Política
El acuerdo sobre el TSJ dice cuatro cosas y el orden importa
El comunicado firmado el 12 de agosto pone la reforma de la Ley Orgánica del TSJ antes del nombramiento de nuevos magistrados. Es exactamente lo que la doctrina jurídica venía reclamando.
El comunicado firmado el 12 de agosto por Jorge Rodríguez y Dinorah Figuera enumera cuatro puntos sobre el sistema de justicia. Pero la clave está en el orden: reforma de la Ley Orgánica del TSJ en primer lugar, y solo después el nombramiento de nuevos magistrados. Es exactamente lo que el constitucionalista Ángel Alberto Bellorín viene reclamando desde hace más de una década.
| QUÉ | Acuerdo para transformar el sistema de justicia mediante reforma de la Ley Orgánica del TSJ, renovación del Comité de Postulaciones, activación de un nuevo proceso de postulación y conformación de un consejo revisor de credenciales. |
| QUIÉN | Delegación del Gobierno Nacional encabezada por Jorge Rodríguez y delegación de la AN 2015 encabezada por Dinorah Figuera. |
| CUÁNDO | Comunicado firmado el 12 de agosto de 2026 en Caracas. Cronograma de ejecución comienza en agosto de 2026. |
| DÓNDE | Mesa de diálogo instalada en Caracas bajo la facilitación del Departamento de Estado de EE.UU. |
| POR QUÉ | Culminación del Primer Ciclo de Conversaciones entre Gobierno Nacional y AN 2015 iniciado el 1 de agosto. |
| CÓMO | Mediante cuatro puntos ordenados con precedencia técnica: primero la ley, después las postulaciones. |
El comunicado firmado el 12 de agosto de 2026 en Caracas por el delegado del gobierno interino Jorge Rodríguez y por la presidenta de la Asamblea Nacional electa en 2015 Dinorah Figuera cabe en dos páginas. Pero contiene una decisión editorial jurídica que la mayoría de la cobertura del día leyó como enumeración administrativa y que en realidad es la única forma técnicamente correcta de reconstruir un Tribunal Supremo de Justicia sin repetir los errores de origen que han deslegitimado a los tribunales anteriores.
El acuerdo enumera cuatro medidas para el sistema de justicia. Vale la pena leerlas en el orden exacto en que aparecen firmadas.
Primera: reformas a la Ley Orgánica del TSJ y a otras leyes del sistema de justicia.
Segunda: renovar y ampliar el Comité de Postulaciones Judiciales.
Tercera: activar un nuevo proceso de postulación para la renovación y designación de todos los magistrados del TSJ.
Cuarta: conformar un consejo de revisión de credenciales y requisitos de los postulados al TSJ, para el cumplimiento de lo establecido en la Constitución, la ley y el baremo de evaluación.
El orden no es accidental. Reformar la ley antes de constituir el comité, constituir el comité antes de abrir el proceso, abrir el proceso antes de evaluar credenciales. Es una secuencia técnica que responde a un problema que la doctrina constitucional venezolana ha señalado durante más de una década y que ninguna de las composiciones anteriores del Tribunal Supremo ha atendido.
La doctrina que llevaba años esperando
El coronel Ángel Alberto Bellorín, abogado con doctorado en ciencias jurídicas mención derecho constitucional y profesor titular universitario, ha publicado durante los últimos quince años una serie sistemática de análisis sobre por qué las composiciones sucesivas del Tribunal Supremo de Justicia venezolano han estado viciadas desde su origen. Sus textos, publicados regularmente en el portal Curadas y en su cuenta de Facebook, sostienen una tesis única y precisa: el problema no es solo quiénes son los magistrados, sino cómo se seleccionan. Y ese cómo depende de una ley orgánica que, sostiene Bellorín, es inconstitucional en su formulación actual.
En enero de 2025, tras la juramentación del último grupo de magistrados nombrados por la Asamblea Nacional de 2020, Bellorín publicó una pieza titulada «Los juramentos y las promesas» donde formuló el diagnóstico en términos categóricos. La frase clave, que conviene citar textualmente: «El brutal error de nombrar dichos magistrados sin modificar la inconstitucional ley orgánica del TSJ, deslegitimó su origen, al mismo nivel que los nombrados por Diosdado Cabello en Diciembre del 2015». Y añadía: la primera actividad de la asamblea legislativa debió ser cumplir su función principal, que es legislar. Debió reformar en forma urgente la viciada ley, y así le fue solicitado en varias ocasiones como única forma jurídica para restablecer el espíritu, propósito y razón de ser del Comité de Postulaciones Judiciales.
La observación de Bellorín se apoya en tres artículos constitucionales: el 263, el 264 y el 270. El primero establece los requisitos para ser magistrado. El segundo, el procedimiento de postulación. El tercero, la composición del Comité de Postulaciones Judiciales, que la Constitución define como un comité integrado por representantes de «los diferentes sectores de la sociedad». La Ley Orgánica del TSJ vigente, aprobada por vía habilitante durante el chavismo, alteró esa composición para dar predominio a los diputados, contradiciendo el mandato constitucional de representación amplia de la sociedad civil.
En mayo de 2026, tras la juramentación del actual Comité de Postulaciones Judiciales por la Asamblea Nacional presidida por Jorge Rodríguez, Bellorín publicó «Hacia un comité de postulaciones sin diputados». El texto, disponible en Curadas, reitera la tesis y actualiza su aplicación: el comité juramentado en 2026 mantiene el vicio de origen porque continúa reflejando la composición viciada de la ley orgánica que no ha sido reformada.
El paralelismo entre lo que Bellorín viene exigiendo hace más de una década y lo que aparece firmado el 12 de agosto es exacto. Reformar primero. Nombrar después. Y hacerlo con un consejo revisor de credenciales que efectivamente evalúe el cumplimiento del baremo constitucional, no solo el cumplimiento formal de requisitos administrativos.
Lo que dice el texto firmado, sin adornos
El acuerdo, en su punto 2 sobre el sistema de justicia, establece literalmente:
«a) Reformas a la Ley Orgánica del TSJ y a otras leyes del sistema de justicia.»
«b) Renovar y ampliar el comité de postulaciones judiciales.»
«c) Activar un nuevo proceso de postulación para la renovación y designación de todos los magistrados del TSJ.»
«d) Conformar un consejo de revisión de credenciales y requisitos de los postulados y postuladas al TSJ, para el cumplimiento de lo establecido en la Constitución, la ley y el baremo de evaluación.»
Cuatro puntos. Ordenados. Con un cronograma que, según el mismo comunicado, «comenzará este mes de agosto con los anuncios oficiales y acciones concretas, bajo un mecanismo de trabajo continuo que asegure el cumplimiento estricto de cada compromiso».
Lo que el texto firmado no dice
El comunicado, como se detalla en la pieza de reacciones publicada hoy en este medio, no fija fechas concretas para ninguna de las cuatro medidas. Solo señala que el cronograma comienza en agosto de 2026. No indica cuándo se presenta el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del TSJ ante la Asamblea Nacional. No indica cuándo se produce la renovación del comité. No indica cuándo se abre el nuevo proceso de postulación. No indica cuánto durará el proceso completo hasta la designación efectiva de los nuevos magistrados.
Esa ausencia de fechas es la primera crítica documentada al acuerdo por parte de sectores independientes de la sociedad civil venezolana. Y es una crítica legítima. Pero conviene distinguirla del contenido técnico del acuerdo mismo. Que las fechas no aparezcan no altera el hecho de que el orden de las medidas es correcto. Ambas cosas pueden y deben decirse.
Cambiar todo el TSJ significa exactamente eso
El punto (c) del acuerdo firmado establece «la renovación y designación de todos los magistrados del TSJ». No una parte. No los magistrados de una sala específica. No la reposición de vacantes por jubilación. Todos.
Esta es la magnitud real del compromiso firmado, y merece que el lector la procese sin adornos. El Tribunal Supremo de Justicia venezolano actual tiene 32 magistrados titulares y magistradas titulares, distribuidos en la Sala Plena y en las siete salas de la institución. El acuerdo del 12 de agosto compromete a las dos delegaciones a activar un proceso que remueva y sustituya a los 32.
Ninguna negociación política previa entre gobierno y oposición venezolana, en los al menos dieciocho procesos de diálogo documentados durante los últimos veinte años, había producido un compromiso escrito y firmado con esa magnitud. El acuerdo de Barbados de 2023 estableció mecanismos de revisión de inhabilitaciones y compromisos sobre garantías electorales, pero no comprometió una renovación completa del tribunal máximo. Los diálogos de República Dominicana de 2018 y de Noruega de 2019 tampoco. El diálogo del Vaticano de 2016 llegó a discutir composición del TSJ pero no firmó compromiso sobre renovación total.
La firma del 12 de agosto es, en términos escritos y verificables, la primera vez en la historia reciente venezolana en que una delegación gubernamental acepta poner en la mesa la renovación completa del tribunal máximo. Y lo hace en el orden técnico correcto según la doctrina constitucional independiente.
Qué habría que verificar en los próximos treinta días
El acuerdo compromete que el cronograma comience en agosto. Los próximos treinta días son, por tanto, el primer punto de contraste entre firma y ejecución. Hay al menos tres verificaciones concretas que la sociedad venezolana y este medio podrán hacer.
Primera: si durante agosto se presenta ante la Asamblea Nacional el proyecto de reforma a la Ley Orgánica del TSJ, con contenido que efectivamente atienda las observaciones constitucionales sobre la composición del Comité de Postulaciones. Si el proyecto no aparece, o si aparece con la misma composición viciada actual, la doctrina Bellorín será violada desde el primer paso.
Segunda: si la renovación del Comité de Postulaciones ocurre después de la reforma de la ley y no antes. El orden importa por razones jurídicas explicadas arriba. Renovar el comité bajo la ley actual solo replicaría el problema.
Tercera: si el consejo revisor de credenciales que el acuerdo compromete conformar efectivamente evalúa el baremo constitucional completo, y no se limita a verificación administrativa de documentos. La expresión textual del acuerdo es «el cumplimiento de lo establecido en la Constitución, la ley y el baremo de evaluación». Ese «baremo de evaluación» es el punto donde el consejo revisor puede volverse ejercicio real de reinstitucionalización, o ejercicio formal sin efecto sustantivo.
Este medio dará seguimiento a las tres verificaciones y las incorporará al especial Verificable que registra las decisiones documentadas del proceso.
Una precisión final sobre lo que este acuerdo es y lo que no es
El texto firmado el 12 de agosto no resuelve la reinstitucionalización del sistema de justicia venezolano. No podía hacerlo, porque una firma no es una reforma. Lo que hace, y hay que registrarlo con precisión, es comprometer un cronograma que, si se ejecuta técnicamente en el orden correcto, permitiría por primera vez desde 1999 una composición del TSJ construida sobre una ley orgánica constitucional y sobre un Comité de Postulaciones no viciado en su origen.
El acuerdo no garantiza que eso vaya a ocurrir. Depende de la ejecución. Depende de si la reforma legal llega antes del nombramiento. Depende de si el consejo revisor de credenciales opera efectivamente. Depende de si las fechas que hoy no aparecen en el papel se establecen en un cronograma público verificable en las próximas semanas.
Pero el orden está firmado. Y ese orden es exactamente el que la doctrina constitucional independiente venezolana viene reclamando desde hace más de una década sin haber sido escuchada. Ese es el hecho editorial de mayor peso del día, y merece ser leído con la precisión técnica que su firma exige.
Fuentes principales
- Comunicado conjunto firmado el 12 de agosto de 2026 por Jorge Rodríguez y Dinorah Figuera, dos páginas, con firmas manuscritas y sellos institucionales.
- Ángel Alberto Bellorín, «Los juramentos y las promesas», Curadas, 15 de enero de 2025.
- Ángel Alberto Bellorín, «Hacia un comité de postulaciones sin diputados», Curadas, 24 de mayo de 2026.
- Ángel Alberto Bellorín, «TSJ Prescripción de la hermenéutica…», Curadas, 8 de marzo de 2026.
- Ángel Alberto Bellorín, «Las complicidades en la telaraña habilitante», Curadas, 23 de diciembre de 2024.
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 263, 264 y 270.
- Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia vigente.
- Registros históricos de procesos de diálogo Venezuela: Vaticano 2016, República Dominicana 2018, Noruega 2019, Barbados 2023.
Vinculación
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Trump celebrará el mes hispano sin haberlo proclamado
Una recepción, un mensaje presidencial y unas elecciones en noviembre. Cómo celebra la Casa Blanca la herencia hispana y a qué hispano le habla.
POLÍTICA · ESTADOS UNIDOS · HEREDEROS
La Casa Blanca ofrecerá este miércoles una recepción por el Mes de la Herencia Hispana, a cinco semanas de las elecciones. La ley pide una proclamación anual; en septiembre, el presidente proclamó el Día de la Constitución, el de los prisioneros de guerra y el de las madres de caídos, pero para el mes hispano solo publicó un mensaje. El hispano que celebra es, sobre todo, el ciudadano.
Las 6W · INCÍSOS
| Qué | La Casa Blanca ofrecerá una recepción por el Mes de la Herencia Hispana. |
|---|---|
| Quién | Donald Trump y el secretario de Estado Marco Rubio, con líderes y empresarios hispanos invitados. |
| Cuándo | Miércoles 30 de septiembre de 2026, a cinco semanas de las elecciones del 3 de noviembre. |
| Dónde | La Casa Blanca, Washington. |
| Por qué | Es la vitrina del gobierno ante un electorado hispano que decidirá distritos competitivos. |
| Cómo | Con un mensaje centrado en logros económicos y en la política exterior hacia el hemisferio. |
Donald Trump ofrecerá el miércoles 30 de septiembre de 2026 una recepción en la Casa Blanca por el Mes de la Herencia Hispana, según informó Voz Media, que citó a un funcionario de la Casa Blanca. El encuentro reunirá a líderes, empresarios e invitados hispanos y, según esa misma fuente, destacará los logros económicos del gobierno y su agenda de política exterior en el hemisferio occidental.
En una declaración enviada a ese medio, el secretario de Estado Marco Rubio afirmó que los estadounidenses de origen hispano «han hecho contribuciones extraordinarias al tejido de nuestra nación».
Contexto: un mensaje, no una proclamación
La Ley Pública 100-402 pide al presidente que proclame cada año el Mes de la Herencia Hispana, del 15 de septiembre al 15 de octubre. En 2025, Trump lo hizo con una proclamación formal el 22 de septiembre, dedicada, en sus palabras, a los «ciudadanos hispanoamericanos».
Este año no hay proclamación. Hasta el 29 de septiembre, el registro de proclamaciones de la Casa Blanca incluía las de septiembre para el Día del Patriota, el Día Nacional de Reconocimiento de los Prisioneros de Guerra y Desaparecidos, el Día de la Constitución y la Ciudadanía y el Día de las Madres y Familias de la Estrella Dorada, además de una que restringe la entrada de ciertos trabajadores no inmigrantes. Para el mes hispano, lo publicado es un mensaje presidencial, fechado el 17 de septiembre, en la sección de comunicados.
El mensaje de 2026 honra a los hispanos que sirven en las Fuerzas Armadas, en la policía, en la salud, en el clero y en el gobierno, y dedica un párrafo a la ley de recortes de impuestos del gobierno: sin impuestos sobre propinas ni horas extra, y las nuevas cuentas de inversión para niños. Habla de lo que el país puede ofrecer a «cada ciudadano».
Análisis: a qué hispano le habla la Casa Blanca
La celebración llega en una semana cargada para esa comunidad. El domingo 27, el Departamento de Seguridad Nacional anunció una operación en ciudades santuario. Y el 3 de noviembre, el voto hispano pesará en distritos competitivos de las elecciones de medio mandato. La Oficina del Censo cuenta a los hispanos como el 21% de la población del país.
En ese marco, la recepción cumple dos funciones a la vez: celebrar y hacer campaña. Y el retrato que ofrece es coherente con el de la proclamación de 2025 y el mensaje de 2026: el hispano ciudadano, uniformado, trabajador y de fe. Ese hispano existe y merece el reconocimiento. Pero no es todo el que vive en el país.
Que la política exterior esté en el centro de la agenda tampoco es casual. Para una parte del electorado hispano, sobre todo cubano y venezolano, la política hacia Venezuela y Cuba es un tema de voto. Rubio, que el lunes 28 dijo en Fox News que Washington trabaja con la Asamblea Nacional de 2015 para preparar elecciones en Venezuela, será una de las voces del encuentro.
Criterio: qué escuchar el miércoles
1. Si hay proclamación. Si la Casa Blanca aprovecha la recepción para formalizar el mes, como pide la ley, o si el mensaje del 17 de septiembre queda como el único documento. 2. Si se habla de inmigración. Si el discurso reconoce a los hispanos sin estatus o con estatus temporal, que también forman parte de esa herencia, o si la celebración se limita al ciudadano. 3. Qué se dice de Venezuela. Si Trump o Rubio mencionan elecciones, el regreso de María Corina Machado o la apertura petrolera ante un público hispano a cinco semanas de votar.
Esta nota acompaña el especial Herederos, que analiza durante 31 días qué se celebra cuando Estados Unidos habla de herencia hispana.
Fuentes principales: Voz Media, 29 de septiembre de 2026 (con declaración de Marco Rubio); Casa Blanca, mensaje presidencial del 17 de septiembre de 2026; Casa Blanca, proclamación del Mes Nacional de la Herencia Hispana, 22 de septiembre de 2025; Ley Pública 100-402; Casa Blanca, registro de proclamaciones, consultado el 29 de septiembre de 2026; Oficina del Censo de EE.UU., «Facts for Features», agosto de 2026; Departamento de Seguridad Nacional, 27 de septiembre de 2026; Departamento de Estado, entrevista de Rubio en Fox News, 28 de septiembre de 2026.
Política
Las excarcelaciones llegan con condiciones y otra muerte en custodia
Salen presos políticos, pero con medidas cautelares, presentaciones mensuales y sin documentos. Y una detenida que pidió la amnistía en abril murió esperando atención.
POLÍTICA · VENEZUELA · PRESOS POLÍTICOS
El Comité por la Libertad de los Presos Políticos registró 24 nuevas salidas, pero advierte que casi nadie sale libre del todo: siguen las medidas cautelares, las presentaciones en Caracas y los documentos negados. En la misma semana murió Eleiner Sánchez en La Crisálida, tras días pidiendo atención médica. Había solicitado la amnistía en abril.
Las 6W · INCÍSOS
| Qué | CLIPPVE registró 24 excarcelaciones y denunció que persisten detenciones, restricciones y muertes en custodia. |
|---|---|
| Quién | El Comité por la Libertad de los Presos Políticos en Venezuela y las familias de los detenidos. |
| Cuándo | Comunicado del 29 de septiembre de 2026, tras la muerte de Eleiner Sánchez el domingo 27. |
| Dónde | La Crisálida (Los Teques), El Rodeo I, el Fuerte Guaicaipuro y Yare. |
| Por qué | Las salidas no equivalen a libertad plena y la atención médica sigue sin llegar a tiempo. |
| Cómo | Con medidas cautelares, presentaciones mensuales en Caracas y restricciones de documentos. |
El Comité por la Libertad de los Presos Políticos en Venezuela (CLIPPVE) publicó el martes 29 de septiembre de 2026 un comunicado de tres páginas con dos mensajes que conviven. El primero: registra 24 nuevas salidas de personas detenidas por razones políticas. El segundo: la mayoría de ellas no goza de libertad plena, y las condiciones en las cárceles no han cambiado.
Contexto: las cifras y la muerte
Las salidas llegan después del cierre del segundo ciclo de la mesa de Caracas, de la visita de Human Rights Watch al país tras 18 años de expulsión y de una reunión de familiares y expresos políticos con la delegación de la Asamblea Nacional de 2015. Foro Penal había confirmado 20 excarcelaciones en 48 horas el domingo 27. Cada organización lleva su propio conteo.
Ese mismo domingo murió Eleiner Sánchez, abogada y exdirectora del Centro Penitenciario 26 de Julio, en San Juan de los Morros, detenida desde el 6 de diciembre de 2024 tras la intervención de ese penal. Según su familia y organizaciones de derechos humanos, pasó varios días con fuertes dolores pidiendo ser trasladada a un centro asistencial. La llevaron de emergencia desde el Centro para Procesadas Femeninas La Crisálida al Hospital Victorino Santaella, en Los Teques, donde murió presuntamente por una obstrucción intestinal severa que requería cirugía urgente.
Llevaba 660 días presa y había solicitado la amnistía en abril. Es, según el comité, la segunda mujer que muere en La Crisálida en pocos meses, después de Fabiana Desirée Páez Fernández en junio, y el caso se suma a más de 28 presos políticos muertos bajo custodia en los últimos años.
Análisis: salir no es ser libre
El comunicado describe lo que las cifras de excarcelaciones no muestran. Quienes salen siguen bajo medidas cautelares y deben presentarse cada mes en Caracas aunque vivan en otra ciudad. Muchos tienen dificultades para obtener la cédula o el pasaporte, y algunos no consiguen empleo formal.
Adentro, el cuadro tampoco cambió: 34 presos políticos tienen patologías graves sin atención especializada; las visitas son de 15 minutos a través de un vidrio; El Rodeo I, el Fuerte Guaicaipuro y Yare siguen señalados como centros de tortura, y Human Rights Watch pidió el cierre del primero. Frente a El Rodeo I, las madres cumplen 263 días acampando.
A eso se suma lo que la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU describió como detenciones breves de manifestantes con fines de intimidación, una modalidad que el comité llama «puerta giratoria»: se libera por un lado y se detiene por otro.
Criterio: lo que medirá si el cambio es real
El caso de Eleiner Sánchez condensa la distancia entre los anuncios y los hechos: una ley de amnistía aprobada en febrero, una solicitud presentada en abril y una muerte en custodia en septiembre, sin respuesta intermedia conocida. Tres pruebas dirán si algo cambia:
1. Una investigación independiente de su muerte, con acceso de la familia al informe forense y responsables identificados por el retraso en su atención, como exige el comité. 2. Libertad plena para los excarcelados, es decir, el fin de las presentaciones mensuales y de las trabas para obtener documentos. 3. La respuesta a las solicitudes de amnistía pendientes. Si una solicitud de abril no se resolvió en cinco meses, cuántas más esperan igual.
Fuentes principales: Comité por la Libertad de los Presos Políticos en Venezuela (CLIPPVE), comunicado del 29 de septiembre de 2026; Foro Penal, 27 de septiembre de 2026; Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, septiembre de 2026; Human Rights Watch.
Política
La comisión del nuevo TSJ repite al presidente de la anterior
Quiénes integran la comisión que elegirá a los 12 representantes de la sociedad civil en el Comité de Postulaciones Judiciales, y por qué su composición importa.
POLÍTICA · VENEZUELA · TSJ
La Asamblea Nacional designó por unanimidad la comisión preliminar del Comité de Postulaciones Judiciales: ocho diputados del PSUV y tres de la oposición parlamentaria. La preside Giuseppe Alessandrello, que ya presidió el proceso de mayo. El acuerdo de la mesa prometió renovar el comité; la primera pieza de la renovación empieza con el mismo nombre.
Las 6W · INCÍSOS
| Qué | La Asamblea Nacional designó la comisión preliminar que armará el Comité de Postulaciones Judiciales. |
|---|---|
| Quién | Once diputados: ocho del PSUV y tres de la oposición parlamentaria, presididos por Giuseppe Alessandrello. |
| Cuándo | Sesión ordinaria del martes 29 de septiembre de 2026, por unanimidad. |
| Dónde | Asamblea Nacional, Caracas. |
| Por qué | Esta comisión elige a los 12 representantes de la sociedad civil que se sumarán a los 11 diputados. |
| Cómo | Con convocatoria pública, preselección y designación final por dos tercios de la Asamblea. |
El martes 29 de septiembre de 2026, la Asamblea Nacional designó por unanimidad la comisión preliminar del Comité de Postulaciones Judiciales, el primer paso legal para renovar el Tribunal Supremo de Justicia. Es el cumplimiento de lo que las dos delegaciones de la mesa de Caracas acordaron el 25 de septiembre.
Quiénes son
Por el PSUV: Giuseppe Alessandrello, que la preside; Gloria Castillo, presidenta de la comisión de Seguridad y Defensa; José Óscar Villarroel; María Gabriela Vega, primera vicepresidenta de la comisión de Política Interior; Fernando Bastidas; Carlos Mogollón; Jonathan García y Liliana González.
Por la oposición parlamentaria: Pablo Pérez, exgobernador del Zulia, que ocupa la vicepresidencia; Luis Florido, fundador de Voluntad Popular y expresidente de la comisión de Política Exterior en la Asamblea de 2016; y Félix Freites, subjefe del bloque Vamos Vamos Venezuela.
Contexto: el mismo molde de mayo
Alessandrello presidió también el proceso anterior, el que juramentó un Comité de Postulaciones en mayo de 2026. Pablo Pérez y Félix Freites participaron en ese proceso. Tres de los 11 nombres, entre ellos el de quien lo dirige, se repiten.
Entre ambos procesos cambió la ley: la reforma del artículo 65 de la Ley Orgánica del TSJ, vigente desde el 15 de septiembre, elevó a 12 los representantes de la sociedad civil y mantuvo a los 11 diputados. Y el acuerdo del 12 de agosto comprometió a las dos delegaciones a «renovar y ampliar» el comité.
La fórmula se repitió en la misma sesión con otra comisión: la que redactará la reforma de la ley contra el odio también tiene ocho diputados del PSUV y tres de la oposición parlamentaria. En ninguna de las dos hay representantes de la Asamblea Nacional electa en 2015, la delegación que negocia en la mesa.
Análisis: lo que decide esta comisión
La comisión preliminar no elige magistrados, pero decide algo previo: convoca y preselecciona a los 12 representantes de la sociedad civil que integrarán el comité junto con 11 diputados. La designación final requiere dos tercios de la Asamblea, mayoría que el oficialismo reúne por sí solo.
La presencia opositora en la vicepresidencia es un gesto de equilibrio. Pero con ocho de 11 votos, el PSUV puede decidir cada paso de la comisión sin ellos. Y los tres opositores pertenecen a partidos con escaño en la Asamblea de 2025, no a la delegación que firmó los compromisos en la mesa.
Criterio: tres pruebas en las próximas semanas
1. El cronograma. El acta del 25 de septiembre prometió un cronograma con fechas. Sin él, la renovación no tiene cómo medirse. 2. El baremo, antes de la convocatoria. Si las reglas para medir a los aspirantes se publican después de conocerse los nombres, dejan de ser un instrumento de evaluación. 3. El puente con el consejo de juristas. Los siete juristas pactados en la mesa revisarán credenciales, pero ninguna norma obliga a esta comisión ni al comité a considerar lo que digan.
La renovación del Supremo empezó. La primera señal es que empezó con el mismo presidente.
Fuentes principales: Asamblea Nacional, 29 de septiembre de 2026 («Parlamento designa integrantes de la comisión preliminar del Comité de Postulaciones Judiciales»); El Diario y El Pitazo, 29 de septiembre de 2026; Asamblea Nacional, juramentación del Comité de Postulaciones, mayo de 2026; Comunicados de la mesa de Caracas, 12 de agosto y 25 de septiembre de 2026.
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