Economía
US$1.776 millones: el fondo con el que Trump se demandó a sí mismo y se pagó
** El Departamento de Justicia anunció el lunes la creación del «Anti-Weaponization Fund», un fondo de US$1.776 millones para compensar a quienes aleguen haber sido objeto de persecución política. El mecanismo se firmó como parte del acuerdo que pone fin a una demanda en la que Trump se enfrentaba al IRS, agencia bajo su propio control. Críticos del Partido Demócrata y republicanos —incluido el exdirector del FBI James Comey— hablan de un «slush fund» constitucional.
El monto es exacto y deliberado: 1.776 millones de dólares. El año 1776 es el de la independencia de Estados Unidos. El fondo se llama, en inglés, «Anti-Weaponization Fund». Lo creó el Departamento de Justicia el lunes 18 de mayo como cierre de un acuerdo en el que Trump retiró la demanda que él mismo había presentado contra el IRS, agencia que su administración dirige. Demócratas y juristas constitucionalistas hablan de «slush fund». El exdirector del FBI James Comey lo llama «un cajero automático de varios millones de dólares en Mar-a-Lago».
El monto está pensado. Mil setecientos setenta y seis millones de dólares. La cifra es lectura cívica: 1776, el año en que las trece colonias declararon su independencia de Inglaterra. El Departamento de Justicia, en su comunicado oficial del lunes 18 de mayo, no oculta el simbolismo. El fondo se llama «Anti-Weaponization Fund» —fondo contra la instrumentalización política del aparato estatal— y su propósito declarado es compensar a quienes aleguen haber sido perseguidos por motivos políticos por administraciones anteriores.
Eso es lo que dice el comunicado. Lo que dicen los críticos —demócratas, ex altos funcionarios federales, juristas constitucionalistas y algunos republicanos— es otra cosa. Es el primer caso documentado en la historia estadounidense en el que un presidente en funciones se demanda a sí mismo, llega a un acuerdo consigo mismo, y se paga con dinero del erario.
La demanda que dio origen al fondo
En enero de 2026, Trump y su familia presentaron una demanda de al menos 10.000 millones de dólares contra el IRS por la filtración de sus declaraciones de impuestos. Los antecedentes son conocidos: en 2019 y 2020, un contratista del IRS de nombre Charles Littlejohn filtró información tributaria de Trump y otros estadounidenses adinerados a The New York Times y ProPublica. Littlejohn se declaró culpable en 2023 y cumple condena de cinco años. La ley federal estadounidense permite que un contribuyente demande al IRS por filtración de información tributaria. Eso es legalmente válido. Lo problemático fue lo demás.
Primero: el monto. Diez mil millones de dólares, una cifra superior al patrimonio neto estimado del propio presidente. Segundo: contra quién. La demanda se presentó contra una agencia federal que está bajo control del propio Gobierno que el demandante encabeza. Tercero: la jurisdicción se asignó al Distrito Sur de Florida, donde la jueza Kathleen Williams empezó casi de inmediato a cuestionar la validez del proceso. «Es un principio legal básico que las dos partes en una demanda deben estar realmente enfrentadas entre sí», escribió Williams en órdenes preliminares. Lo contrario es lo que en derecho procesal se llama un case or controversy inexistente.
Los abogados del DOJ que debían defender al IRS nunca presentaron una respuesta sustantiva. La defensa del demandado simplemente no actuó. Y antes de que la jueza Williams pudiera dictaminar sobre la validez del litigio, el lunes 18 de mayo, los abogados del presidente comunicaron al tribunal que retiraban la demanda. Williams, en un breve auto, declaró que quedaba «desposeída de jurisdicción» para continuar supervisando el caso porque el acuerdo nunca fue presentado en el expediente público.
Horas más tarde, el DOJ anunció el fondo.
Lo que el acuerdo da y lo que retira
Por el lado de los demandantes, lo que se acepta:
- Disculpa formal del Departamento de Justicia.
- Retiro de la demanda contra el IRS.
- Retiro de dos reclamaciones administrativas adicionales: por el allanamiento del FBI a Mar-a-Lago en agosto de 2022 (cuando agentes federales recuperaron documentos clasificados que Trump retuvo tras dejar su primer mandato) y por la investigación del Russiagate (2017-2019).
- Cero pago directo a Trump, sus hijos, o la Trump Organization. La cláusula es explícita.
Por el lado del Gobierno federal, lo que se crea:
- El fondo de 1.776 millones de dólares.
- Una comisión de cinco miembros, cuatro designados por el Fiscal General y uno en consulta con liderazgo del Congreso. El presidente puede remover a cualquier miembro.
- Un proceso voluntario para presentar reclamos. Sin requisitos partidistas.
- Vigencia del fondo: aproximadamente hasta un mes antes del final del segundo mandato de Trump, en enero de 2029.
- Cláusula de reversión: los fondos sobrantes regresan al erario.
De dónde sale el dinero
De una cuenta llamada Judgment Fund. Es una apropiación permanente del Tesoro estadounidense, instituida en 1956, que se usa para pagar sentencias judiciales y acuerdos extrajudiciales contra el Gobierno federal sin necesidad de pasar por una apropiación específica del Congreso. Históricamente, ese fondo cubre desde indemnizaciones por accidentes con vehículos federales hasta acuerdos de gran escala con clases de demandantes (por ejemplo, el caso Keepseagle de agricultores indígenas).
El Tesoro tiene 60 días desde el anuncio del lunes para depositar los 1.776 millones en una cuenta especializada del DOJ. La operación, hasta donde se conoce, no requiere voto del Congreso. Esa es la primera grieta constitucional.
Las objeciones
Las críticas vinieron desde múltiples flancos. El representante Jamie Raskin, máximo demócrata del Comité Judicial de la Cámara, lo llamó «fraude puro y robo en plena vía pública». Noventa y tres congresistas demócratas presentaron una moción para bloquear el acuerdo, alegando «defectos constitucionales evidentes». Los argumentos centrales:
- Separación de poderes: solo el Congreso tiene autoridad de apropiar dinero del Tesoro. El Judgment Fund existe para sentencias adversas, no para crear programas de compensación nuevos.
- Cláusula de Emolumentos Domésticos: la Constitución prohíbe que el presidente reciba pagos del Tesoro o de Estados individuales más allá de su salario. Aunque Trump no figura como beneficiario directo, los críticos argumentan que el fondo beneficia su aparato político.
- Estatuto de limitaciones: las dos reclamaciones administrativas (Mar-a-Lago y Russiagate) tenían plazo de prescripción de dos años, ya vencido.
- Auto-tratativa: «nadie puede ser demandante y demandado en el mismo caso», argumenta la moción demócrata.
La senadora Elizabeth Warren habló de «un nivel demencial de corrupción». El senador Ron Wyden lo describió como «el robo más descarado de fondos públicos por cualquier presidente en la historia». Pero las críticas más dañinas vinieron de figuras que no son del aparato demócrata. James Comey, exdirector del FBI —despedido por Trump en 2017 y procesado en 2025 tras una publicación en Instagram interpretada como amenaza al presidente— lo dijo en una entrevista con ABC News: «No puede ser la forma en que operamos. No podemos montar un cajero automático multimillonario en Mar-a-Lago para gente que ha cometido crímenes».
Lo que la comisión decidirá
Cinco personas decidirán quién cobra y quién no. Los criterios formales aún no están publicados, pero la presentación del fondo deja entrever las prioridades. Los aproximadamente 1.600 acusados por los hechos del 6 de enero de 2021 —entre ellos los que recibieron perdones presidenciales en enero de 2026— podrán reclamar. Funcionarios y exfuncionarios procesados durante la era Biden por causas que la actual administración considere de motivación política, también. Empresarios y figuras públicas que aleguen daño económico por investigaciones federales previas, igualmente.
El proceso es voluntario y sin requisito partidista. En la práctica, sin embargo, el universo de reclamantes plausibles se concentra en uno solo de los lados del espectro político estadounidense. La comisión que decidirá las indemnizaciones queda, en su composición mayoritaria, en manos del Departamento de Justicia que actualmente investiga a opositores políticos de la administración.
El cierre simbólico
Mil setecientos setenta y seis millones. El número es elegante. La doctrina jurídica que lo respalda es, según juristas constitucionalistas consultados por The New York Times y Time, frágil. La jueza Williams quedó sin jurisdicción no porque el caso careciera de mérito, sino porque las partes retiraron el procedimiento antes de que ella pudiera examinarlo. El resultado es un fondo que, por su origen y por su estructura, dependerá para sobrevivir de que ningún tribunal federal lo someta a examen judicial profundo en los próximos tres años y medio.
Los próximos litigios contra el fondo ya están en preparación. El primero —presentado el mismo lunes por noventa y tres congresistas— está en el Distrito de Columbia. La pregunta que cualquier juez tendrá que responder eventualmente es elemental: ¿puede el presidente de Estados Unidos demandarse a sí mismo, llegar a un acuerdo consigo mismo, y pagarse con dinero del Tesoro?
La respuesta, sea cual sea, dirá mucho del estado actual de la separación de poderes en Estados Unidos.
- —
Fuentes principales
- Departamento de Justicia de los Estados Unidos, comunicado del 18 de mayo de 2026: «Justice Department Announces Anti-Weaponization Fund». https://www.justice.gov/opa/pr/justice-department-announces-anti-weaponization-fund
- Declaraciones del Acting Attorney General Todd Blanche.
- Declaraciones del Principal Associate Deputy Attorney General Trent McCotter.
- *ABC News*: cobertura del 18 de mayo de 2026 (primero en reportar el acuerdo).
- *NBC News*: cobertura del 18 de mayo de 2026.
- *CNBC*: cobertura del 18 de mayo de 2026.
- *Fox News*: cobertura del 18 de mayo de 2026.
- *Yahoo News*: cobertura del 19 de mayo de 2026.
- *Time*: «What to Know About the DOJ’s New ‘Anti-Weaponization Fund’» (18 de mayo de 2026).
- Declaraciones del representante Jamie Raskin (D-MD), miembro del Comité Judicial de la Cámara.
- Declaraciones del senador Ron Wyden (D-OR) y la senadora Elizabeth Warren (D-MA).
- Declaraciones del exdirector del FBI James Comey a *ABC News*.
- Moción presentada por 93 representantes demócratas para bloquear el acuerdo.
- Orden de la jueza Kathleen Williams del Distrito Sur de Florida (18 de mayo de 2026).
Este análisis se publica bajo los criterios editoriales de INCÍSOS. Cómo trabajamos →
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Un exviceministro sostiene que catorce campos nunca han producido
Sostiene además que las reservas venezolanas nunca fueron certificadas como recuperables por una empresa internacional, sino estimadas como petróleo en sitio.
| Qué | Un exviceministro de Energía y Minas sostiene que la mayoría de los campos comprometidos en el acuerdo están en un área que nunca ha producido. |
|---|---|
| Quién | Evanán Romero, exviceministro de Energía y Minas, cofundador del instituto de investigación petrolera y exmiembro de la junta directiva de la estatal durante la apertura. |
| Cuándo | Entrevista difundida el 3 de septiembre de 2026. |
| Dónde | Faja petrolífera del Orinoco y lago de Maracaibo. |
| Por qué | El volumen anunciado de 65.000 millones de barriles depende de que esas áreas contengan reservas recuperables. |
| Cómo | Mediante el contraste entre las áreas anunciadas y las que registran producción histórica. |
Las objeciones al acuerdo petrolero han sido hasta ahora jurídicas, políticas y fiscales. Esta es técnica, y por eso merece atención propia.
Evanán Romero fue viceministro de Energía y Minas, participó en la fundación del instituto de investigación de la industria petrolera venezolana e integró la junta directiva de la estatal durante la apertura petrolera de los años noventa. Lleva más de seis décadas en el sector.
En una entrevista difundida el 3 de septiembre de 2026 planteó tres objeciones sobre la base física del acuerdo.
Primera. Campos no es lo mismo que pozos
Señala que en la comunicación oficial se emplean como sinónimos dos términos que no lo son.
Un pozo es una perforación. Un campo es un área geológica que puede contener decenas o cientos de pozos. Las reservas se atribuyen a campos, no a pozos, porque un pozo drena únicamente el área inmediata que lo rodea.
La confusión no es semántica. Si se anuncian reservas por pozo, la cifra resultante no significa nada.
Segunda. Solo tres estarían activos
Sostiene que, de los diecisiete campos comprendidos, los únicos que están en producción son tres ubicados en el lago de Maracaibo, otorgados originalmente en 1955 y transferidos en 2012 bajo otra figura societaria que después cambió de denominación.
Los catorce restantes, según su lectura de los anuncios, están en la faja del Orinoco.
Y ahí formula la objeción central: la faja produce alrededor de 750.000 barriles diarios, pero esa producción proviene de regiones determinadas. Las áreas que él ubica en los anuncios no son esas.
Afirma que en esas zonas no existe producción y que nunca la ha habido.
Tercera. La certificación de las reservas
Es la afirmación de mayor alcance y también la más verificable.
Sostiene que la empresa internacional contratada en 2004 para evaluar la faja certificó el petróleo en sitio, es decir, el volumen existente en el subsuelo, y no las reservas recuperables, que es el volumen que puede extraerse en condiciones técnicas y económicas conocidas.
Según su relato, esa empresa se abstuvo de certificar reservas porque sin un plan de desarrollo definido no es posible determinar cuánto se recupera.
Y añade que la cifra de 303.000 millones de barriles que Venezuela reporta desde entonces se construyó a partir de trabajos encargados a compañías de varios países, con un número reducido de sondeos y sin certificación de una firma internacional de referencia.
Por qué esa distinción decide todo
Petróleo en sitio y reservas recuperables son magnitudes distintas, y la diferencia entre ambas puede ser enorme.
En crudos extrapesados, el factor de recuperación con tecnología convencional ronda el seis o siete por ciento. Aplicado a un volumen en sitio, ese porcentaje reduce drásticamente lo que efectivamente puede extraerse.
Si el volumen de 65.000 millones de barriles anunciado corresponde a petróleo en sitio y no a reservas recuperables, la cifra describe lo que hay bajo tierra, no lo que puede venderse.
El costo ambiental que advierte
Romero sostiene que producir en esas áreas exigiría minería a cielo abierto, en un esquema comparable al de las arenas bituminosas canadienses, y advierte que una de esas zonas coincide con un área bajo protección ambiental.
Su conclusión es que ninguna empresa se ha instalado allí no por falta de voluntad, sino porque el crudo no fluye y la extracción exigiría remover el terreno.
Lo que propone en cambio
Su planteamiento alternativo es concreto y no se opone a la inversión estadounidense.
Propone concentrar el esfuerzo en la recuperación del lago de Maracaibo mediante técnicas de recuperación secundaria y terciaria: restituir las plantas compresoras de gas, la inyección de agua, el transporte por tubería y la infraestructura lacustre desmantelada.
Sostiene que las empresas estadounidenses de equipamiento pesado están en capacidad de hacerlo y que allí el riesgo técnico es bajo. Lo que hace falta, dice, es conocimiento, capital, transparencia, seguridad jurídica y un gobierno legítimo.
Lo que corresponde
Estas son afirmaciones de una fuente, no conclusiones de esta casa. Y son verificables.
La ubicación de los bloques puede contrastarse con los mapas oficiales de la faja y con los registros de asignación de áreas.
La producción histórica de cada área consta en las estadísticas del sector.
El alcance de la certificación de 2004 puede confirmarse con la propia empresa evaluadora, que opera en Estados Unidos.
Las tres comprobaciones están en curso. Y corresponde solicitar respuesta a las autoridades venezolanas y a la empresa operadora antes de dar por establecida cualquiera de estas afirmaciones.
Fuentes principales: Entrevista a Evanán Romero difundida el 3 de septiembre de 2026 en el canal de la periodista Nitu Pérez Osuna. Datos públicos sobre producción de la faja petrolífera del Orinoco. Declaraciones de Humberto Calderón Berti del 31 de agosto de 2026.
Economía
Sectores de Caracas acumulan ocho días sin servicio eléctrico
Ocho días en La Candelaria, cinco en Las Delicias, San Bernardino sin servicio. El costo de un apagón largo no lo paga solo quien lo vive: lo paga también quien manda la remesa.
| Qué | Vecinos del municipio Libertador protestaron por cortes eléctricos prolongados que en algunos sectores alcanzaron ocho días continuos. |
|---|---|
| Quién | La convocatoria fue encabezada por Carlos Julio Rojas, coordinador del Frente Norte de Caracas. |
| Cuándo | Martes 8 de septiembre de 2026. |
| Dónde | La Candelaria, la parroquia El Recreo y San Bernardino, en Caracas. |
| Por qué | Sin electricidad se detienen las bombas hidráulicas y se pierde la refrigeración de alimentos. |
| Cómo | Según el dirigente, trabajadores de Corpoelec informan a los vecinos que no cuentan con repuestos ni herramientas para las reparaciones. |
Lo denunciado
Carlos Julio Rojas, coordinador del Frente Norte de Caracas, encabezó el 8 de septiembre de 2026 una convocatoria vecinal para denunciar la situación del servicio eléctrico en el municipio Libertador.
Según su relato, en la esquina de Miguelacho a Tracabordo, en La Candelaria, los vecinos pasaron ocho días sin luz. En el sector Las Delicias, de la parroquia El Recreo, el corte duró cinco días. Y San Bernardino se encontraba sin servicio al momento de la denuncia.
Rojas sostuvo que los apagones en la capital ya no se miden en horas sino en días, y describió dos consecuencias inmediatas: la comida que se pudre en las neveras y las bombas hidráulicas que dejan de funcionar, con lo cual los edificios se quedan también sin agua.
Añadió que trabajadores de Corpoelec les han dicho a los vecinos que no cuentan con los repuestos ni las herramientas necesarias para hacer las reparaciones, y se refirió además a los salarios del personal de la estatal.
Al cierre de esta nota no consta pronunciamiento de Corpoelec ni del Ministerio de Energía Eléctrica sobre estos casos concretos.
Por qué esto es una nota de economía
Porque un apagón de ocho días no es una molestia. Es una destrucción de patrimonio doméstico, y se puede describir con precisión.
Se pierde el contenido de la nevera. En un país donde alimentar a una familia cuesta más de 700 dólares mensuales, el contenido de un refrigerador representa una fracción significativa del presupuesto del mes. Se pierde entero y hay que reponerlo.
Se pierde el agua. Los edificios de Caracas dependen de bombas eléctricas para subir el agua a los tanques. Sin luz no hay bombeo, y a las pocas horas la falta de electricidad se convierte en falta de agua. Reponerla implica comprar cisternas o botellones, que es gasto en efectivo y a precio de emergencia.
Se detiene el ingreso. Un comercio pequeño sin electricidad no vende. Una peluquería, una panadería, un taller, un cibercafé: ocho días cerrados es un mes malo.
Se dañan los equipos. Las fluctuaciones de voltaje al restablecerse el servicio queman electrodomésticos. Reponer una nevera cuesta varios meses de salario formal.
Ninguno de esos cuatro costos aparece en las estadísticas de inflación. Todos aparecen en el presupuesto de una casa.
Quién termina pagando
Aquí está la parte que le toca directamente al lector de este medio.
Cuando una familia en Caracas pierde la comida del mes, no hay seguro, no hay reclamo y no hay compensación. La reposición sale de donde salga. Y con enorme frecuencia sale de una transferencia enviada desde Estados Unidos.
Eso significa que un apagón prolongado en Libertador se convierte, con un retraso de días, en una remesa extraordinaria enviada desde Houston, Miami, Dallas o Chicago. El costo no se queda en Caracas: se traslada al bolsillo de quien manda.
Es un mecanismo silencioso y no aparece en ninguna serie estadística. Las remesas se miden como flujo agregado, no por causa. Pero cualquier venezolano que sostenga un hogar allá reconoce el patrón: la llamada que avisa que se dañó la nevera llega siempre después de un corte largo.
Por eso la infraestructura eléctrica venezolana es, para efectos prácticos, una variable del presupuesto familiar de miles de hogares hispanos en Estados Unidos.
El contraste que ordena todo
El 2 de septiembre de 2026 se firmaron en el Palacio de Miraflores los acuerdos energéticos con Chevron, ENI y GE Vernova. El de GE Vernova es específicamente de recuperación de infraestructura eléctrica.
Seis días después, hay sectores de la capital que acumulan ocho días sin servicio.
No hay contradicción lógica entre las dos cosas: un contrato firmado el 2 de septiembre no podía producir efectos el 8. Pero sí hay una lección sobre plazos, y conviene fijarla ahora, antes de que empiecen los anuncios.
El petróleo se verifica en años. La meta de Chevron de 600.000 barriles diarios está a cinco años.
La luz se verifica en semanas. Si el acuerdo de recuperación eléctrica funciona, la duración de los cortes en Caracas y en el resto del país tiene que bajar de forma medible en un plazo corto. Y si no baja, también se sabrá pronto.
De todos los documentos firmados ese día, el eléctrico es el único que rendirá cuentas a corto plazo. Ocho días sin luz en La Candelaria es la línea base contra la cual se va a medir.
Lo que falta saber
El monto y el cronograma del acuerdo con GE Vernova no son públicos.
No hay diagnóstico público del estado del sistema, sin el cual no existe una referencia contra la cual medir mejora.
No se publican datos operativos de disponibilidad de generación con regularidad.
Y no consta respuesta oficial sobre los cortes de Libertador.
Lo que hay que vigilar
Los registros de organizaciones civiles que documentan cortes por estado, que son la única serie continua disponible.
Si se publica un cronograma de intervención con metas por zona.
Y si el próximo corte largo en Caracas dura más o menos que ocho días. Ese es el indicador, y no requiere ninguna cifra oficial para leerse.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera.
Fuentes principales: Declaraciones de Carlos Julio Rojas, coordinador del Frente Norte de Caracas, del 8 de septiembre de 2026, reseñadas por El Nacional y La Patilla. Cobertura de la ceremonia de firma de acuerdos energéticos del 2 de septiembre de 2026 en el Palacio de Miraflores. Registro del costo de la canasta alimentaria difundido el 17 de agosto de 2026.
Economía
Rubio pidió transparencia absoluta y el contrato venezolano no es público
La columna de Marco Rubio propone un estándar para distinguir la inversión buena de la predatoria. El estándar es útil. El problema aparece al aplicarlo al acuerdo que su propio gobierno firmó.
| Qué | Marco Rubio publicó una columna, «Un hemisferio que cumple», donde fija criterios para distinguir la inversión extranjera legítima de la predatoria. |
|---|---|
| Quién | El secretario de Estado de Estados Unidos, en medios de Colombia y Perú. |
| Cuándo | Martes 8 de septiembre de 2026, primer día de su gira por Colombia, Ecuador y Perú. |
| Dónde | Publicada en Semana, de Colombia, y en El Comercio, de Perú. |
| Por qué | Los criterios que propone son verificables y aplicables a cualquier acuerdo, incluido el que su propio gobierno firmó con Venezuela. |
| Cómo | Contrastando la inversión privada estadounidense con los proyectos respaldados por el Estado chino. |
El estándar que propone
La columna de Rubio hace algo que la retórica diplomática rara vez hace: propone criterios comprobables.
Su argumento central es que cuando los activos críticos de un país quedan bajo la propiedad o el control de otra nación, ese país pierde el derecho a decidir su propio destino y enfrenta amenazas a su soberanía, a la privacidad de sus datos y a su independencia económica. Sostiene que los proyectos respaldados por el Estado chino llegan con contratos poco transparentes, endeudamiento insostenible, explotación laboral y daño ambiental, y que la alternativa estadounidense es inversión privada, abierta y guiada por el mercado.
De ahí extrae la petición que da sentido a toda la pieza: que cada país elija a sus socios con «transparencia absoluta» y que la totalidad de los términos sean visibles para el público.
Reduciendo su texto a criterios, quedan cuatro.
Uno. Que los términos completos sean públicos.
Dos. Que la inversión sea privada y no de un Estado extranjero.
Tres. Que los activos estratégicos no queden bajo control de otra nación.
Cuatro. Que el país conserve la capacidad de decidir su destino.
Son criterios sensatos y, sobre todo, son verificables. Por eso vale la pena aplicarlos.
Aplicados al acuerdo venezolano
Uno. Términos públicos. El contrato con North American Blue Energy Partners no se ha publicado. Lo que existe es una hoja informativa de la Casa Blanca del 31 de agosto y declaraciones de funcionarios venezolanos. No hubo, además, proceso de licitación: la ministra de Hidrocarburos lo justificó por razones de continuidad y rapidez. No se cumple.
Dos. Inversión privada y no estatal. El Departamento de Defensa de Estados Unidos tiene una participación del 35% en NABEP, según la hoja informativa de la Casa Blanca y según lo confirmó el presidente de PDVSA. Es participación accionaria de un Estado extranjero en la empresa operadora. No se cumple.
Tres. Activos estratégicos sin control de otra nación. El gobierno estadounidense tiene poder de veto sobre el nombramiento de la junta directiva de NABEP, cuya mayoría debe ser de nacionalidad estadounidense. El Departamento de Estado compra el 20% de la producción a precio de costo y tiene derecho de primera opción sobre el 80% restante. No se cumple.
Cuatro. Capacidad de decidir el destino propio. Este es el único que admite discusión. El gobierno venezolano sostiene que la propiedad del recurso sigue siendo nacional y que se trata de un acuerdo comercial. Es un argumento defendible en términos de titularidad jurídica del subsuelo. Queda abierto.
Tres de cuatro criterios, redactados por el propio secretario de Estado, no se cumplen en el acuerdo que su gobierno firmó.
Por qué esto no es una acusación
Conviene ser preciso, porque la conclusión fácil sería decir que Rubio se contradice. No es exactamente eso.
Un gobierno puede sostener legítimamente que la participación estatal estadounidense es distinta de la china porque los sistemas políticos son distintos, porque hay contrapesos institucionales, prensa libre y controles del Congreso que en el otro caso no existen. Ese argumento existe y merece ser escuchado.
Lo que no admite discusión es que ese argumento no aparece en la columna. El texto no distingue entre buenas y malas participaciones estatales: distingue entre inversión privada y participación estatal, y coloca la segunda del lado del problema.
El estándar, tal como está escrito, es más exigente que la práctica.
El criterio que se puede resolver de inmediato
De los cuatro, hay uno que no requiere ninguna discusión conceptual y se puede satisfacer con un acto administrativo: publicar el contrato.
Rubio pidió que la totalidad de los términos sea visible para el público. En el caso venezolano no lo es. Publicarlo no exige negociación, no compromete seguridad nacional en un contrato de hidrocarburos y no depende de un tercero.
Sería, además, el argumento más eficaz que Washington podría exhibir en Bogotá, en Quito y en Lima: aquí está el nuestro, léanlo, y comparen.
El contexto de la gira
Rubio anunció el 8 de septiembre la incorporación de Perú al Escudo de las Américas, la alianza contra el crimen organizado transnacional impulsada desde marzo de 2026, y describió al país como aliado importante extra-OTAN. En Colombia anunció que el próximo Diálogo para la Prosperidad Bilateral buscará canalizar inversión privada estadounidense hacia infraestructura energética, logística y transporte.
Esos tres sectores son los mismos donde el argumento sobre soberanía y control de activos estratégicos se vuelve verificable. Los acuerdos que se firmen en esta gira van a poder someterse a los mismos cuatro criterios.
Vale la pena guardarlos.
Lo que hay que vigilar
Si se publican los términos completos de los acuerdos que resulten de la gira.
Si alguno de los tres gobiernos solicita publicidad contractual como condición.
Y si el contrato venezolano se hace público en algún momento.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera ni de inversión.
Fuentes principales: Columna de Marco Rubio «Un hemisferio que cumple», publicada el 8 de septiembre de 2026 en Semana, de Colombia, y en El Comercio, de Perú. Declaraciones de Rubio a periodistas antes de partir hacia Barranquilla, reseñadas por Infobae, NTN24 y El Espectador. Anuncio de la incorporación de Perú al Escudo de las Américas, según EFE. Hoja informativa de la Casa Blanca del 31 de agosto de 2026. Declaraciones de Héctor Obregón del 7 de septiembre y de Paula Henao del 6 de septiembre de 2026.
También puede interesarte: El acuerdo dura veinticinco años o cien, según quién lo explique.
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