Economía
La nueva ley de alquileres deja fuera a los inquilinos actuales
Venezuela liberó el precio de los alquileres nuevos catorce años después de congelarlos. La protección del inquilino antiguo no viaja con la persona: se queda en la vivienda.
La ley publicada el 7 de agosto de 2026 libera el precio del alquiler y acorta los plazos del desalojo. Solo aplica a contratos firmados desde esa fecha. Quien ya alquila conserva la protección anterior únicamente mientras no se mude.
| QUÉ | Entró en vigencia un régimen que libera el canon de alquiler y agiliza los procedimientos de desalojo. |
| QUIÉN | Propietarios e inquilinos venezolanos. La Asamblea Nacional de 2025 la sancionó por unanimidad. |
| CUÁNDO | Sancionada el 31 de julio de 2026. Publicada en Gaceta Oficial el viernes 7 de agosto. |
| DÓNDE | Todo el territorio venezolano, con mayor impacto en las zonas golpeadas por el terremoto. |
| POR QUÉ | El doble sismo del 24 de junio destruyó vivienda en un mercado de alquiler ya deprimido. |
| CÓMO | Mediante un régimen paralelo que convive con las leyes de 2011, sin derogarlas. |
La Gaceta Oficial número 7.065 Extraordinario, fechada en Caracas el viernes 7 de agosto de 2026, contiene veintisiete artículos que cambian las reglas del alquiler residencial venezolano por primera vez en catorce años.
El artículo 12 es el que altera el paisaje: el monto del canon será acordado entre las partes, sin más limitaciones que las establecidas en esa misma ley. Desde 2011, ese monto lo calculaba la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda con una fórmula basada en el valor del inmueble y una tasa de rentabilidad fijada por reglamento. Y desde abril de 2003, tras el paro petrolero, los cánones habían estado sujetos a congelación por decreto.
Veintitrés años después, el precio del alquiler vuelve a ser un acuerdo entre dos personas.
Pero solo para algunas.
El artículo que divide el país en dos
El artículo 2 establece que las disposiciones de la ley solo serán aplicables a las relaciones de arrendamiento que se acuerden o formalicen luego de su entrada en vigencia.
Y excluye expresamente, en su primer numeral, los inmuebles destinados a vivienda que se encuentren en posesión del arrendatario a la fecha de entrada en vigencia, mientras persista esa posesión.
Las relaciones vigentes continúan reguladas por la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Vivienda.
El resultado es un país con dos regímenes de alquiler funcionando en paralelo sobre el mismo mercado.
Buena parte de la cobertura ha leído esto como un desamparo del inquilino actual. Es una lectura equivocada, y conviene decirlo con precisión: el inquilino que ya está en su vivienda conserva íntegras las protecciones del régimen anterior. No pierde nada mientras se quede donde está.
El problema es la frase final del numeral: mientras persista esa posesión.

La protección se queda en la vivienda, no en la persona
Un inquilino amparado por el régimen de 2011 que decida mudarse —porque cambió de trabajo, porque le nació un hijo, porque el edificio quedó con etiqueta amarilla después del terremoto— firmará su próximo contrato bajo la ley nueva.
Al hacerlo, dejará atrás el canon regulado, el trámite administrativo previo al desalojo y la exigencia de que el Estado garantice refugio antes de ejecutarlo. Entrará en un mercado de precio libre donde tres meses de impago habilitan la demanda de resolución.
No hay portabilidad. La protección no acompaña al arrendatario: está atada al inmueble que ocupa.
Eso produce un incentivo poderoso a no moverse, en un país donde el terremoto del 24 de junio de 2026 dañó 41.624 hogares y dejó sin vivienda a cerca de 18.000 personas. Buena parte de quienes más necesitan mudarse son exactamente quienes más pierden al hacerlo.
Y hay una asimetría adicional que conviene nombrar: el inquilino antiguo conserva su protección mientras el propietario no logre recuperar el inmueble por las vías del régimen anterior. Una vez desocupada la vivienda, esa vivienda entra al mercado nuevo. El régimen de 2011 no se derogó, pero está diseñado para vaciarse solo, contrato a contrato.
Qué gana el propietario
La ley responde a un diagnóstico que el propio chavismo terminó admitiendo. Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea Nacional, calificó la normativa vigente de «muy regresiva» y afirmó que hay unas 200.000 viviendas vacías por temor de sus propietarios a alquilarlas.
El temor tenía fundamento documentado. Bajo el régimen de 2011, recuperar un inmueble exigía un procedimiento previo ante la Superintendencia, un juicio posterior y un trámite final ante el Ministerio de Vivienda para obtener el oficio de reubicación del inquilino. La Ley Contra el Desalojo estableció que no se procedería a la ejecución forzosa sin garantizar antes el destino habitacional de la parte afectada. En la práctica, propietarios con sentencia favorable no lograban ejecutarla.
La ley nueva desmonta ese andamiaje para los contratos que regula:
- Canon libre y ajustable en cada prórroga o renovación (artículos 12 y 13).
- Depósito de hasta tres meses o póliza de seguro equivalente, a reintegrar dentro de los quince días siguientes al término del contrato (artículos 16 y 18).
- Siete causales de terminación anticipada (artículo 23), entre ellas tres períodos consecutivos de impago del canon, tres meses de impago de servicios, subarriendo no autorizado, deterioros mayores y abandono del inmueble.
- Desalojo por tribunal de municipio, bajo el procedimiento breve del Código de Procedimiento Civil e independientemente de la cuantía, o por tribunal arbitral (artículos 25 y 27).
- Contratos en divisas reconocidos, con derecho del inquilino a pagar el equivalente en bolívares a la tasa del Banco Central del día del pago (artículo 14).
Pablo González, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, valoró positivamente los avances del texto. El gremio venía señalando desde hace más de una década que la oferta formal de alquiler era prácticamente inexistente.

Las tres trampas del texto
Un régimen que devuelve la negociación a las partes traslada el peso a lo que cada contrato diga. Ahí aparecen tres asimetrías que el articulado no resuelve.
Primera: el tope de ajuste solo aplica a los contratos en bolívares. El artículo 13 establece que cuando el canon esté establecido en bolívares, el porcentaje de ajuste no podrá superar la variación del índice de precios al consumidor publicado por el Banco Central durante la vigencia del contrato. La ley no fija un límite equivalente para los cánones pactados en divisas.
Dado que el artículo 14 reconoce expresamente los contratos en moneda distinta al bolívar, el incentivo es transparente: denominar el canon en dólares deja el ajuste fuera del único techo que la ley contempla. En un mercado donde el dólar oficial pasó de 748,78 bolívares el 3 de agosto a 752,09 el 4, y donde comercios formales ya cobran aplicando la tasa del euro en lugar de la del dólar, esa diferencia no es teórica.
Segunda: el desalojo puede salir de un tribunal privado. El artículo 27 establece que la orden de desalojo podrá ser acordada por un tribunal de municipio o por un tribunal arbitral constituido conforme a la ley. Cuando la orden esté contenida en un laudo arbitral, se presenta ante el tribunal competente para su ejecución.
El arbitraje es un mecanismo legítimo y suele ser más rápido que la vía judicial. También suele ser más costoso de iniciar, exige asistencia profesional para litigar en condiciones y opera fuera del sistema de defensa pública. Un inquilino que firme un contrato con cláusula arbitral sin reparar en ella habrá elegido, sin saberlo, el terreno donde se defenderá si algún día lo demandan.
Tercera: la indemnización por irse antes. El artículo 24 reconoce al inquilino el derecho de terminar el contrato unilateralmente en cualquier momento —un derecho real y valioso—, pero permite que las partes acuerden una indemnización de hasta dos meses de canon. Es previsible que esa cláusula aparezca en la mayoría de los contratos.
Sumada al depósito de tres meses del artículo 16, la barrera de entrada y salida del mercado formal se ubica en torno a cinco meses de canon.
Lo que la ley sí protege
Sería incompleto presentar el texto solo por sus asimetrías. Hay disposiciones que mejoran de forma verificable la posición del inquilino frente a la práctica informal que llenó el vacío de la última década:
- El tope de tres meses de depósito pone límite a una práctica extendida de exigir hasta doce meses por adelantado.
- El artículo 10 prohíbe arrendar inmuebles en zonas declaradas de alto riesgo, construidos con materiales inadecuados o perecederos, o producto de demoliciones y construcciones no culminadas. En un país que acaba de sufrir dos sismos de magnitud 7,2 y 7,5, no es una cláusula decorativa.
- El artículo 20 otorga preferencia de compra al inquilino solvente con más de dos años de posesión, con quince días para responder por escrito y obligación del propietario de volver a ofrecerle el inmueble si baja el precio o mejora las condiciones.
- El artículo 11 establece que si no hay plazo escrito, el contrato se entiende por un año, y que si ninguna parte manifiesta voluntad de terminarlo al vencimiento, continúa en los mismos términos.
- El artículo 18 obliga a reintegrar el depósito dentro de los quince días continuos siguientes al término de la relación, previa revisión del inmueble.
El contexto que explica la urgencia
La ley se sancionó el viernes 31 de julio, en una sesión celebrada en una base militar de Caracas porque el Palacio Federal Legislativo quedó dañado por el terremoto.
Ese detalle resume la situación. El doble sismo del 24 de junio dañó 41.624 hogares y dejó 2.654 estructuras gravemente comprometidas o destruidas. La meta oficial de reconstrucción es de 4.000 viviendas antes del 31 de diciembre, sobre una necesidad estimada de 25.000. Al 9 de agosto se habían entregado 287.
Sobre ese cuadro se superpone un déficit estructural que Provea estimó en dos millones de viviendas en su informe anual de 2025.
Liberar el precio del alquiler cuando la oferta acaba de sufrir un choque destructivo tiene un efecto aritmético previsible en el corto plazo: los cánones de los contratos nuevos subirán. El argumento oficial es que precios más altos incorporarán al mercado las viviendas hoy cerradas, y que esa oferta adicional terminará moderándolos.
Es un argumento razonable y es exactamente lo que la ley apuesta. También es una apuesta cuyo resultado depende de cuántas de esas 200.000 viviendas vacías salgan efectivamente al mercado, y de cuánto tarden en hacerlo. Entre el aumento de precios y la respuesta de la oferta hay un intervalo, y ese intervalo lo pagan quienes necesitan alquilar ahora.
Quién firmó
El texto lo promulgó Delcy Rodríguez el 7 de agosto de 2026 en el Palacio de Miraflores.
En la Gaceta, la firma aparece bajo la fórmula «Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela». No «presidenta encargada», que es el cargo que le atribuye el esquema de transición vigente desde enero de 2026, ni el que emplea este medio para designarla.
La distinción no es protocolar. La ley se sancionó por unanimidad en la Asamblea Nacional electa en 2025 —el cuerpo cuya legitimidad de origen sigue en discusión— y se promulgó el 7 de agosto, un día después de que se instalara en Caracas la mesa de negociación que discute precisamente la reinstitucionalización del Tribunal Supremo de Justicia y la recomposición del Consejo Nacional Electoral.
Mientras se negocia cómo se reconstruyen las instituciones, se legisla en régimen de propiedad y vivienda con las instituciones actuales. Lo que se apruebe ahora seguirá vigente cuando la mesa termine.
Esta nota describe el contenido de una norma publicada y no constituye asesoría legal. Antes de firmar un contrato de arrendamiento, consulte con un abogado.
Fuentes principales: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.° 7.065 Extraordinario (7 de agosto de 2026) · Asamblea Nacional, nota de sanción (31 de julio de 2026) · Infobae (1 de agosto de 2026) · Últimas Noticias, declaraciones de Rigel Sergent y Pablo González (agosto de 2026) · El Estímulo (12 de julio de 2026) · Provea, informe anual 2025 · Banco Central de Venezuela, tipo de cambio oficial (3 y 4 de agosto de 2026).
Este análisis se publica bajo los criterios editoriales de INCÍSOS. Cómo trabajamos →
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Nueve días para el vencimiento de permisos del TPS venezolano
Cuenta regresiva del TPS: nueve días para revisar documentos y consultar asesoría.
El viernes 2 de octubre dejan de valer ciertos documentos amparados por una orden judicial. Qué revisar antes, y qué cambia para el empleo desde el sábado 3.
| Qué | Ciertos documentos del TPS venezolano pierden validez el viernes 2 de octubre. |
|---|---|
| Quién | Venezolanos con documentos emitidos hasta el 5 de febrero de 2025 con vencimiento en esa fecha. |
| Cuándo | Faltan nueve días. |
| Dónde | Todo EE.UU. |
| Por qué | Sin nueva orden judicial o base migratoria independiente, se pierde la autorización de empleo. |
| Cómo | La validez deriva de una orden del tribunal federal del Distrito Norte de California del 30 de mayo de 2025. |
Faltan nueve días. El viernes 2 de octubre de 2026 vence la validez de un grupo específico de documentos del Estatus de Protección Temporal para Venezuela.
Quiénes están cubiertos
Según la guía de USCIS, conservan protección quienes recibieron documentos relacionados con el TPS —permiso de trabajo (EAD), formulario I-797 o formulario I-94— en o antes del 5 de febrero de 2025 y cuya fecha de vencimiento es el 2 de octubre de 2026. Esa validez proviene de una orden del tribunal federal del Distrito Norte de California del 30 de mayo de 2025.
No aplica a todos los venezolanos que alguna vez tuvieron TPS. Las designaciones de 2021 y 2023 fueron terminadas.
Qué revisar esta semana
- La fecha de emisión de su EAD, no solo la de vencimiento.
- Su I-797 y su I-94, con las mismas dos fechas.
- Si tiene otra solicitud pendiente con autorización de empleo propia y si la renovación se presentó a tiempo.
Qué cambia el sábado 3 de octubre
Sin nueva orden judicial, extensión oficial o base migratoria independiente, esos documentos dejan de acreditar autorización de trabajo. El empleador queda obligado a reverificar el formulario I-9, y una tarjeta vencida no sostiene el empleo por sí sola.
Dónde está el litigio
El caso sigue abierto: la Corte Suprema permitió en octubre de 2025 la terminación, y quedan decisiones pendientes en instancias de apelación. Cualquier cambio se publicará en la página de TPS de uscis.gov, no en redes sociales.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Cada caso migratorio es distinto: consulte a un abogado de inmigración o a un representante acreditado por el Departamento de Justicia.
Fuentes principales
- USCIS, página de TPS para Venezuela.
- Orden del Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de California, 30 de mayo de 2025 (citada por USCIS).
- Coberturas de Telemundo 51 y NTN24 sobre el estado del litigio.
Economía
Trump presumió una economía que los hispanos califican distinto
El contraste entre el discurso económico de Trump y lo que responden los votantes hispanos.
El presidente abrió su discurso con cifras de logros. En las encuestas de distritos competidos, dos de cada tres votantes latinos desaprueban su manejo de los precios.
| Qué | Trump destacó sus logros económicos ante la ONU mientras el electorado hispano desaprueba su manejo de precios. |
|---|---|
| Quién | El presidente de EE.UU. y los votantes latinos de distritos competidos. |
| Cuándo | Discurso del 22 de septiembre de 2026; encuesta de agosto de 2026. |
| Dónde | Nueva York y 17 distritos competidos de la Cámara. |
| Por qué | El costo de vida es el primer factor del voto hispano a 41 días de la elección. |
| Cómo | Contraste entre el mensaje oficial y las respuestas de los encuestados. |
Donald Trump abrió su intervención ante la Asamblea General enumerando logros económicos y cifras de criminalidad. Medios estadounidenses señalaron el contraste entre ese balance y el contexto que vive el país: inflación al alza, precios altos de combustible, tasas hipotecarias elevadas y un encarecimiento general de la vida.
Lo que dicen los votantes hispanos
En la encuesta de Hart Research para TelevisaUnivision entre 1.500 votantes latinos registrados de 17 distritos competidos, realizada del 6 al 17 de agosto de 2026, el 65% desaprueba el manejo presidencial de los precios y el costo de vida. El costo de vida encabeza sus preocupaciones, por encima de la inmigración.
En esos mismos distritos, la ventaja demócrata en la boleta genérica llegó a 23 puntos, el doble que el margen registrado en el voto de 2024 dentro de la misma muestra.
Por qué esa brecha importa a 41 días
La elección del 3 de noviembre se define en un puñado de distritos donde el voto hispano puede decidir el resultado. Un discurso que celebra la economía sin registrar el costo de vida tiene poco efecto en un electorado que responde desde la factura del supermercado.
Lo que hay que seguir
Los datos duros de las próximas semanas: inflación mensual, precios de energía y costos de vivienda. Ahí, y no en el atril de la ONU, se resolverá cuánto de este discurso se sostiene.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera, fiscal ni legal. Para decisiones sobre su caso, consulte a un profesional certificado.
Fuentes principales
- Telemundo, resumen del discurso de Trump, 22 de septiembre de 2026.
- Hart Research para TelevisaUnivision, 6 al 17 de agosto de 2026 (vía Axios).
Economía
La amenaza a Irán llega al precio de la gasolina
El pasaje sobre Irán del discurso de Trump y su efecto en el costo de la energía.
Trump planteó desde la ONU un acuerdo con Teherán después de las elecciones o, en su defecto, destruir a la República Islámica. La guerra, en su séptimo mes, ya movió los mercados energéticos.
| Qué | Trump planteó un acuerdo con Irán después de las elecciones de noviembre o, si no, destruir a la República Islámica. |
|---|---|
| Quién | El presidente de EE.UU. y el gobierno iraní. |
| Cuándo | Martes 22 de septiembre de 2026, con la guerra en su séptimo mes. |
| Dónde | Sede de la ONU, Nueva York; efectos en los mercados energéticos globales. |
| Por qué | El precio de la energía es la principal presión sobre el presupuesto familiar hispano. |
| Cómo | Presión militar y económica mientras se intentan reabrir canales de negociación. |
El pasaje más tenso del discurso de Donald Trump ante la Asamblea General fue sobre Irán. Dijo que es posible alcanzar un acuerdo después de las elecciones de medio término y que la otra opción es aniquilar a la República Islámica. Acusó a Teherán de estirar las negociaciones hasta después de los comicios del 3 de noviembre.
El dato económico
La guerra, iniciada hace casi siete meses, sacudió los mercados energéticos y amplió las tensiones en Medio Oriente, con efectos sobre las rutas de exportación de petróleo del Golfo.
Eso no es geopolítica abstracta. El precio del crudo se traslada al surtidor con pocas semanas de retraso, y el costo del combustible entra en el precio de los alimentos, del transporte y de los servicios.
Cómo se cruza con Venezuela
En el mismo discurso, Trump presentó el acuerdo petrolero venezolano como una medida que abaratará la energía en el mundo. Las dos piezas encajan: si el suministro del Golfo está en riesgo, el crudo venezolano gana valor estratégico.
Para la audiencia hispana en EE.UU. esto significa que la transición venezolana y el precio que paga cada semana en la bomba están conectados por la misma política.
Qué vigilar
- El precio promedio nacional de la gasolina en las próximas semanas.
- Cualquier señal de reapertura de negociaciones con Teherán antes del 3 de noviembre.
- El ritmo real de producción venezolana bajo el nuevo esquema.
Un aumento sostenido del combustible pesa más en el voto hispano que casi cualquier otro tema: el costo de vida es la primera preocupación en los distritos competidos, según la encuesta de Hart Research para TelevisaUnivision de agosto.
Esta nota tiene fines informativos y no constituye asesoría financiera, fiscal ni legal. Para decisiones sobre su caso, consulte a un profesional certificado.
Fuentes principales
- Discurso de Donald Trump ante la Asamblea General, 22 de septiembre de 2026 (vía La Nación y Telemundo).
- Hart Research para TelevisaUnivision, encuesta de agosto de 2026.
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