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Mármol declara que «ya no hay gobierno» y convoca a la soberanía ciudadana

Una voz jurídica plantea que el poder volvió a los ciudadanos. La tesis abre un debate constitucional de fondo sobre quién manda en la Venezuela de la transición.

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La exmagistrada del Tribunal Supremo de Justicia Blanca Rosa Mármol sostiene que, cumplidos 180 días de gestión de Delcy Rodríguez, en Venezuela «ya no hay gobierno» y la soberanía retorna a los ciudadanos. La tesis abre un debate de fondo sobre la legitimidad de la transición.

PreguntaRespuesta
**Qué**Mármol declaró que el interinato concluyó a los 180 días y que la soberanía debe ser ejercida por la ciudadanía.
**Quién**Blanca Rosa Mármol, exmagistrada del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela.
**Cuándo**Declaraciones a comienzos de julio de 2026, al cumplirse 180 días del inicio de la transición el 3 de enero.
**Dónde**Durante una concentración ciudadana en Venezuela.
**Por qué**Mármol interpreta que, agotado el plazo del interinato, ningún poder constituido conserva legitimidad de origen.
**Cómo**Mediante un llamado a que los ciudadanos asuman la soberanía a través de asambleas.

Una tesis jurídica que sacude el tablero

A comienzos de julio de 2026, al cumplirse 180 días del inicio del actual proceso político venezolano, la exmagistrada del Tribunal Supremo de Justicia Blanca Rosa Mármol formuló una afirmación que ninguna de las partes de la transición esperaba escuchar desde el campo jurídico: en Venezuela, dijo, «ya no hay gobierno». Durante una concentración, sostuvo que el período que ella denomina interinato ha concluido y que, según su interpretación de la Constitución, la soberanía pertenece al pueblo y debe ser ejercida directamente por los ciudadanos.

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El planteamiento no proviene de un factor partidista, sino de una figura del mundo judicial, lo que le confiere un peso distinto. Y precisamente por eso obliga a INCÍSOS a un ejercicio de precisión, porque su tesis choca de frente con la arquitectura sobre la que se ha construido la transición.

El choque de dos lecturas constitucionales

Aquí conviven dos interpretaciones incompatibles del mismo texto constitucional, y el lector merece verlas planteadas con claridad, sin que el medio zanje por él una disputa jurídica en curso.

La primera es la que sostiene el proceso vigente: tras la salida del usurpador Nicolás Maduro el 3 de enero de 2026, Delcy Rodríguez asumió como presidenta encargada de un gobierno de transición, dentro de un marco tutelado internacionalmente que apunta a elecciones. Es la lectura sobre la que operan el Departamento de Estado, la negociación entre las dos asambleas y los organismos que reactivaron su relación con Caracas.

La segunda es la de Mármol: agotado el plazo que ella atribuye al interinato, ningún poder constituido conserva legitimidad de origen, y la soberanía revierte al ciudadano. De esa premisa se desprende su convocatoria a las asambleas de ciudadanos como vía para ejercer ese poder.

INCÍSOS no adjudica cuál de las dos lecturas es la correcta. Constata que existen, que se excluyen mutuamente y que la de Mármol introduce una impugnación de raíz a la legitimidad del arreglo en marcha.

Las asambleas de ciudadanos: qué son y qué peso tienen

La propuesta de asambleas de ciudadanos se apoya en la idea de que la soberanía reside en el pueblo y puede ejercerse de forma directa. Como concepto, tiene arraigo en la tradición constitucional. Como fuerza política concreta, su alcance está por demostrarse. Una tesis jurídica, por sólida que sea su argumentación, requiere traducción en capacidad de convocatoria y en respaldo social para convertirse en un factor de poder real.

Ese es el punto donde la propuesta de Mármol debe medirse: no en la elegancia del argumento, sino en cuántos ciudadanos la asumen y con qué continuidad. Al cierre de esta nota, se trata de un planteamiento en fase de articulación, no de un movimiento consolidado.

Por qué importa para el lector

Para el venezolano de la diáspora, y para el lector hispano que sigue la transición, la intervención de Mármol tiene un valor que trasciende su viabilidad inmediata. Nombra en voz alta la incomodidad que muchos sienten y que el lenguaje diplomático suele suavizar: la de un país cuya conducción descansa hoy más en un arreglo internacional que en un mandato surgido de las urnas. Se comparta o no su conclusión, la pregunta que instala —¿quién ejerce legítimamente la soberanía en la Venezuela de la transición?— es de las más serias que puede plantearse este proceso.

Fuentes: Declaraciones de Blanca Rosa Mármol en concentración pública, comienzos de julio de 2026 (Nuevo Día y otros).; Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículos sobre soberanía y poder judicial).; Base factual de la transición: captura de Maduro el 3 de enero de 2026, gestión de Delcy Rodríguez.

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Your broken stove isn’t just your problem: what Ohio law requires of your landlord

A broken appliance your landlord won’t fix is a violation of Ohio law, not a pending favor. This is the guide to asserting your rights without risking your home.

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Cocina de apartamento modesto en Columbus Ohio

A tenant at an apartment complex in Worthington documented that her broken stove scorches her pots and ruined food and utensils. Management promised to replace it, and more than three weeks passed with no fix. In Ohio, that is not a pending favor: it is an unmet legal obligation.

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QuestionAnswer
WhatA broken stove the landlord won’t repair, despite the tenant’s documented complaint.
WhoApartment tenants and the management or owners legally required to make repairs.
WhenA recent case in Worthington has gone more than three weeks without a fix.
WhereWorthington and the greater Columbus area, in Franklin County.
WhyOhio law requires the landlord to keep the home habitable, including supplied appliances.
HowThrough written notice, documentation, and, if unanswered, the rent escrow process in court.

A case that repeats more than it’s told

A tenant at an apartment complex in Worthington complained and documented that her stove is broken: it scorches her pots and has cost her utensils and food. Management received the complaint and said it would replace the appliance. More than three weeks have passed and the problem persists. It is a story that repeats across the Columbus area, and many Hispanic tenants live it in silence, unaware that the law is on their side.

Because that is what this comes down to: in Ohio, an essential appliance that the landlord supplies and that breaks is not an inconvenience the tenant must resign themselves to tolerating. It is the landlord’s legal responsibility. Knowing the difference between asking for a favor and demanding a right changes everything.

What the law requires of the landlord

Ohio law is clear. The Ohio Revised Code, in section 5321.04, places on the landlord the duty to keep the home in habitable condition. That duty includes keeping in working order the appliances the landlord supplied as part of the rental, when the lease so provides. A stove supplied with the apartment falls into that category.

That duty, moreover, cannot be delegated or shifted onto the tenant through a lease clause. Even if the lease says the tenant maintains the appliances, the underlying obligation to keep the home habitable remains the landlord’s. The tenant is only responsible for damage they themselves caused through negligence.

What the tenant should and should NOT do

Here is where many tenants, with every reason to be angry, make a mistake that costs them dearly. In Ohio there are two things a tenant may NOT do, even though they seem logical:

  • They may not stop paying rent as a form of pressure. Withholding rent on your own is not legal in Ohio and can become grounds for eviction.
  • They may not repair the problem themselves and deduct the cost from rent. That mechanism, known as «repair and deduct,» is generally not permitted in Ohio.

What the tenant SHOULD do is build a solid record, because documentation is their greatest protection:

  • Give written notice. A phone call or verbal message is not enough. An email, a text, or a letter creates a dated record. Keep a copy of everything.
  • Document the damage. Photos and videos of the stove, the scorched pots, the spoiled food. Each piece of evidence with its date.
  • Save all communication with management. Promises to «replace it» carry weight when they are in writing.
  • Keep paying full rent on time. This point is decisive: to access the legal mechanisms, the tenant must be current.

The formal path: rent escrow

When the landlord does not respond, Ohio law offers a concrete tool: depositing rent with the court, known as rent escrow, set out in section 5321.07 of the Ohio Revised Code. Instead of paying the landlord, the tenant deposits the rent with the court, which does not release that money to the landlord until the repairs are made.

The requirements, verified, are these. First, having given the landlord written notice. Second, having waited a reasonable amount of time: up to 30 days for most defects, or around five days when it is a serious emergency (such as no heat in winter, no water, or no electricity). Third, being current on rent.

In Franklin County, the process is handled at the Franklin County Municipal Court, Rent Escrow Division, located at 375 S. High Street, third floor. Payment is accepted only in cash or money order. The court retains 1% of each rent payment deposited. There is no filing fee to start it. For questions about the escrow program, the number is (614) 645-8576. When filing, the tenant may also request mediation and ask for a repair order.

Jurisdictional note: although Worthington is a city with its own government within Franklin County, rent escrow is filed with the Franklin County Municipal Court.

The code complaint, an effective shortcut

There is a path that often works faster than escrow: filing a complaint with Code Enforcement, the office that enforces the local housing code. When an inspector independently verifies that a code violation exists and formally notifies the landlord, that official determination becomes powerful evidence.

Worthington runs its own Code Enforcement, through its Planning & Building Division, and is not governed by the City of Columbus 311. A Worthington tenant should direct their code complaint to the City of Worthington (worthington.org, Planning & Building, open weekdays starting at 7:30 a.m.), not the Columbus 311. A tenant within the City of Columbus limits uses 311 to report.

Reporting without fear: protection against retaliation

The most common fear, especially among Hispanic tenants, is that complaining will bring retaliation: a rent increase, an eviction attempt, harassment. It is a legitimate fear, and the law anticipates it. Columbus has an anti-retaliation ordinance that protects tenants who report code violations, and Ohio law also prohibits a landlord from retaliating against a tenant for exercising their rights.

Documentation protects twice: to secure the repair and to shield against payback.

Where to turn in Columbus for free help

  • Legal Aid Society of Columbus: (614) 241-2001
  • Legal Aid of Southeast and Central Ohio: 1-888-246-4420
  • Ohio Hispanic Coalition: (614) 840-9934
  • CRIS: (614) 235-5747

This article is informational and does not constitute legal advice. Each case has its own details, and for a specific situation the right step is to consult a lawyer or a legal aid organization.

What this case teaches

The stove of a tenant in Worthington looks like a small, private problem. It is not. It is an example of something larger: the gap between what a landlord promises and what the law requires them to do. That gap narrows with one thing within any tenant’s reach: paper. Written notices, dated photos, saved copies. In a housing dispute, the one who documents gains ground. And knowing that the law obligates the landlord — it does not ask them a favor — is the first step to stop waiting and start demanding.


Sources: Ohio Revised Code §§ 5321.04 and 5321.07 · Franklin County Municipal Court, Rent Escrow Division · Ohio Legal Help · COHHIO · Legal Aid of Southeast and Central Ohio · City of Worthington, Planning & Building.

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Aquí en Columbus

Tu estufa dañada no es solo tuya: qué exige la ley al arrendador en Ohio

Un electrodoméstico dañado que el arrendador no repara es una violación de la ley de Ohio, no un favor pendiente. Esta es la guía para hacer valer tus derechos sin arriesgar tu vivienda.

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Cocina de apartamento modesto en Columbus Ohio

Una inquilina en un complejo de Worthington documentó que su estufa dañada le quema las ollas y le arruinó comida y utensilios. La gerencia prometió cambiarla y pasaron más de tres semanas sin solución. En Ohio, eso no es un favor pendiente: es una obligación legal incumplida.

🇺🇸 Read in English →

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PreguntaRespuesta
QuéUna estufa dañada que el arrendador no repara, pese al reclamo documentado del inquilino.
QuiénInquilinos de complejos de apartamentos y las gerencias o propietarios obligados a reparar.
CuándoUn caso reciente en Worthington acumula más de tres semanas sin solución.
DóndeWorthington y el área metropolitana de Columbus, en el condado de Franklin.
Por quéLa ley de Ohio obliga al arrendador a mantener habitable la vivienda y los electrodomésticos que provee.
CómoCon aviso por escrito, documentación y, si no hay respuesta, el proceso de rent escrow ante la corte.

Un caso que se repite más de lo que se cuenta

Una inquilina de un complejo de apartamentos en Worthington reclamó y documentó que su estufa está dañada: le quema las ollas y le ha hecho perder utensilios y comida. La gerencia recibió el reclamo y dijo que cambiaría el aparato. Pasaron más de tres semanas y el problema sigue. Es una historia que se repite en toda el área de Columbus, y muchos inquilinos hispanos la viven en silencio, sin saber que la ley está de su lado.

Porque de eso se trata: en Ohio, un electrodoméstico esencial que el arrendador provee y que se daña no es un inconveniente que el inquilino deba resignarse a tolerar. Es una responsabilidad legal del arrendador. Conocer la diferencia entre pedir un favor y exigir un derecho lo cambia todo.

Qué exige la ley al arrendador

La ley de Ohio es clara. El Código Revisado de Ohio, en su sección 5321.04, impone al arrendador el deber de mantener la vivienda en condiciones habitables. Ese deber incluye mantener en funcionamiento los electrodomésticos que el propio arrendador suministró como parte del alquiler, cuando el contrato así lo establece. Una estufa provista con el apartamento entra en esa categoría.

Ese deber, además, no se puede delegar ni trasladar al inquilino con una cláusula del contrato. Aunque el contrato diga que el inquilino cuida los aparatos, la obligación de fondo de mantener la vivienda habitable sigue siendo del arrendador. El inquilino solo responde por los daños que él mismo haya causado por negligencia.

Qué debe y qué NO debe hacer el inquilino

Aquí está el punto donde muchos inquilinos, con toda la razón del enojo, cometen un error que les cuesta caro. En Ohio hay dos cosas que el inquilino NO puede hacer, aunque parezcan lógicas:

  • No puede dejar de pagar la renta como forma de presión. Retener la renta por cuenta propia no es legal en Ohio y puede convertirse en causa de desalojo.
  • No puede reparar por su cuenta y descontar el costo de la renta. Ese mecanismo, conocido en inglés como «repair and deduct», en general no está permitido en Ohio.

Lo que el inquilino SÍ debe hacer es construir un expediente sólido, porque la documentación es su mayor protección:

  • Avisar por escrito. No basta la llamada ni el mensaje verbal. Un correo, un mensaje de texto o una carta dejan constancia con fecha. Guardar copia de todo.
  • Documentar el daño. Fotos y videos de la estufa, de las ollas quemadas, de la comida perdida. Cada prueba con su fecha.
  • Guardar toda comunicación con la gerencia. Las promesas de «la vamos a cambiar» tienen valor si están por escrito.
  • Seguir pagando la renta completa y a tiempo. Este punto es decisivo: para acceder a los mecanismos legales, el inquilino debe estar al día.

El camino formal: rent escrow

Cuando el arrendador no responde, la ley de Ohio ofrece una herramienta concreta: el depósito de la renta en la corte, conocido como rent escrow, previsto en la sección 5321.07 del Código Revisado de Ohio. Funciona así: en lugar de pagarle al arrendador, el inquilino deposita la renta ante la corte, que no le entrega ese dinero al arrendador hasta que se hagan las reparaciones.

Los requisitos, verificados, son estos. Primero, haber avisado por escrito al arrendador. Segundo, haber esperado un tiempo razonable: hasta 30 días para la mayoría de los defectos, o alrededor de cinco días cuando es una emergencia grave (como falta de calefacción en invierno, agua o electricidad). Tercero, estar al día en el pago de la renta.

En el condado de Franklin, el trámite se hace en la Franklin County Municipal Court, en la División de Rent Escrow, ubicada en el 375 S. High Street, tercer piso. El pago se acepta solo en efectivo o money order. La corte retiene un 1% de cada renta depositada. No hay costo de presentación para iniciarlo. Para consultas del programa de escrow, el número es (614) 645-8576. Al presentar el caso, el inquilino puede además pedir mediación y solicitar una orden de reparación.

Nota de jurisdicción: aunque Worthington es una ciudad con su propio gobierno dentro del condado de Franklin, el rent escrow se tramita ante la Franklin County Municipal Court.

La denuncia de código, un atajo eficaz

Hay una vía que suele funcionar más rápido que el escrow: la denuncia ante Code Enforcement, la oficina que hace cumplir el código de vivienda local. Cuando un inspector verifica de manera independiente que existe una violación del código y se lo notifica formalmente al arrendador, esa determinación oficial se convierte en prueba muy poderosa.

Worthington opera su propio Code Enforcement, a través de su División de Planning & Building, y no se rige por el 311 de la Ciudad de Columbus. Un inquilino de Worthington debe dirigir su denuncia de código a la Ciudad de Worthington (worthington.org, Planning & Building, en horario de 7:30 a.m. de lunes a viernes), no al 311 de Columbus. En cambio, un inquilino dentro de los límites de la Ciudad de Columbus sí usa el 311 para reportar.

Denunciar sin miedo: la protección contra represalias

El temor más común, sobre todo entre inquilinos hispanos, es que reclamar traiga represalias: un aumento de renta, un intento de desalojo, hostigamiento. Es un miedo legítimo, y la ley lo anticipa. Columbus cuenta con una ordenanza contra represalias que protege al inquilino que reporta violaciones de código, y la ley de Ohio también prohíbe que el arrendador tome represalias contra un inquilino por ejercer sus derechos.

La documentación protege dos veces: para lograr la reparación y para blindarse frente a la revancha.

Adónde acudir en Columbus para ayuda gratuita

  • Legal Aid Society of Columbus: (614) 241-2001
  • Legal Aid de Ohio Central y Sudeste: 1-888-246-4420
  • Ohio Hispanic Coalition: (614) 840-9934
  • CRIS: (614) 235-5747

Esta nota es informativa y no constituye asesoría legal. Cada caso tiene detalles propios, y para una situación concreta lo indicado es consultar con un abogado o con una organización de ayuda legal.

Lo que este caso enseña

La estufa de una inquilina en Worthington parece un problema pequeño y privado. No lo es. Es un ejemplo de algo más grande: la distancia entre lo que un arrendador promete y lo que la ley lo obliga a cumplir. Esa distancia se acorta con una sola cosa al alcance de cualquier inquilino: el papel. Avisos por escrito, fotos con fecha, copias guardadas. En una disputa de vivienda, quien documenta, gana terreno. Y saber que la ley obliga al arrendador —no le pide el favor— es el primer paso para dejar de esperar y empezar a exigir.


Fuentes: Código Revisado de Ohio §§ 5321.04 y 5321.07 · Franklin County Municipal Court, Rent Escrow Division · Ohio Legal Help · COHHIO · Legal Aid de Ohio Central y Sudeste · Ciudad de Worthington, Planning & Building.

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Mundial 2026

El final de una era y el principio de otra: lo que este Mundial dice sobre el fútbol que viene

El Mundial 2026 cierra la era Messi con una imagen definitiva: el mejor jugador de la historia desconectado en la final más importante. España inaugura una nueva era con Lamine Yamal, Pedri y Nico Williams.

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Balón de fútbol en el césped del MetLife Stadium, final del Mundial 2026

Hay finales que se recuerdan por el gol. Y hay finales que se recuerdan por lo que simbolizan. La final de Nueva Jersey pertenece a la segunda categoría. Lo que ocurrió en el MetLife Stadium va bastante más allá del 1-0 en la prórroga.

El Mundial 2026 cierra la «era Messi» con una imagen que el tiempo no borrará fácilmente: el mejor jugador de la historia del fútbol desconectado, sin poder tocar el juego, en el partido que más le importaba. Argentina no hizo un solo tiro al arco en 120 minutos. El Dibu Martínez —héroe en Qatar 2022— se convirtió de nuevo en protagonista con nueve atajadas extraordinarias, pero esta vez la historia no terminó como él quería.

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Eso no quita mérito a lo que esta generación argentina construyó. Llegar a la final del Mundial 2026 derrotando a Inglaterra en las semifinales es, en cualquier lectura, una hazaña. Argentina buscaba convertirse en la primera nación desde Brasil en 1962 en ganar dos títulos consecutivos. No pudo. Pero la Albiceleste resistió durante 106 minutos ante el mejor equipo del planeta, y eso también cuenta.

España: la victoria de la paciencia

Del otro lado hay una selección que lleva años demostrando algo que el fútbol moderno suele ignorar: que el control sostenido, la presión sin desesperación y la confianza en el sistema acaban produciendo resultados. Luis de la Fuente ganó todo lo que se podía ganar con España desde las categorías juveniles. La Eurocopa 2024 fue el ensayo general. El Mundial 2026 fue el examen definitivo.

Lamine Yamal, Pedri, Nico Williams, Pau Cubarsí: esta generación española tiene nombre, edad y proyección suficiente como para que hablar de «era» no sea exagerado. Tienen entre 17 y 25 años. Acaban de ganar el Mundial. El ciclo, presumiblemente, no ha hecho más que empezar.

El torneo más grande de la historia

Este Mundial 2026 —el más caro de todos los tiempos, disputado en tres países con 48 equipos y 103 partidos— cerró con una final que en cierto modo resumió todo lo que el torneo prometía: un duelo entre estilos, generaciones y continentes. Europa contra América del Sur. La organización contra la garra. El sistema contra el talento individual.

Europa ganó. Pero América resistió hasta el minuto 106. Y eso, en el fondo, es lo que hace grande a este deporte: que los partidos no terminan hasta que terminan, y que el fútbol —siempre el fútbol— elige sus héroes en el momento menos anunciado.

Ferran Torres no estaba en el once titular de nadie. Y marcó el gol que le dio a España la segunda estrella del mundo.


España bicampeona del mundo · 2010, Sudáfrica · 2026, Estados Unidos · Luis de la Fuente, seleccionador · Ver resultado completo →

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