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Política

Tres filtros separan a un candidato de la toga

El Consejo Moral Republicano debe hacer una segunda preselección. Está integrado por titulares designados bajo el orden que se pretende sustituir.

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§ 07

ESPECIAL INCÍSOS · QUIÉN JUZGA

Tres filtros separan a un candidato de la toga

La justicia no empieza en una sentencia: empieza en las reglas que nombran y gobiernan a los jueces.

PIEZA 07 · QUIÉN JUZGA · LECTURA DOCUMENTAL

ESPECIAL INCÍSOS · QUIÉN JUZGA

El artículo 264 encadena tres tamices entre una postulación y una magistratura. El primero se discute todos los días. El tercero se televisa. El del medio casi no aparece en la conversación pública, y es el que menos control tiene.

Las 6W · INCÍSOS

Qué El artículo 264 establece una cadena de tres filtros para designar magistrados: comité, Poder Ciudadano y Asamblea Nacional.
Quién El Comité de Postulaciones Judiciales, el Consejo Moral Republicano y la Asamblea Nacional que haga la selección definitiva.
Cuándo Norma vigente desde 1999. El nuevo proceso fue comprometido en el acuerdo del 12 de agosto de 2026.
Dónde Caracas. Las tres instancias tienen sede en la capital.
Por qué Cada filtro reduce el universo de candidatos, y el segundo opera sin publicidad de sus criterios.
Cómo Postulación, preselección oída la comunidad, segunda preselección del Poder Ciudadano y selección definitiva.

La cadena completa

Infografía del especial INCÍSOS

El artículo 264 de la Constitución establece que los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos por un único período de doce años y que la ley determinará el procedimiento de elección. A continuación fija el recorrido mínimo que ese procedimiento debe respetar.

Los candidatos pueden postularse ante el Comité de Postulaciones Judiciales por iniciativa propia o por organizaciones vinculadas con la actividad jurídica. El comité, oída la opinión de la comunidad, efectúa una preselección y la presenta al Poder Ciudadano. El Poder Ciudadano realiza una segunda preselección y la presenta a la Asamblea Nacional, que hace la selección definitiva. El artículo cierra ordenando que se garantice la participación ciudadana en el procedimiento de selección y designación.

Son tres filtros y cuatro actores, contando a la comunidad cuya opinión el comité debe oír.

El filtro que nadie mira

El Poder Ciudadano es una de las cinco ramas del Poder Público Nacional según el artículo 136. Lo ejerce el Consejo Moral Republicano, integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República.

Ese órgano tiene, en el procedimiento del artículo 264, una atribución de enorme peso y casi ninguna visibilidad: recibe la lista preseleccionada por el comité y entrega a la Asamblea una lista más corta. Descarta. Y lo hace sin que la Constitución le imponga publicar los criterios de ese descarte.

El artículo 279 prevé además un Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano, integrado por representantes de diversos sectores de la sociedad, para la designación de los propios titulares del Poder Ciudadano. Es el mismo diseño del artículo 270, aplicado a otra rama.

Aquí aparece la dificultad práctica de la renovación acordada. El Consejo Moral Republicano que debe filtrar a los candidatos al nuevo Tribunal Supremo está integrado por titulares designados bajo el orden institucional que la mesa de Caracas se propone sustituir. El acuerdo del 12 de agosto no menciona al Poder Ciudadano.

Oír a la comunidad

La expresión constitucional es precisa: el comité efectúa la preselección «oída la opinión de la comunidad». No dice consultada, no dice informada. Dice oída.

En procesos anteriores esa fórmula se ha traducido en lapsos de objeciones ciudadanas contra postulados, publicados por el comité. Su eficacia depende de dos condiciones verificables: que la lista de postulados se publique íntegra y con antelación suficiente, y que las objeciones recibidas tengan respuesta motivada.

El acuerdo del 12 de agosto compromete un consejo de revisión de credenciales y requisitos. Ese consejo no sustituye la consulta a la comunidad: verifica documentos. Son dos funciones distintas y ambas están previstas.

Lo que ocurrió en 2026

El proceso que la Asamblea Nacional electa en 2025 venía conduciendo siguió esta ruta. En abril de 2026 se activó una comisión para la renovación de magistrados. El 12 de mayo se aprobó la reforma que elevó el número de magistraturas de 20 a 32, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria 7.025 del 22 de mayo de 2026. En junio se registraron 561 postulaciones.

El acuerdo del 12 de agosto abre un proceso nuevo. Eso significa que las 561 postulaciones quedan sujetas a un comité distinto, a un baremo actualizado y a un consejo revisor que antes no existía.

La mayoría final

La Constitución no fija en el artículo 264 la mayoría requerida para la selección definitiva. Sí lo hace el artículo 265 para la remoción, donde exige las dos terceras partes. La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ha regulado ese punto estableciendo una mayoría calificada para la designación y previendo mecanismos sucesivos cuando no se alcanza.

De cuál sea la mayoría exigida depende buena parte del resultado político del proceso. Una mayoría simple entrega la decisión a quien controle el hemiciclo. Una mayoría de dos terceras partes obliga a un acuerdo. Es uno de los puntos concretos que la reforma legislativa comprometida tendrá que resolver, y uno de los primeros que conviene leer cuando el proyecto se publique.

Fuentes principales: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 136, 264, 265, 273, 274 y 279. Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Gaceta Oficial Extraordinaria 7.025 del 22 de mayo de 2026. Comunicado conjunto de las delegaciones, 12 de agosto de 2026.


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  1. Pingback: Venezuela va a rehacer su sistema de justicia – INCÍSOS

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Aquí en Columbus

El huracán Isaías apunta a Alabama y el noroeste de Florida

Avisos, evacuaciones y qué hacer: el primer huracán de la temporada llega a la costa norte del Golfo.

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EE.UU. · SERVICIO

Isaías, el primer huracán de la temporada atlántica de 2026, tocaría tierra entre la noche del viernes 9 y la madrugada del sábado 10 de octubre en la costa norte del Golfo, entre Misisipi, Alabama y el noroeste de Florida. Sus restos traerían lluvias fuertes a Ohio el domingo 11.

Las 6W · INCÍSOS

QuéHuracán Isaías, categoría 2, rumbo a la costa norte del Golfo de México.
QuiénResidentes de Misisipi, Alabama y el Panhandle de Florida; el Centro Nacional de Huracanes.
CuándoLlegada prevista entre la noche del viernes 9 y la madrugada del sábado 10 de octubre de 2026; lluvias en Ohio el domingo 11.
DóndeEntre Ocean Springs (Misisipi) y el límite de los condados Bay y Gulf (Florida), con Mobile y Pensacola en la zona de aviso.
Por quéEs el primer huracán de la temporada, formado el 7 de octubre, el más tardío en 121 años.
CómoCon vientos de 100 millas por hora el jueves 8 de octubre y la previsión de llegar a 110.

El huracán Isaías, el primer huracán de la temporada atlántica de 2026, se acerca a la costa norte del Golfo de México. Según el aviso del jueves 8 de octubre a las 5:00 p. m., hora del Este, era de categoría 2, con vientos de 100 millas por hora (160 km/h), y podría llegar a 110 (177 km/h) el viernes por la mañana antes de debilitarse un poco.

Tocaría tierra entre la noche del viernes 9 y la madrugada del sábado 10 de octubre, en algún punto entre la costa de Misisipi y Alabama y el noroeste de Florida. Lo más probable, según los pronósticos, es entre Gulf Shores, Mobile y Pensacola. Los vientos de tormenta tropical llegarían desde la tarde del viernes. «Isaías debería seguir siendo un huracán peligroso al acercarse a la costa norte del Golfo el viernes por la noche», advirtió el Centro Nacional de Huracanes.

Avisos y evacuaciones

Hay aviso de huracán desde Ocean Springs (Misisipi) hasta el límite de los condados Bay y Gulf (Florida), que incluye los condados Mobile y Baldwin, en Alabama, y Escambia, Santa Rosa y Okaloosa, en Florida. Hay aviso de marejada ciclónica desde la desembocadura del río Misisipi hasta el río Suwannee, con olas de 5 a 7 pies en la bahía de Mobile. Se esperan de 4 a 8 pulgadas de lluvia, y hasta 15 en algunos puntos.

Florida declaró estado de emergencia en 25 condados y Alabama, en 40. Hay evacuación obligatoria en el oeste de Dauphin Island y en las zonas A y B del condado Okaloosa. El área de Tampa podría tener inundaciones menores, pero el impacto principal no está allí.

Qué hacer si vive en la zona

  1. Revise su zona de evacuación en la página de manejo de emergencias de su condado y salga si se lo ordenan.
  2. Prepare un kit con agua para tres días, medicinas, documentos en bolsas impermeables, linterna y cargadores.
  3. Llene el tanque y saque efectivo: tras el paso del huracán puede faltar electricidad.
  4. No camine ni maneje por calles inundadas.
  5. Siga los avisos del Centro Nacional de Huracanes en nhc.noaa.gov, que publica avisos en español.

Y en Ohio

Los restos de Isaías traerían lluvias fuertes y tormentas al centro de Ohio el domingo 11 de octubre, con ráfagas de 30 a 40 millas por hora y de 1 a 3 pulgadas de lluvia en partes del estado, sobre todo en el sureste, según Spectrum News. El viernes y el sábado serían soleados en Columbus.

Análisis: un huracán tardío en un año de recortes

Isaías llega el 7 de octubre, la fecha más tardía en 121 años para el primer huracán de una temporada. Llega también a una costa con miles de familias inmigrantes, muchas venezolanas, que en 2026 dudan si acudir a un refugio público por miedo a ICE. ¿Qué falta, exactamente, para que nadie se quede en una zona de evacuación por miedo? Que las autoridades locales digan con claridad que los refugios no piden papeles.

Criterio: tres pruebas

  1. La llegada: dónde y con qué fuerza toca tierra Isaías.
  2. Los refugios: si los condados aclaran que no se pide estatus migratorio.
  3. La ayuda: si se aprueba una declaración federal de desastre.

Fuentes principales: Centro Nacional de Huracanes vía Fox10, CBS News, Fox Weather y Tampa Bay Times, 8 de octubre de 2026; Spectrum News, 8 de octubre de 2026.

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Emprendimientos

Doral, la ciudad más venezolana de EE.UU., pide romper con ICE

«Tan desolada, tan vacía y con tanto miedo»: la ciudad más venezolana de EE.UU. pide que su policía deje de colaborar con ICE.

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EE.UU. · VENEZOLANOS

Vecinos y organizaciones entregaron el 7 de octubre de 2026 al Concejo de Doral firmas de 170 familias para que la ciudad cancele su acuerdo 287(g), que permite a su policía colaborar con ICE. La alcaldesa dice que una ley de Florida la obliga. La misma semana, 387 venezolanos llegaron deportados a Venezuela.

Las 6W · INCÍSOS

QuéPetición para cancelar el acuerdo 287(g) entre la ciudad de Doral e ICE.
QuiénEleazar Guevara, del Venezuelan American Caucus; ACLU, Southern Poverty Law Center y Florida Immigrant Coalition; la alcaldesa Christi Fraga.
CuándoMiércoles 7 de octubre de 2026.
DóndeDoral, Florida, donde cerca del 40 % de la población es venezolana.
Por quéLos vecinos dicen que el acuerdo convirtió a Doral en un epicentro de detenciones migratorias.
CómoCon firmas entregadas al Concejo para forzar una votación.

Vecinos de Doral, la ciudad con más venezolanos de Estados Unidos, entregaron el miércoles 7 de octubre de 2026 al Concejo Municipal las firmas de 170 familias para pedir que la ciudad cancele su acuerdo 287(g) con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). Ese acuerdo permite a la policía local colaborar con los agentes federales de inmigración.

«Ya basta. Lo que está viviendo nuestra comunidad es totalmente vergonzoso», dijo Eleazar Guevara, empresario y miembro del Venezuelan American Caucus, según EFE. Lo acompañaron la ACLU, el Southern Poverty Law Center y la Florida Immigrant Coalition, que agrupa a más de 80 organizaciones. Liz Rebecca Alarcón, vecina de Doral y fundadora de la organización Pulso, dijo que nunca había visto la ciudad «tan desolada, tan vacía y con tanto miedo como ahora».

La alcaldesa: lo exige Florida

La alcaldesa Christi Fraga, republicana, sostiene que una ley estatal impulsada por el gobernador Ron DeSantis obliga a la ciudad a mantener el acuerdo. Los activistas buscan reunir apoyo suficiente para forzar una votación del Concejo. No hay fecha.

El costo, según los activistas

El activista Juan Cuba citó cifras del Economic Policy Institute según las cuales las deportaciones han costado 62 millones de dólares a los contribuyentes locales. Algunos comerciantes reportan caídas de ventas de entre 70 % y 80 %. Según los activistas, la oficina de ICE de Miami lidera los arrestos del país. La semana anterior, en un acto en Doral, el zar fronterizo Tom Homan habló de casi 200.000 arrestos migratorios en cuatro meses y advirtió que las deportaciones se intensificarán en 2027.

Los vuelos

El mismo miércoles 7 de octubre llegaron a Barcelona, en Anzoátegui, 387 venezolanos en dos vuelos de deportación desde Estados Unidos, los números 176 y 177 del programa Vuelta a la Patria. Aterrizaron allí porque el aeropuerto de Maiquetía sigue afectado por los terremotos del 24 de junio. Para muchos venezolanos de Doral, la protección que quedaba se fue con el fin del TPS, que la Corte Suprema dejó sin su último amparo judicial el 5 de octubre.

Análisis: la ciudad que votó por la mano dura

Doral es un bastión republicano y su comunidad venezolana apoyó con fuerza la política de presión contra Maduro. Ahora pide que su propia policía deje de colaborar con ICE. La petición muestra hasta dónde llegó el miedo: no es una protesta de activistas de fuera, sino de vecinos y empresarios. ¿Qué falta, exactamente, para que el Concejo vote? Que la presión de las firmas pese más que la ley de DeSantis, y que algún concejal la lleve a la agenda.

Criterio: tres pruebas

  1. El Concejo: si algún concejal pide votar la cancelación del acuerdo.
  2. La ley estatal: si algún tribunal o el Legislativo de Florida cambia la obligación de los 287(g).
  3. Las detenciones: si los datos de ICE confirman que Miami lidera los arrestos del país.

Fuentes principales: EFE vía Infobae y Noticias SIN, 7 de octubre de 2026; EFE vía Swissinfo y El Heraldo, 7 y 8 de octubre de 2026.

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Política

Una abogada pide que el nuevo TSJ sea transitorio

«Nuestro país no puede quedar atado durante 12 años a un TSJ nombrado bajo un régimen excepcional»: la propuesta de un tribunal transitorio.

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POLÍTICA · NUEVO TSJ

La abogada Thelma Fernández pidió por carta a Dinorah Figuera, jefa de la delegación opositora en la mesa de negociación, que el nuevo Tribunal Supremo tenga carácter transitorio y una fecha de salida. Su argumento: un TSJ designado en plena transición, por la misma Asamblea que construyó el sistema anterior, no debería durar los doce años que fija la Constitución.

Las 6W · INCÍSOS

QuéPropuesta para que el nuevo TSJ tenga carácter transitorio y una duración limitada.
QuiénThelma Fernández, abogada venezolana; Dinorah Figuera, presidenta de la Asamblea Nacional de 2015 y jefa de la delegación opositora en la mesa de negociación.
CuándoCarta fechada el 7 de octubre de 2026 y difundida en X.
DóndeCaracas.
Por quéEl artículo 264 de la Constitución fija un período de 12 años, que se extendería mucho más allá de la transición.
CómoCon siete compromisos que pide incorporar a la hoja de ruta de la transición.

La abogada venezolana Thelma Fernández pidió a Dinorah Figuera, jefa de la delegación opositora en la mesa de negociación y presidenta de la Asamblea Nacional elegida en 2015, que el nuevo Tribunal Supremo de Justicia tenga «carácter transitorio y una duración limitada». Lo hizo en una carta fechada en Caracas el 7 de octubre de 2026, que difundió en X, en respuesta a la convocatoria para que los sectores democráticos presenten propuestas a la hoja de ruta.

«Nuestro país no puede quedar atado durante 12 años a un TSJ nombrado bajo un régimen excepcional de transición que aún controla el chavismo», escribió Fernández en su mensaje.

El problema de los doce años

El artículo 264 de la Constitución establece que los magistrados son elegidos por un único período de doce años, y el 265 fija un procedimiento especial para removerlos. Fernández no cuestiona esas garantías. Cuestiona que un tribunal surgido de una etapa excepcional se convierta automáticamente en el tribunal ordinario de los doce años siguientes. «No parece coherente que un Tribunal cuya renovación se justifica por la excepcionalidad de una transición sea constituido desde el primer día como un Tribunal destinado a permanecer durante doce (12) años», escribe.

Gráfico · INCÍSOS

Doce años de TSJ, dos períodos presidenciales

UN PERÍODO DE 12 AÑOS, SI SE DESIGNA EN 2026Magistrados designados durante la transiciónSeis años: un período presidencialSeis años más: otro período2026202820302032203420362038

Ilustrativo. El artículo 264 de la Constitución fija un período único de 12 años; el artículo 230, un período presidencial de 6 años. No hay fecha para las elecciones presidenciales.

Añade que la Asamblea que hace la designación es la misma institución «que durante años intervino en la conformación de un sistema de justicia ampliamente cuestionado por su falta de independencia judicial». Y cita la denuncia de la exmagistrada Bárbara César Siero: aunque debe investigarse, dice, plantea «desde dentro del propio TSJ interrogantes muy serias» sobre la independencia de los magistrados.

Siete compromisos

Fernández pide incorporar a la hoja de ruta: reconocer la renovación del TSJ como parte de la reconstrucción institucional; establecer expresamente su carácter transitorio; fijar desde el inicio una duración y una fecha cierta de culminación; garantizar la independencia y la estabilidad de los magistrados durante todo el período; definir objetivos verificables y un mecanismo acordado para volver al régimen ordinario; un proceso de selección público y basado en el mérito, y la participación de la comunidad jurídica y la sociedad civil.

«Transitorio no significa subordinado», aclara. Los magistrados deben poder trabajar «sin presiones de quien ejerza el gobierno, de la oposición, ni de ningún otro factor de poder».

El contexto

La propuesta llega cuando la renovación ya está en marcha. La convocatoria para el comité que preseleccionará a los magistrados cierra el 9 de octubre a las 4:00 p. m., y el comité se presentaría el 15. La renovación debe completarse antes de fin de año. Figuera no ha respondido públicamente a la carta.

Análisis: el reloj del tribunal

La discusión pública sobre el nuevo TSJ se ha concentrado en quiénes serán los magistrados. La carta de Fernández desplaza la pregunta hacia cuánto durarán. Es una pregunta incómoda para las dos delegaciones: un tribunal de doce años les sobrevive a ambas. Pero la Constitución no prevé magistrados de mandato corto, y cualquier fórmula transitoria necesitaría un acuerdo político con base jurídica sólida. ¿Qué falta, exactamente, para que la propuesta se discuta? Que alguna de las delegaciones la lleve a la mesa antes de que el comité empiece a evaluar candidatos.

Criterio: tres pruebas

  1. La mesa: si la delegación de Figuera incorpora la propuesta a la tercera ronda del diálogo.
  2. La base legal: si algún constitucionalista o el propio comité plantea cómo encajaría un período transitorio en el artículo 264.
  3. El calendario: si el acuerdo sobre el TSJ incluye una fecha de revisión.

Fuentes principales: Carta de Thelma Fernández a Dinorah Figuera, 7 de octubre de 2026, y su publicación en X; Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 264 y 265; Infobae, 30 de septiembre de 2026.

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