El default judgment

El default judgment es un instituto procesal civil que opera cuando los demandados no se hacen parte del procedimiento. Las alegaciones de hecho de la parte demandante se dan por admitidas. El juez evalúa si esas alegaciones, tomadas como ciertas, configuran responsabilidad bajo la ley aplicable. Si la respuesta es afirmativa, el juez fija el monto de la condena indemnizatoria.

Ninguno de los demandados individuales nombrados en la causa Heath compareció. Ninguno presentó defensa. La corte procedió por la vía del default. El 12 de mayo de 2026, el juez asignado al expediente firmó la orden de default judgment final. La decisión declara responsables a los demandados por los hechos descritos en la demanda y autoriza el proceso de cobro contra activos bloqueados de los demandados en jurisdicciones que cooperen con la justicia estadounidense.

Por qué este caso es noticia esta semana

Tres razones convergen.

Primera. El default judgment tiene fecha del 12 de mayo. La deportación de Saab tiene fecha del 16 de mayo. La distancia entre ambos eventos es de cuatro días. Saab subió al avión en Maiquetía siendo ya un demandado civil con sentencia firme en su contra. La fiscalía penal y los litigantes civiles operan en pistas paralelas, pero sobre la misma persona.

Segunda. El caso Heath sienta jurisprudencia operativa para otras causas civiles. En 2022, un juez de Miami otorgó 73 millones de dólares en daños a la familia de Fernando Albán, el concejal venezolano que murió en custodia del SEBIN tras una caída inexplicable desde el décimo piso. La causa Albán también fue por default. La cadena de casos civiles bajo Anti-Terrorism Act contra el oficialismo venezolano ya tiene un patrón de cobro contra activos OFAC-bloqueados.

Tercera. La defensa de Saab no puede ahora desligarse de la causa civil sin pagar un costo penal. Si comparece en el procedimiento penal, la fiscalía puede argumentar consistencia con los hechos admitidos por su incomparecencia en la causa civil. Si no comparece en la causa penal, repite el problema. La operación procesal es delicada.

El daño civil que va a tener que pagar

El monto de la indemnización no está reflejado en la primera página de la orden de default judgment, que es la que ha circulado públicamente. Los precedentes recientes en el Distrito Sur de Florida sugieren que las indemnizaciones bajo Anti-Terrorism Act pueden alcanzar decenas o centenas de millones de dólares por víctima.

La vía de cobro es la siguiente: los demandantes presentan pedimentos de discovery ante bancos y empresas que custodien fondos bloqueados por OFAC pertenecientes a los demandados. Los pedimentos cruzan listas de sancionados con cuentas en custodia. Los acreedores judiciales pueden embargar esos activos bloqueados como pago parcial. La causa Albán, en 2023, abrió ese camino con resoluciones del propio Distrito Sur de Florida sobre subpoenas a bancos.

El cuadro completo

Alex Saab llega a Miami con tres frentes abiertos. Uno: causa penal del Distrito Sur de Florida por la acusación de enero de 2026. Dos: default judgment civil del 12 de mayo de 2026 en la causa Heath et al. Tres: condena previa en Italia por lavado de dinero relacionada con la compra de un apartamento de lujo en Roma con fondos ilícitos. Hay un cuarto frente abierto, residual: la causa colombiana, en la que un tribunal lo absolvió en mayo de 2024 pero cuya apelación de la Fiscalía seguía pendiente.

Cada frente tiene su propio reloj. Cada uno tiene sus propias reglas. Y los cuatro están corriendo al mismo tiempo desde el sábado.

Fuentes principales: Orden de Default Judgment Final, Caso 1:25-cv-20040-JB, Corte Federal del Distrito Sur de Florida, entrada en el expediente el 12 de mayo de 2026 (Documento 67). Demanda inicial presentada el 6 de enero de 2025 por Motley Rice LLC, Do Campo & Thornton y Provost Umphrey. Reportes de Associated Press, WBIR Channel 10 y comunicado oficial de Motley Rice sobre el caso (enero de 2025). Precedente de la causa Albán (1:21-cv-20706-DPG) ante el mismo Distrito.

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Política

El capitán Caguaripano sigue en El Rodeo I tras nueve años de cautiverio militar

Detenido el 11 de agosto de 2017 tras los hechos del Fuerte Paramacay, el capitán Juan Carlos Caguaripano Scott permanece en la cárcel de El Rodeo I. Su nombre no aparece en las categorías del anuncio de 300 excarcelaciones del 19 de mayo.

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El capitán Juan Carlos Caguaripano Scott, de la Guardia Nacional Bolivariana, permanece detenido en la cárcel de máxima seguridad El Rodeo I, en el estado Miranda. Lleva nueve años bajo custodia del Estado venezolano y casi dos en condición de incomunicación. Su nombre no apareció en el anuncio del 19 de mayo.

Ficha 6W · Lo esencial
Qué El capitán Juan Carlos Caguaripano Scott continúa detenido en El Rodeo I, sin haber sido incluido en las categorías del anuncio de excarcelación de 300 personas.
Quién Capitán Juan Carlos Caguaripano Scott (GNB). Su esposa, Irene Olazo. Su padre, Juan Caguaripano (80 años). Su hija de 12 años.
Cuándo Detenido el 11 de agosto de 2017. Datos verificados al cierre del 19 de mayo de 2026.
Dónde Cárcel de máxima seguridad El Rodeo I, estado Miranda. Reclusión previa en La Tumba, Dgcim Valencia, Dgcim Boleíta y El Helicoide.
Por qué El expediente Caguaripano forma parte del bloque de 186 militares detenidos por motivos políticos según Foro Penal antes del anuncio del 19 de mayo.
Cómo Detención el 11 de agosto de 2017 tras los hechos del Fuerte Paramacay (Carabobo). Sin liberación pese a la sucesión de marcos de amnistía aplicados de manera errática.

El 11 de agosto de 2017, un grupo encabezado por el capitán de la Guardia Nacional Bolivariana Juan Carlos Caguaripano Scott protagonizó la toma simbólica del Fuerte Paramacay, en el estado Carabobo. Caguaripano fue detenido poco después. En agosto de 2026 se cumplirán nueve años desde aquel día. El capitán seguirá en El Rodeo I.

Esa es la frase con la que su esposa, Irene Olazo, ha venido cerrando entrevistas desde que se inició el proceso de excarcelaciones bajo el rodrigato. La última vez que dijo algo parecido fue en febrero, en una entrevista con el programa «La Entrevista» de EVTV Miami: «Mi hija tiene 12 años sin abrazar a su padre».

Itinerario de centros de reclusión

El expediente Caguaripano es excepcional incluso dentro del registro de detenciones políticas militares en Venezuela. Según el testimonio público de su esposa, el capitán pasó por al menos cuatro centros de reclusión antes de El Rodeo I: el Dgcim de Valencia, el Dgcim de Boleíta, La Tumba —el centro subterráneo del Sebin en Plaza Venezuela donde estuvo cerca de cuatro años, según Olazo, «30 metros bajo tierra»— y El Helicoide, donde permaneció otros cuatro años. La actual reclusión en El Rodeo I se inició tras un traslado y ha estado marcada por una incomunicación que ya supera los dos años.

El Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas solicitó información adicional sobre el caso Caguaripano a organizaciones de derechos humanos y al régimen anterior en 2022. La respuesta institucional al Comité fue parcial.

Las visitas del padre

Juan Caguaripano padre tiene 80 años y vive en Puerto La Cruz, estado Anzoátegui. Cada vez que puede, recorre cientos de kilómetros hasta El Rodeo I, en Miranda, para visitar a su hijo. Las visitas duran aproximadamente 20 minutos, según describió en una entrevista con NTN24 en marzo. No incluyen contacto físico. «Soy el único que lo visita y no puedo abrazarlo», dijo el padre en la cobertura de La Patilla del 16 de marzo de 2026.

La esposa del capitán y su hija viven en Costa Rica desde hace varios años por razones de seguridad. Mantienen contacto con la red de familiares de presos políticos militares en Venezuela, varias de las cuales han sido visibles en jornadas como la del 3 de mayo de 2026, que reunió manifestaciones en más de 120 ciudades del mundo bajo la consigna #QueSeanTodos.

Lo que el anuncio del 19 de mayo dejó fuera

El anuncio del presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, el martes 19 de mayo, incluyó categorías específicas: los policías metropolitanos detenidos por los hechos del 11 de abril de 2002, personas vinculadas al caso Plaza Venezuela, adultos mayores, embarazadas y reclusos con patologías graves. Las categorías no incluyeron a los militares procesados por hechos de naturaleza política. La razón institucional ofrecida por el régimen es que esos casos están en jurisdicción militar y se rigen por procesos distintos. La razón política es otra: el bloque de militares detenidos forma parte de la maquinaria que el aparato heredado por el rodrigato no ha mostrado intención de desmontar.

Foro Penal contabilizaba 186 militares detenidos por motivos políticos en el balance del 27 de abril de 2026. Si el anuncio del 19 de mayo se ejecuta tal como fue presentado, ninguno de esos 186 saldrá esta semana.

Lo que la diáspora sigue desde fuera

Para el venezolano en Estados Unidos que ha estado siguiendo el proceso desde el 3 de enero, el expediente Caguaripano funciona como medida de qué tan profundo está dispuesto a llegar el rodrigato. La excarcelación de los expolicías metropolitanos cierra el capítulo más antiguo del cautiverio civil. Pero el capítulo militar —donde el aparato del régimen anterior demostró su capacidad más severa de persecución— sigue intacto.

«Si con algún sector ha sido implacable este régimen es con el militar», escribió el dirigente opositor Juan Pablo Guanipa en marzo, tras su propia liberación. Guanipa nombró expresamente el caso Caguaripano y el del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, fallecido bajo tortura en 2019.

Lo que ocurre con Caguaripano en las próximas semanas dirá si el plan de tres fases del proceso venezolano se queda en el componente civil del cierre del ciclo chavista o si avanza también sobre el componente militar. La diferencia entre las dos cosas no es retórica. Es la diferencia entre un cierre parcial y un cierre integral.


Fuentes principales

  • ElDiario.com (cobertura del 14 de marzo de 2026). La Patilla (cobertura del 13 de marzo y 16 de marzo de 2026, entrevistas a Irene Olazo y Juan Caguaripano padre). El Nacional (cobertura del 17 de febrero de 2026 sobre condiciones de reclusión). TalCual (archivo histórico del caso). NTN24 (entrevista al padre, enero de 2026). Comité contra la Tortura de la ONU (solicitud de información, 2022). Foro Penal (balances mensuales). Declaraciones de Juan Pablo Guanipa, 2 de marzo de 2026.
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Política

Zapatero pasó de mediador a investigado por blanqueo del CLAP y PDVSA

El auto del juez José Luis Calama, conocido el martes 19 de mayo, vincula a Zapatero con la trama Plus Ultra y, por primera vez con detalle, con fondos provenientes de PDVSA y del programa de alimentos del chavismo.

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El auto del juez español José Luis Calama, conocido el martes 19 de mayo de 2026, pasa de la imputación administrativa al núcleo de la trama: el expresidente del Gobierno español aparece como presunto cabecilla del tráfico de influencias en el rescate de Plus Ultra y aparece, por primera vez con detalle judicial, vinculado a fondos procedentes de PDVSA y del sistema CLAP.

Ficha 6W · Lo esencial
Qué El juez instructor José Luis Calama, de la Audiencia Nacional española, conectó en su auto los fondos del caso Plus Ultra con el saqueo de PDVSA y del sistema CLAP, ampliando la dimensión del escándalo.
Quién José Luis Rodríguez Zapatero, expresidente del Gobierno español. Alex Saab, procesado en EE.UU. desde el lunes 18 de mayo. Delcy Rodríguez, mencionada en la trama como «la dama y ministro de petróleo».
Cuándo Auto judicial conocido el martes 19 de mayo de 2026. Imputación notificada en domicilio personal antes de las 8:00 a.m. de ese día.
Dónde Audiencia Nacional, Madrid. Trama con ramificaciones en Venezuela (PDVSA, CLAP), España (Plus Ultra) y EE.UU. (caso Saab).
Por qué Es la primera vez que un expresidente del Gobierno español en democracia es imputado por organización delictiva y tráfico de influencias. El auto conecta el caso con el saqueo del programa de alimentos del chavismo.
Cómo Investigación de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional, con acceso a contratos, transferencias y comunicaciones.

A las ocho menos cuarto de la mañana del martes 19 de mayo de 2026, agentes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional española se presentaron en el domicilio del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero para notificarle su imputación en el caso Plus Ultra. El auto del juez instructor José Luis Calama, de la Audiencia Nacional, le imputa cuatro delitos: organización delictiva, tráfico de influencias, falsedad documental y blanqueo de capitales.

El auto se conoció horas después. Y cambió la dimensión del expediente.

De Plus Ultra al CLAP

La trama Plus Ultra hasta ahora se entendía como un caso de rescate financiero irregular: la aerolínea española recibió 53 millones de euros del erario público para evitar la quiebra. La investigación había detectado anomalías en el destino de esos fondos. El auto del martes 19 va más allá. Conecta tres ámbitos que la prensa española y venezolana habían tratado por separado.

El primero son los contratos de asesoría que Zapatero habría mantenido a través de la sociedad Análisis Relevante. Según el auto, esos contratos «pudieron funcionar como cobertura para pagos». La sociedad recibió fondos de Plus Ultra, Sofgestor, Grupo Aldesa e Inteligencia Prospectiva, y luego transfirió dinero hacia Zapatero y a la sociedad Whathefav.

El segundo son los permisos de vuelo en Venezuela. El auto recoge que el empresario Julio Martínez Martínez mantuvo conversaciones con el mayor general Juan Manuel Teixeira Díaz, presidente del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) venezolano. En julio de 2021, Plus Ultra habría pedido a Martínez que intercediera para obtener autorización de un vuelo Caracas-Madrid. El 31 de julio aparece en la agenda de Martínez una persona identificada como «Z».

El tercer ámbito, y el más significativo en términos políticos, es el origen del dinero. La acusación menciona que los fondos investigados habrían provenido de PDVSA, la petrolera estatal venezolana, y del sistema CLAP, el programa de distribución de alimentos del chavismo que entre 2017 y 2024 distribuyó paquetes de productos básicos a millones de familias venezolanas. La investigación de la DEA estadounidense había documentado desde 2017 que los productos del CLAP enviados desde México llegaban a Venezuela con sobreprecios y calidad deficiente, configurando un esquema de lavado y enriquecimiento.

«La imputación de Zapatero apunta a lavado de fondos procedentes del saqueo de PDVSA y de un programa de alimentos del chavismo, CLAP», resumió el periodista español David Alandete en X. «Son los mismos hechos por los que en Miami se procesa desde ayer a Alex Saab», agregó.

La cifra de las comisiones

Según el auto del juez Calama, Zapatero habría cobrado 1,5 millones de euros en comisiones por su participación en el tráfico de influencias. La cifra es relevante en términos jurídicos: pone al expresidente como cabecilla operativo, no como mediador político.

Durante años, Zapatero se presentó como facilitador del diálogo en Venezuela. Viajaba con regularidad a Caracas, aparecía junto a Nicolás Maduro y junto a Delcy Rodríguez, defendía la narrativa del gobierno venezolano sobre el origen de la crisis del país. El auto del martes 19 modifica esa lectura. La «mediación» queda reformulada, en términos judiciales, como una infraestructura de servicios prestados al régimen y remunerados a través de las sociedades mencionadas.

Los dos hermanos venezolanos

El auto incluye un detalle que la prensa española recogió con cautela. El juez investiga también a dos hermanos venezolanos cuya identidad no se ha hecho pública, pero que «hacen mención a la dama y ministro de petróleo de Venezuela en sus negocios». La referencia, según la cobertura de Diario Las Américas del 20 de mayo, apunta a Delcy Rodríguez, quien desde el 3 de enero ejerce como presidenta encargada y que hasta marzo de 2026 mantuvo además la cartera de Hidrocarburos. Paula Henao —la ministra que el martes 19 estuvo en Houston— sustituyó a Rodríguez en esa cartera.

La mención no implica imputación a Rodríguez por parte de la justicia española. Pero sí coloca su nombre en el expediente, en una semana en que el rodrigato ha venido proyectando imagen de apertura institucional a través de las excarcelaciones y de la presencia de su ministra en EE.UU.

Lo que conecta esto con Saab

El lunes 18 de mayo, el caso de Alex Saab entró en fase de procesamiento formal ante la justicia federal estadounidense. La Drug Enforcement Administration confirmó investigaciones para desmantelar las redes chavistas asociadas. El timing entre el procesamiento de Saab en Miami y la imputación de Zapatero en Madrid no es accidental: los dos expedientes comparten hechos, fuentes y, según las propias autoridades investigadoras, parte de la documentación.

«Saab puede cooperar con la justicia de EE.UU. y aportar información de Zapatero y otros», señaló el periodista David Alandete. La hipótesis de cooperación —si se confirma— transformaría el caso Plus Ultra de expediente español en expediente transatlántico.

La defensa

Zapatero declaró el lunes 19 de mayo en una entrevista televisada que «jamás» realizó gestiones a favor de Plus Ultra y rechazó haber actuado como intermediario en operaciones aéreas con Venezuela. La defensa formal del expresidente se conocerá en las próximas semanas, conforme avance el expediente.

Para la diáspora venezolana en Estados Unidos, el caso Zapatero opera como un cierre simbólico de un capítulo que llevaba años abierto sin consecuencias institucionales. Para la opinión pública española, abre uno nuevo.


Fuentes principales

  • Audiencia Nacional de España (auto del juez José Luis Calama, conocido el 19 de mayo de 2026). Diario Las Américas (cobertura del 20 de mayo). Euronews (cobertura del 20 de mayo). La Patilla (cobertura del 19 de mayo). Excélsior (columna de Jorge Fernández Menéndez del 20 de mayo). EntornoInteligente. Tal Cual. Investigación previa de la DEA sobre el sistema CLAP. Declaraciones de David Alandete en X.
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Política

El Aissami envía una carta desde El Rodeo I y dice temer por su vida

Doce días después de su declaración pública en el juicio PDVSA-Cripto, en la que denunció torturas y acusó a Tarek William Saab, el exministro Tareck El Aissami emitió una carta de puño y letra desde El Rodeo I.

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El exministro de Petróleo y exvicepresidente Tareck El Aissami emitió el miércoles 20 de mayo de 2026 una carta escrita de su puño y letra desde la celda de castigo de El Rodeo I, donde permanece detenido. El documento llega doce días después de su declaración pública en el juicio PDVSA-Cripto. La sucesión de hechos consolida un mismo patrón: el aparato penitenciario del régimen anterior sigue intacto bajo el rodrigato.

Ficha 6W · Lo esencial
Qué El exministro Tareck El Aissami emitió una carta manuscrita desde la celda de castigo de El Rodeo I, asegurando que teme por su vida.
Quién Tareck El Aissami, exministro de Petróleo y exvicepresidente de Venezuela bajo el régimen Maduro.
Cuándo Carta difundida el miércoles 20 de mayo de 2026. Declaración pública previa: 8 de mayo de 2026.
Dónde Celda de castigo de la cárcel de El Rodeo I, estado Miranda.
Por qué El Aissami sostiene en su carta y en su declaración judicial previa que el aparato penitenciario sigue operando con las mismas prácticas denunciadas durante el régimen anterior.
Cómo Carta manuscrita filtrada al exterior y publicada por medios venezolanos en el exilio.

El miércoles 20 de mayo de 2026, una carta escrita de puño y letra por el exministro de Petróleo y exvicepresidente Tareck El Aissami salió de la celda de castigo de El Rodeo I y llegó a la prensa venezolana en el exilio. El documento afirma que el autor teme por su vida en las condiciones actuales de reclusión.

La carta llega doce días después de la primera declaración pública de El Aissami, el viernes 8 de mayo, ante el Tribunal Tercero de Juicio contra el Terrorismo y la Corrupción, en el marco del caso PDVSA-Cripto. Esa declaración —de catorce páginas según la transcripción a la que tuvo acceso TalCual— había roto dos años de incomunicación absoluta. El exfuncionario denunció torturas, drogación durante interrogatorios, aislamiento extremo y una persecución que atribuyó directamente al exfiscal general Tarek William Saab.

Lo que la carta cambia

La declaración del 8 de mayo se dio dentro de un proceso judicial. Tenía la protección institucional del tribunal y el respaldo de su defensa. La carta del 20 de mayo no tiene esa cobertura. Es un documento que sale del régimen penitenciario sin canal oficial. Que haya llegado al exterior, en sí mismo, dice algo sobre las condiciones internas.

Tres elementos hacen la carta significativa más allá del expediente individual de El Aissami.

El primero es la confirmación de que la denuncia judicial del 8 de mayo no quedó sin consecuencias. El exministro mantiene viva la denuncia desde fuera del tribunal, lo que indica que su defensa considera necesario sostener la presión sobre el aparato que controla las condiciones de su reclusión.

El segundo es que el aparato penitenciario denunciado funcionaba bajo el régimen Maduro y sigue funcionando bajo el rodrigato. La transición tutelada que arrancó el 3 de enero de 2026 no ha desmontado las estructuras de Dgcim, El Helicoide, La Tumba, El Rodeo I y los centros militares que durante años fueron documentados por organizaciones como Provea, Foro Penal y el Comité contra la Tortura de la ONU. La presencia de El Aissami en una celda de castigo de El Rodeo I, doce días después de su declaración judicial, indica una continuidad operativa que la transición no ha tocado.

El tercer elemento es la dimensión política. El Aissami fue, durante una década, parte del núcleo más activo del régimen al que ahora denuncia. Que un ex alto funcionario del chavismo emita una carta desde la celda de castigo en las mismas condiciones que padecieron sus víctimas anteriores configura una grieta institucional desde adentro. No es la grieta que produce la diáspora desde fuera. Es la grieta que produce el propio aparato cuando se vuelve contra quienes lo construyeron.

El expediente PDVSA-Cripto

El juicio en el que El Aissami compareció el 8 de mayo continúa en curso. El caso PDVSA-Cripto inició formalmente el 20 de abril de 2026 en el Palacio de Justicia de Caracas y mantiene a 64 personas acusadas. Según la acusación del Ministerio Público, el daño patrimonial supera los 5.550 millones de dólares. Organizaciones como Transparencia Venezuela estiman el perjuicio real por encima de los 16.900 millones.

En su declaración del 8 de mayo, El Aissami exigió a la jueza Alejandra Romero Castillo acceso público al juicio, publicación del expediente completo y nulidad del proceso. La carta del 20 de mayo no modifica esas peticiones, pero las refuerza desde un canal que es, por definición, irregular: la comunicación fuera del control del régimen.

Lo que esto significa para la fase política

El plan de tres fases formulado por Marco Rubio el 7 de enero de 2026 contempla, en su fase de transición, la restitución de un orden institucional con garantías mínimas de debido proceso. Mientras el aparato penitenciario heredado siga operando con las prácticas que tanto víctimas opositoras (Quero Navas, Afiuni, Caguaripano) como exfuncionarios del régimen anterior (El Aissami) denuncian con detalles concretos, esa fase de transición no se considerará iniciada.

La carta del 20 de mayo es —en términos editoriales y diplomáticos— una prueba más de que el rodrigato está cumpliendo con la fase de estabilización comercial pero no ha avanzado en la fase institucional. La distancia entre los dos componentes es lo que sostiene el desorden actual.


Fuentes principales

  • La Patilla (publicación del 20 de mayo de 2026, 11:55 a.m., «Tareck El Aissami teme por su vida y emite una CARTA desde su celda de castigo»). TalCual (transcripción de 14 páginas de la declaración del 8 de mayo, publicada como «Expediente El Aissami: de la celda del castigo a la guerra de acusaciones contra Saab», 16 de mayo). Efecto Cocuyo (cobertura del 8 de mayo). El Nacional (cobertura del 8 de mayo). Lostubazos. Declaraciones del exfiscal Zair Mundaray en X.
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