Economía
Ecarri prepara proyecto de ley para dolarizar la economía
Hay un parlamentario venezolano preparando una respuesta legislativa al problema que más golpea el bolsillo: la destrucción del valor de la moneda. Qué contiene y qué camino tiene por delante.
En un país donde la moneda pierde valor cada semana, hay un parlamentario preparando un texto para llevarlo a la plenaria.
| Qué | El diputado Antonio Ecarri trabaja en un proyecto de ley que sustituiría el bolívar por el dólar como moneda de curso legal y cerraría el Banco Central de Venezuela. |
|---|---|
| Quién | Antonio Ecarri, diputado a la Asamblea Nacional por Alianza del Lápiz, asesorado por el economista estadounidense Steve Hanke. |
| Cuándo | El contenido del proyecto se conoció el jueves 20 y el viernes 21 de agosto de 2026. No ha sido presentado formalmente. |
| Dónde | Venezuela. |
| Por qué | Es la primera respuesta legislativa articulada al problema que más golpea el ingreso de las familias: la destrucción del valor de la moneda. |
| Cómo | Mediante un texto redactado con asesoría externa, destinado a un debate público previo a su presentación ante la plenaria. |
Lo que está haciendo
Hay un diputado venezolano trabajando en el problema monetario del país.
Antonio Ecarri, parlamentario de Alianza del Lápiz y excandidato presidencial, se rodeó de asesoría especializada y prepara un proyecto de ley que pretende llevar a la plenaria de la Asamblea Nacional.
El asesor que buscó es Steve Hanke, profesor de economía aplicada en la Universidad Johns Hopkins, con más de cuatro décadas de trabajo sobre hiperinflaciones en tres continentes. Ecarri agradeció públicamente que aceptara acompañarlo en materia monetaria y energética.
Ecarri defiende esta posición desde 2017, cuando empezó a sostener que la dolarización es la vacuna contra la hiperinflación venezolana. No es una ocurrencia de coyuntura: es una línea que viene sosteniendo hace nueve años.
Y anunció el paso siguiente en sus propios términos: abrir un debate nacional para llevar la medida del debate a la ley.
Qué contiene el proyecto
El texto redactado con Hanke contempla dos medidas de fondo.
Sustituir el bolívar por el dólar estadounidense como moneda de curso legal.
Y cerrar el Banco Central de Venezuela, con lo que el Gobierno perdería la capacidad de emitir dinero nuevo y de manipular las tasas de interés.
Hanke fundamenta el esquema en dos experiencias: la dolarización de Ecuador en el año 2000 y la adopción del marco alemán en Montenegro en 1999.
El argumento de fondo
Ecarri lo formula en términos que no requieren formación económica para entenderse.
El país ya está dolarizado de hecho. Buena parte de los precios se fijan en dólares y buena parte de los salarios del sector privado se pagan en dólares. Quienes quedan atrapados en bolívares son, dice, los maestros, los enfermeros, los trabajadores y los pensionados, que ven perder valor su ingreso todos los días.
Añade una segunda razón, de orden institucional: dolarizar significa también ponerle un límite al uso de la moneda para financiar los excesos del poder.
Los datos acompañan el diagnóstico. La inflación mensual venezolana fue de 19,9% en julio de 2026, frente a 13,8% en junio. El salario mínimo permanece congelado en 130 bolívares. Estimaciones independientes sitúan la inflación anual en bolívares en torno al 400%, después de haber estado cerca del 700% antes del 3 de enero de 2026, lo que equivale a un alza semanal de precios de alrededor del 8% en huevos, carne, alquiler, electricidad y salarios.
El camino que tiene por delante
Aquí conviene ser preciso sobre el estado real de la iniciativa, porque hubo confusión al respecto.
El proyecto no ha sido presentado formalmente ante ninguna instancia. Está en la fase que el propio Ecarri describe: la del debate.
Un diputado puede rodearse de los especialistas que quiera y preparar el texto que considere. Lo que no puede hacer solo es convertirlo en ley: para eso necesita presentarlo, que se discuta y que reúna los votos.
Y ahí aparece el dato de proporción. Alianza del Lápiz tiene un escaño en la Asamblea Nacional. Uno de doscientos ochenta y cinco.
Eso no invalida la propuesta. Los proyectos de ley no se pesan por el tamaño de la bancada que los promueve, y buena parte de las reformas relevantes de cualquier parlamento empezaron con un diputado y un texto. Pero describe con exactitud el trecho que separa lo que hoy existe de lo que sería una ley.
El antecedente que conviene conocer
Hay un hecho que ordena la lectura de todo lo demás y que casi no se ha mencionado.
Esta es la segunda vez que Hanke intenta una reforma monetaria en Venezuela.
En 1995 y 1996 diseñó el proyecto de una junta monetaria mientras se desempeñaba como asesor económico principal del presidente Rafael Caldera.
Ese plan no consiguió mayoría en la Asamblea Nacional.
Treinta años después vuelve con una propuesta más radical —no una junta monetaria sino la sustitución completa de la moneda— y estima entre 50% y 80% las probabilidades de que el Parlamento la apruebe esta vez, apoyándose en encuestas que muestran que la mayoría de los venezolanos quiere abandonar el bolívar.
El precedente no predice el resultado. Pero conviene tenerlo presente al leer una estimación de probabilidad formulada por quien la propone.
El obstáculo constitucional, y el precedente que lo relativiza
El artículo 318 de la Constitución establece que la unidad monetaria de la República es el bolívar. Una ley ordinaria no puede contradecir la Constitución.
El propio Ecarri reconoció esa restricción en su momento, cuando planteó que el bolívar no se eliminaría y quedaría solo como referencia. Pero un bolívar que existe únicamente como referencia y un dólar que es la moneda de curso legal son dos afirmaciones difíciles de sostener a la vez.
Ahora bien, hay un precedente que relativiza ese obstáculo.
La Constitución ecuatoriana de 1998 establecía en su artículo 264 que la emisión de moneda era atribución exclusiva del Banco Central y que la unidad monetaria era el sucre. Ecuador dolarizó de todas formas: el presidente Jamil Mahuad lo anunció el 9 de enero del año 2000 y el Congreso aprobó dos meses después la ley que fijó el marco legal. El artículo 264 permaneció con su texto original.
La precisión importa: no es que un tribunal haya validado la operación, sino que nadie la impugnó. La constitucionalidad nunca fue cuestionada ante la Corte Suprema ecuatoriana, y se entendió de manera tácita que el decreto y la ley posterior bastaban. Críticos como el economista Alberto Acosta mantienen hasta hoy que aquello vulneró el artículo 264.
De modo que el precedente existe, pero consiste en que la pregunta constitucional no se respondió, no en que se resolviera.
Hay además una segunda cuestión, del mismo orden que la que atraviesa los contratos petroleros y de telecomunicaciones: cuál Asamblea Nacional legisla. En Venezuela coexisten dos.
Las objeciones que merecen figurar
Una propuesta de esta magnitud tiene contradictores serios y sus argumentos no son de trámite.
El déficit sobrevive a la dolarización. Especialistas señalan que una fuente relevante de la inflación es la insostenibilidad del déficit fiscal y su financiamiento por el banco central. Dolarizar impide financiarlo emitiendo, pero no lo elimina: lo convierte en deuda o en recorte de gasto.
Otros países lo lograron sin dolarizar. Perú y Brasil controlaron inflaciones severas conservando su moneda, mediante metas de inflación y bancos centrales autónomos.
Se pierde el prestamista de última instancia. Sin banco central no hay quien auxilie al sistema bancario en una crisis de liquidez.
Y se pierde el amortiguador ante un choque petrolero. Una economía dolarizada no puede devaluar cuando cae el precio del crudo. El ajuste recae entonces sobre empleo y salarios, y en Venezuela ese precio es la variable que más pesa.
Un apunte sobre cómo se contó esto
La iniciativa se conoció a través de un reportaje de la revista Fortune del 20 de agosto de 2026 sobre el trabajo de Hanke.
En pocas horas, medios venezolanos e internacionales lo reprodujeron con una formulación distinta: que la Asamblea Nacional había contratado al economista como asesor del Parlamento. El presidente de la Asamblea, Jorge Rodríguez, desmintió esa contratación la tarde del 21 de agosto y anunció una investigación. El jefe de prensa de Alianza del Lápiz precisó que Ecarri trabaja en la propuesta a título personal.
Esa distinción importa para saber dónde está el proyecto. No cambia lo que contiene.
Lo que hay que vigilar
Cuándo se presenta el texto y ante cuál Asamblea.
Cuántos respaldos reúne. Es lo que dirá si el debate prospera.
Cómo resuelve el artículo 318. Sin eso, el resto es discusión académica.
Y qué dice el Banco Central, que es la institución que el proyecto propone cerrar y que no se ha pronunciado.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera ni de inversión.
Fuentes principales: Reportaje de la revista Fortune del 20 de agosto de 2026 sobre el trabajo de Steve Hanke en materia de dolarización venezolana. Declaraciones del diputado Antonio Ecarri en sus redes sociales y del 20 de agosto de 2026, recogidas por Noticiero Digital y Banca y Negocios. Desmentido del presidente de la Asamblea Nacional del 21 de agosto de 2026 y aclaratoria del jefe de prensa de Alianza del Lápiz, reseñados por Contrapunto. Constitución Política de la República del Ecuador de 1998, artículo 264, y registro del proceso de dolarización de enero y marzo del año 2000. Planteamientos del economista Alberto Acosta. Análisis publicado por The Conversation sobre alternativas a la dolarización. Datos de inflación del Banco Central de Venezuela correspondientes a julio de 2026. Artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Alfredo Yánez
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Smith calcula en 2.700 millones el costo de dolarizar Venezuela
Roberto Smith Perera desmonta tres objeciones a la dolarización venezolana: el costo, el obstáculo constitucional y el caso de Ecuador y Panamá. Qué resiste la verificación y qué no.
Tres objeciones se repiten contra la dolarización venezolana: que no hay dólares para hacerla, que la Constitución lo impide y que Ecuador y Panamá salieron mal. Este planteamiento las ataca una por una.
| Qué | El exministro Roberto Smith Perera formuló un cálculo del costo de dolarizar la economía venezolana y refutó tres objeciones frecuentes a esa medida. |
|---|---|
| Quién | Roberto Smith Perera, exministro de Transporte y Comunicaciones y exembajador ante la Unión Europea. |
| Cuándo | Publicaciones difundidas el viernes 21 de agosto de 2026. |
| Dónde | Venezuela, con referencia a las experiencias de Ecuador y Panamá. |
| Por qué | El costo, el obstáculo constitucional y el precedente regional son las tres objeciones que decidirán si la propuesta avanza. |
| Cómo | Mediante un cálculo sobre la liquidez monetaria y una revisión de los antecedentes ecuatoriano y panameño. |
El cálculo
La objeción más repetida contra la dolarización es que hacen falta miles de millones de dólares en reservas internacionales para inyectar liquidez a un país entero.
Smith Perera respondió con una operación aritmética explícita.
Situó la liquidez monetaria venezolana en torno a 2,19 billones de bolívares. Aplicó una tasa de cambio supuesta de 800 bolívares por dólar. El resultado: un costo total de 2.700 millones de dólares para sustituir la masa monetaria en circulación.
Su conclusión es que se trata de un costo bajo para dolarizar un país, y añadió un contraste: mantener reservas de veinte a treinta mil millones de dólares con el solo fin de proteger una moneda local resulta entre diez y quince veces más costoso.
Sostuvo además que la idea de que dolarizar es carísimo es un mito propagado por quienes rechazan la medida para no perder privilegios, empezando por los operadores cambiarios.
Precisión que corresponde. La cifra de liquidez monetaria y la tasa de cambio son suyas y no provienen de una publicación oficial contrastada. Cualquier variación en cualquiera de las dos altera el resultado de manera proporcional.
La objeción constitucional, y el precedente que la relativiza
El segundo cuestionamiento es de rango normativo: el artículo 318 de la Constitución venezolana establece que la unidad monetaria de la República es el bolívar.
Smith Perera sostuvo que es falso que haya que cambiar la Constitución para dolarizar, y ofreció un antecedente concreto: Ecuador dolarizó en el año 2000 sin modificar antes su Constitución, pese a que esta decía expresamente que la unidad monetaria era el sucre.
El antecedente es verificable y resiste la comprobación.
La Constitución ecuatoriana de 1998 establecía en su artículo 264 que la emisión de moneda con poder liberatorio ilimitado era atribución exclusiva del Banco Central y que la unidad monetaria era el sucre.
El presidente Jamil Mahuad anunció la dolarización por televisión el 9 de enero del año 2000, a una tasa de 25.000 sucres por dólar. El Congreso aprobó dos meses después la ley que estableció el marco legal del nuevo régimen. El artículo 264 permaneció con su texto original.
Ahora bien, la precisión que completa el cuadro es la que decide su alcance: no ocurrió que un tribunal validara la operación, sino que nadie la impugnó. La constitucionalidad de la decisión nunca fue cuestionada ante la Corte Suprema ecuatoriana. Se entendió de forma tácita que el decreto y la ley posterior bastaban, y algunos juristas sostuvieron que no se sustituyó la unidad monetaria sino que se autorizó la libre circulación de divisas.
Del otro lado, el economista ecuatoriano Alberto Acosta mantiene hasta hoy que aquella decisión vulneró el artículo 264.
De modo que el precedente existe. Pero consiste en que la pregunta constitucional no se respondió, no en que se resolviera.
Quien invoque el caso ecuatoriano para Venezuela está invocando, en rigor, un antecedente de omisión judicial.
La tercera objeción: Ecuador y Panamá
El planteamiento aborda también la idea de que la dolarización convirtió a esos dos países en economías no competitivas y dependientes.
Smith Perera lo rechaza y aporta ejemplos concretos. Sostiene que Ecuador multiplicó sus agroexportaciones no petroleras, liderando mercados globales de camarón, cacao y flores, e incorporó la minería a gran escala a su matriz productiva. Y que Panamá aprovechó la estabilidad del dólar para consolidar el centro logístico, bancario, multimodal y aéreo más sofisticado de la región.
Su matiz es honesto y conviene consignarlo: sostiene que la tarea pendiente de ambos países no es cambiar de moneda sino superar la concentración productiva, y pasar de exportar materias primas o servicios tradicionales a generar tecnología y valor agregado.
Y afirma que ninguno de los dos querría volver a una moneda local.
Qué pasaría con las exportaciones venezolanas
Aquí está la parte del planteamiento que responde a la objeción técnica más seria: que una economía dolarizada pierde la capacidad de devaluar para abaratar sus exportaciones.
Su respuesta es que en Venezuela eso no importaría, porque las principales industrias de potencial exportador no compiten por precio de mano de obra: petróleo, gas, energía, minería, petroquímicos, siderurgia, aluminio, oro y minerales especializados.
Sostiene que tampoco afectaría a la agricultura si se enfoca en los rubros donde el país es competitivo —café, cacao, ganadería, frutas— ni al turismo si se orienta a segmentos de calidad. Ni al potencial exportador basado en talento profesional y tecnología, que no depende de mano de obra barata.
El contraargumento que no aborda. Una economía dolarizada tampoco puede amortiguar con el tipo de cambio la caída del precio del petróleo. Y en Venezuela ese precio es la variable que más pesa. El ajuste, en ese escenario, recaería sobre empleo y salarios. El planteamiento no entra en esa dimensión.
El diagnóstico de fondo
Por debajo del cálculo hay una observación que no es económica sino social.
Smith Perera sostiene que el descrédito del bolívar es irrecuperable, y lo ilustra con una prueba de calle: preguntarle a cualquier persona, en el último pueblo o en el último barrio, si prefiere que le paguen y guardar dólares o bolívares.
Su conclusión es que nadie quiere ahorrar en bolívares porque perderán la mitad de su valor en pocos días, y que lo grave es tener un país que no cree en la moneda que se le impone desde arriba.
Ese diagnóstico es difícil de rebatir con datos, y es el que sostiene toda la discusión. La inflación mensual venezolana fue de 19,9% en julio de 2026, y el salario mínimo permanece congelado en 130 bolívares.
Quién lo dice
Roberto Smith Perera nació en Barquisimeto en 1958. Es matemático egresado de la Universidad Simón Bolívar, con maestría y doctorado en Políticas Públicas de la Universidad de Harvard, donde fue docente e investigador de su escuela de gobierno.
Fue ministro de Transporte y Comunicaciones entre 1990 y 1992 y embajador ante la Unión Europea hasta mediados de los noventa. En el sector privado fundó y presidió la operadora de telefonía celular Digitel.
Su formación es de política pública y organización industrial. Eso importa para leerlo con precisión: su aporte más fuerte está en el diseño institucional y en la aritmética del esquema, no en la modelización macroeconómica.
Un apunte sobre el origen de la discusión
Estas publicaciones se produjeron en reacción a la versión —después desmentida por la presidencia de la Asamblea Nacional— de que el Parlamento venezolano había contratado a un economista estadounidense para conducir una dolarización.
Smith Perera había celebrado inicialmente esa noticia y lamentó luego el desmentido, sosteniendo que la dolarización sería una medida vital para recuperar la sanidad económica del país.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera ni de inversión.
Fuentes principales: Publicaciones de Roberto Smith Perera en su cuenta de la red social X del 21 de agosto de 2026. Constitución Política de la República del Ecuador de 1998, artículo 264. Registro histórico del anuncio de dolarización del presidente Jamil Mahuad del 9 de enero del año 2000 y de la ley aprobada en marzo de ese año. Análisis jurídicos publicados sobre la constitucionalidad de la dolarización ecuatoriana. Planteamientos del economista Alberto Acosta sobre el artículo 264. Datos de inflación del Banco Central de Venezuela correspondientes a julio de 2026. Artículo 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Economía
El comprador de la offshore sería alguien cercano a Betancourt
La offshore que controlaba una participación en el segundo mayor productor privado de petróleo de Venezuela cambió de manos por 300 millones de dólares.
Una participación en el segundo mayor productor privado de petróleo venezolano cambió de manos. Quien la compra ya controlaba el consorcio.
| Qué | El empresario Harry Sargeant III firmó un acuerdo de 300 millones de dólares para vender Bluewave Properties Ltd., la sociedad mediante la cual controlaba una participación minoritaria en un productor petrolero venezolano. |
|---|---|
| Quién | Harry Sargeant III como vendedor. Según fuentes citadas por Bloomberg, el comprador sería una parte cercana a Alejandro Betancourt. |
| Cuándo | Acuerdo firmado el viernes 7 de agosto de 2026 y revelado el lunes 10 de agosto. |
| Dónde | La sociedad está constituida en las Islas Vírgenes Británicas. Los activos operan en Venezuela. |
| Por qué | Concentra en un solo accionista de control una participación relevante del segundo mayor productor privado de petróleo del país. |
| Cómo | Mediante la venta de la sociedad instrumental que tenía la participación, no de la participación misma. |
Lo que se conoció
El empresario energético de Florida y donante del Partido Republicano Harry Sargeant III firmó un acuerdo por 300 millones de dólares para vender Bluewave Properties Ltd., la sociedad instrumental constituida en las Islas Vírgenes Británicas mediante la cual controlaba una participación minoritaria en North American Blue Energy Partners, el segundo mayor productor privado de petróleo de Venezuela después de Chevron.
La operación fue revelada por la agencia Bloomberg. Según las fuentes citadas, que pidieron anonimato, el comprador es una parte cercana a Alejandro Betancourt, accionista de control del propio consorcio.
Por qué el detalle del comprador importa
Si la información se confirma en esos términos, la operación no incorpora un tercero al negocio: concentra en el accionista de control una participación que estaba en manos de un socio minoritario.
Es la diferencia entre vender a un competidor y comprarle a tu socio.
Y ocurre en el momento en que la apertura petrolera venezolana empieza a producir firmas: el 19 de agosto se suscribieron en Houston un contrato de participación productiva con Hunt Oil para dos campos del oriente y una alianza de servicios con SLB.
Quién es cada parte
Harry Sargeant III es un empresario energético radicado en Florida, donante del Partido Republicano, señalado en reportes previos como canal informal entre Washington y Caracas y como participante en gestiones para la liberación de estadounidenses detenidos.
Leopoldo Alejandro Betancourt López es cofundador y presidente de Derwick Associates. Su historial está documentado: doce contratos con empresas estatales del sector eléctrico durante la crisis energética de 2009 y 2010, por unos 2.500 millones de dólares, sin trayectoria previa comprobada. Transparencia Venezuela calcula en unos 2.900 millones los presuntos sobreprecios.
Sobre su situación judicial corresponde la misma precisión que hemos aplicado antes: no ha sido acusado formalmente, según el informe de Transparencia Venezuela de septiembre de 2025. Fue identificado como «Conspirador 2» en una causa federal del sur de Florida sin llegar a ser imputado. Pero estuvo detenido por orden de un juzgado de España, se encuentra bajo libertad condicional en Inglaterra y tiene investigaciones activas en España y Suiza por blanqueo de capitales.
Es un empresario investigado en varias jurisdicciones y no condenado en ninguna.
Las reservas que corresponden
La identidad del comprador no está confirmada oficialmente. Proviene de fuentes anónimas citadas por Bloomberg y se describe como «una parte cercana» a Betancourt, no como Betancourt.
Ninguna de las partes se ha pronunciado públicamente sobre la operación al momento de esta publicación.
Y no se conoce si la transacción requirió autorización de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro estadounidense, ni si ya se cerró o solo se firmó el acuerdo.
Lo que hay que vigilar
Si aparece registro público de la operación y con qué contrapartes.
Si la Oficina de Control de Activos Extranjeros se pronuncia, dado que el sector opera bajo un régimen de licencias.
Y cómo queda la estructura accionaria del consorcio. Es el dato que dirá si la concentración es real.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera ni de inversión.
Fuentes principales: Reporte de la agencia Bloomberg del 10 de agosto de 2026 sobre la venta de Bluewave Properties Ltd., recogido por publicaciones especializadas. Informes de Transparencia Venezuela de septiembre y noviembre de 2025 sobre Derwick Associates y Alejandro Betancourt López. Reportes de La Gran Aldea, El Estímulo y Runrun.es sobre su situación judicial. Anuncio de la ministra de Hidrocarburos Paula Henao sobre las firmas del 19 de agosto de 2026 en Houston.
Economía
Los precios suben más donde trabajan más inmigrantes
Un análisis económico compara el índice de precios general con el de los sectores que dependen de trabajadores inmigrantes. La diferencia se paga en el supermercado.
Los precios generales subieron 2,6% en un año. La lechuga subió 32,1%. Entre esas dos cifras hay una explicación que se paga cada semana.
| Qué | Un análisis del índice de precios al consumidor encontró que los bienes y servicios intensivos en mano de obra inmigrante subieron muy por encima del promedio general. |
|---|---|
| Quién | Los economistas Robert Lynch y Michael Ettlinger, de Economic Insights and Research Consulting, en un estudio difundido por la organización America’s Voice. |
| Cuándo | Período de doce meses concluido en junio de 2026. |
| Dónde | Estados Unidos. |
| Por qué | Traduce el efecto de la política migratoria en el gasto semanal de cualquier hogar, sin importar su condición migratoria. |
| Cómo | Comparando la evolución del índice general con la de los sectores que dependen de trabajadores inmigrantes. |
Los dos números
Durante los doce meses concluidos en junio de 2026, los precios básicos —excluidos alimentos y energía— subieron 2,6%.
En el mismo período, los bienes y servicios que requieren mucha mano de obra inmigrante registraron alzas de entre 6,3% y 32,1%.
El caso extremo citado en el análisis es la lechuga, con 32,1%. La fruta figura también entre los productos con incrementos muy superiores al promedio.
Los autores del estudio son los economistas Robert Lynch y Michael Ettlinger, de la firma Economic Insights and Research Consulting. La organización que difundió el análisis denominó el fenómeno «el impuesto de ICE».
La cadena, paso a paso
El mecanismo no requiere ninguna teoría económica complicada.
Primero, la campaña de detenciones y deportaciones redujo la fuerza laboral en sectores concretos: agricultura, construcción, cuidado de personas a domicilio y servicios de jardinería, entre otros.
Segundo, esos sectores no pueden sustituir trabajadores con rapidez. Un cultivo tiene ventana de cosecha. Una obra tiene cronograma. Un anciano necesita cuidado hoy.
Tercero, cuando la oferta de trabajo cae y la demanda no, el costo del trabajo sube. Y ese costo se traslada al precio final.
Cuarto, ese precio final lo paga todo el mundo. El ciudadano estadounidense en el supermercado paga la lechuga al mismo precio que el inmigrante.
La observación que conviene retener
Aquí está lo que distingue este dato de una discusión sobre migración.
El efecto no distingue entre quienes apoyan la política y quienes la rechazan. No distingue entre estados, ni entre condición migratoria, ni entre generaciones. Es un costo distribuido.
Y aparece precisamente donde más se nota: en los alimentos frescos, que es la parte del presupuesto que una familia de ingresos medios o bajos no puede posponer.
Un hogar puede aplazar la compra de un electrodoméstico. No puede aplazar la comida de la semana.
El otro lado del argumento
Un dato así merece que se expongan las objeciones que se le hacen, porque existen y son serias.
La primera es de atribución. El índice de precios recoge muchos factores simultáneos: clima, costos de transporte, energía, tarifas comerciales. Aislar el efecto de la política migratoria de todos los demás es metodológicamente difícil, y una correlación entre sectores intensivos en mano de obra inmigrante y alzas de precios no prueba por sí sola la causa.
La segunda es de fuente. El análisis fue difundido por una organización que defiende posiciones favorables a la inmigración. Eso no invalida el trabajo de los economistas que lo firman, pero corresponde consignarlo.
Y la tercera es de contraargumento. Quienes defienden la política sostienen que la reducción de la oferta laboral inmigrante debería elevar los salarios de los trabajadores nacionales en esos mismos sectores, y que ese efecto compensaría en parte el alza de precios. El estudio citado no aborda esa dimensión.
Con esas tres reservas, el dato sigue en pie: los precios de los sectores con más trabajadores inmigrantes subieron entre dos y doce veces más que el promedio general.
Los otros números del período
El contexto en el que ocurre esta alza está documentado.
Las deportaciones se mantienen en un promedio cercano a 1.246 personas al día, cifra elevada frente a años anteriores aunque inferior al ritmo de crecimiento de los arrestos.
Y hay un dato del lado fiscal que rara vez aparece junto al anterior: en el caso concreto de los haitianos con estatus temporal, se estima que aportan alrededor de 5.900 millones de dólares anuales a la economía estadounidense y pagan cerca de 1.600 millones en impuestos.
Qué hacer con esta información
Tres cosas concretas, y ninguna es política.
Comparar precios por producto, no por tienda. Los incrementos no son uniformes: se concentran en frescos. Un mismo supermercado puede tener alzas fuertes en verduras y estables en enlatados.
Considerar productos de temporada y congelados en las categorías donde el alza es mayor. La fruta congelada no tiene el mismo perfil de costo laboral que la fresca.
Y anotar el gasto. Es la única manera de saber si el presupuesto familiar subió por los precios o por el consumo, y de tomar decisiones con datos en lugar de con sensaciones.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera.
Fuentes principales: Análisis de los economistas Robert Lynch y Michael Ettlinger, de Economic Insights and Research Consulting, sobre el índice de precios al consumidor durante los doce meses concluidos en junio de 2026, difundido por la organización America’s Voice y reseñado por La Opinión. Datos publicados sobre el promedio diario de deportaciones. Estimaciones sobre la contribución económica y fiscal de beneficiarios del Estatus de Protección Temporal.
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