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Política

La doble nacionalidad enfrenta a dos países y a un mismo dilema

En Colombia cuestionan al favorito por su ciudadanía estadounidense; en EE.UU. un senador quiere prohibir la doble nacionalidad. El mismo dilema sobre la lealtad, en dos países.

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De la Espriella aspira a la presidencia de Colombia con tres nacionalidades. Un senador de Ohio quiere prohibir la doble ciudadanía en EE.UU. Dos caras del mismo debate sobre la lealtad, las fronteras y a quién pertenece un ciudadano.

6W
Qué La doble nacionalidad genera debate jurídico en Colombia y en EE.UU. a la vez.
Quién El candidato Abelardo de la Espriella y el senador Bernie Moreno, entre otros.
Cuándo En la coyuntura de junio de 2026.
Dónde En Colombia, de cara al balotaje, y en EE.UU., en el Senado.
Por qué Ambos casos giran en torno a la lealtad de un ciudadano con dos países.
Cómo Mediante una controversia electoral en Colombia y un proyecto de ley en EE.UU.

Hay debates que estallan en dos países a la vez, como si el mismo dilema buscara expresarse en distintos idiomas. La doble nacionalidad es uno de ellos. En Colombia, el favorito a la presidencia es cuestionado por tener pasaporte estadounidense. En Estados Unidos, un senador quiere prohibir que los ciudadanos tengan cualquier otra nacionalidad. Son las dos caras de una misma moneda, y juntas dicen mucho sobre la época.

El caso colombiano

Abelardo de la Espriella, que llega como favorito al balotaje del 21 de junio, tiene tres nacionalidades: colombiana por nacimiento, italiana por ascendencia familiar y estadounidense, adquirida por naturalización en febrero de 2023. Días antes de la elección, un grupo de exmagistrados y juristas cuestionó si esa ciudadanía estadounidense le impediría ejercer la presidencia, y un ciudadano interpuso una demanda de nulidad de su inscripción.

El argumento de los críticos no es la doble nacionalidad en sí, sino el juramento de lealtad —el «oath of allegiance»— que De la Espriella prestó al naturalizarse estadounidense. Sostienen que ese compromiso con otro Estado es incompatible con las obligaciones de un jefe de Estado colombiano.

Lo que dice la ley colombiana

La respuesta jurídica, sin embargo, se ha inclinado mayoritariamente a favor del candidato. El artículo 191 de la Constitución colombiana es escueto: para ser presidente se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de 30 años. No exige una nacionalidad única ni la renuncia a otras.

Constitucionalistas como Mauricio Gaona y Ramiro Bejarano coincidieron en que la doble nacionalidad no genera, por sí sola, una inhabilidad para la presidencia, y que el juramento estadounidense no crea un impedimento constitucional en Colombia. La discusión, según los expertos, no anularía automáticamente una eventual victoria, aunque sí podría derivar en demandas de nulidad ante el Consejo de Estado que prolongarían el debate. El foco, en suma, se desplazó: de la elegibilidad del candidato a la eventual judicialización de su mandato.

El espejo estadounidense

Mientras Colombia debate si castiga la doble nacionalidad, en Estados Unidos un senador quiere prohibirla del todo. Y aquí aparece una de las ironías más reveladoras de la coyuntura. El senador republicano por Ohio Bernie Moreno —él mismo nacido en Colombia, aunque renunció a su nacionalidad colombiana— presentó el «Exclusive Citizenship Act», un proyecto que establecería que los ciudadanos estadounidenses deben tener «lealtad única y exclusiva» a Estados Unidos.

La propuesta obligaría a los millones de estadounidenses con doble nacionalidad a elegir: renunciar a su ciudadanía extranjera en el plazo de un año o perder la estadounidense. Quien adquiriera otra nacionalidad en el futuro perdería automáticamente la de Estados Unidos. El argumento de Moreno es idéntico al de los críticos de De la Espriella: la doble ciudadanía crea «conflictos de interés y lealtades divididas».

El mismo dilema, dos respuestas

Vistos juntos, los dos casos iluminan el fondo del asunto. La pregunta es la misma: ¿puede una persona ser leal a dos países a la vez? En Colombia, la respuesta jurídica mayoritaria es que sí, que la doble nacionalidad es compatible con la ciudadanía plena. En la propuesta de Moreno, la respuesta es que no, que la lealtad debe ser exclusiva.

El proyecto de Moreno, conviene decirlo, enfrenta serios obstáculos. Juristas lo consideran de dudosa constitucionalidad: la Decimocuarta Enmienda y un fallo de la Corte Suprema de 1967 establecen que un ciudadano estadounidense no pierde su ciudadanía a menos que renuncie a ella voluntariamente. Y las encuestas muestran que solo un tercio de los estadounidenses apoya eliminar la doble nacionalidad. Pero su sola presentación marca un clima.

Por qué importa para la comunidad hispana

Aquí está lo que vuelve este debate tan relevante para los lectores. Millones de hispanos en Estados Unidos son, precisamente, doble nacionales: ciudadanos estadounidenses que conservan la nacionalidad de su país de origen. Para ellos, el dilema no es teórico. Una eventual prohibición como la que propone Moreno los obligaría a una elección dolorosa entre el país que los acogió y el que los vio nacer.

El debate toca, además, una fibra identitaria profunda. La doble nacionalidad no es para la mayoría una «lealtad dividida», sino una identidad doble: la posibilidad de pertenecer a dos mundos sin renunciar a ninguno. Que en Colombia se cuestione a un candidato por ello y que en Estados Unidos se quiera prohibir refleja una corriente de época que mira con sospecha esa pertenencia múltiple.

Para una comunidad construida sobre la idea de tender puentes entre orígenes y destinos, el asunto no es menor. Cómo se resuelvan estos debates —en las cortes colombianas y en el Senado estadounidense— dirá mucho sobre el lugar que las sociedades reservan a quienes, como tantos hispanos, llevan más de una patria en el pasaporte y en el corazón.

Esta nota tiene carácter informativo y no constituye asesoría legal. Las normas sobre nacionalidad varían por país y caso.

Infografía INCÍSOS

Fuentes principales: Constitución Política de Colombia (artículo 191); conceptos jurídicos de Mauricio Gaona y Ramiro Bejarano; «Exclusive Citizenship Act» del senador Bernie Moreno y su sitio oficial; fallo Afroyim v. Rusk (1967); encuesta de YouGov sobre doble nacionalidad; reportes de Semana, Infobae, El Colombiano y The Hill.

Este análisis se publica bajo los criterios editoriales de INCÍSOS. Cómo trabajamos →

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Política

La Iglesia pide que la recuperación llegue a los venezolanos

Los obispos reconocen avances en la reactivación petrolera, pero advierten que sus ingresos no se traducen en bienestar. Reclaman salarios dignos, elecciones libres y garantías para los derechos ciudadanos.

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Foto de archivo de la sede de la Conferencia Episcopal Venezolana o de una asamblea de obispos.

IGLESIA Y PAÍS

Los obispos reconocen avances en la reactivación petrolera, pero advierten que sus ingresos no se traducen en bienestar. Reclaman salarios dignos, elecciones libres y garantías para los derechos ciudadanos.

Las 6W · INCISOS

QuéLa recuperación y los derechos.
QuiénEl Episcopado venezolano.
CuándoExhortación del 23 de octubre.
DóndeVenezuela.
Por quéBienestar de las familias.
CómoDiagnóstico y propuestas públicas.

La Conferencia Episcopal Venezolana colocó una exigencia ciudadana en el centro de su exhortación del viernes: que la recuperación económica pueda reconocerse en la vida de los venezolanos. El documento, aprobado al cierre de su asamblea plenaria, combina el reconocimiento de avances con el reclamo de bienestar y garantías democráticas.

El petróleo y la vida cotidiana

En el punto 8 de la exhortación original, los obispos relacionan el deterioro del poder adquisitivo con las pensiones, el empleo informal y los problemas eléctricos. Sostienen que el rendimiento de la actividad petrolera todavía no se refleja en el bienestar de la población.

Esa es la diferencia entre una recuperación anunciada y una recuperación que puede comprobar un ciudadano. Para evaluar la segunda hace falta mirar el salario frente a los precios, la continuidad de los servicios y la posibilidad de sostener una familia. La producción, por sí sola, no responde esas preguntas.

Los avances también forman parte del balance

La CEV reconoce liberaciones de presos políticos, mayor espacio para la expresión y oportunidades de trabajo asociadas a la actividad petrolera. Al mismo tiempo, sostiene que la restitución de derechos está incompleta. Son partes de un mismo diagnóstico: reconocer una mejora no obliga a dar por resueltos los problemas que persisten.

Elecciones e instituciones

La cobertura de EFE sobre el pronunciamiento recoge el reclamo de elecciones libres, un CNE imparcial y un TSJ independiente, así como el cese de las inhabilitaciones. También destaca la disposición del Episcopado a acompañar acuerdos y su exigencia de que continúen las liberaciones.

La lectura institucional tiene peso porque vincula las condiciones económicas con los derechos políticos. El bienestar exige recursos y servicios, pero también instituciones ante las cuales reclamar y mecanismos para evaluar a quienes administran esos recursos.

Una medida para evaluar los acuerdos

La exhortación ofrece una forma de seguir la actualidad: examinar quién recibe los beneficios, cómo llegan y qué cambia en su vida. Ese criterio permite evaluar tanto los proyectos petroleros como las promesas de la negociación política. La recuperación tendrá destinatarios concretos cuando sus resultados puedan explicarse con algo más que la firma de un convenio.

Para leer más en INCISOS


Fuentes principales: Conferencia Episcopal Venezolana · Exhortación del 23 de octubre · puntos 8, 9, 11 y 13; EFE · Cobertura del pronunciamiento · 23 de octubre.

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Política

Figuera deja abierta la discusión sobre un TSJ transitorio

En su entrevista con Jordan Flores para El Diario, Dinorah Figuera ve posible terminar el año con un nuevo TSJ y acepta escuchar la propuesta de transitoriedad. Sobre el CNE, distingue los estudios de diciembre de una renovación cuya fecha no confirma.

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Dinorah Figuera, presidenta de la Asamblea Nacional de 2015. Foto de archivo: INCÍSOS.

LA MESA · INSTITUCIONES

En su entrevista con Jordan Flores para El Diario, Dinorah Figuera ve posible terminar el año con un nuevo TSJ y acepta escuchar la propuesta de transitoriedad. Sobre el CNE, distingue los estudios de diciembre de una renovación cuya fecha no confirma.

Las 6W · INCISOS

QuéEl carácter del nuevo TSJ.
QuiénDinorah Figuera.
CuándoEntrevista publicada el 23 de octubre.
DóndeEl Diario, Caracas.
Por quéInstituciones antes de las elecciones.
CómoRespuestas sobre tribunal y CNE.

Dinorah Figuera no adopta una definición de TSJ transitorio en la entrevista de Jordan Flores publicada por El Diario el 23 de octubre. Acepta escuchar la propuesta y plantea que un futuro presidente podría considerar reformas. También ve posible terminar el año con un nuevo tribunal.

Qué responde sobre el CNE

Figuera explica que para diciembre trabajan en estudios sobre el Registro Electoral, la automatización y la renovación del organismo. Ante la pregunta por un nuevo CNE en el primer trimestre de 2027, no confirma ese plazo. Presentar un diagnóstico y designar rectores son resultados distintos.

La discusión ya tenía un antecedente

El 9 de octubre INCISOS publicó la propuesta de Thelma Fernández de un TSJ transitorio. El planteamiento cuestionaba que una designación realizada durante una situación excepcional condicionara por un periodo completo la justicia posterior. La entrevista aporta ahora la respuesta de la jefa de la delegación opositora a esa discusión.

INCISOS también informó de la integración del comité que preseleccionará a los magistrados. Ese comité reúne doce representantes civiles y once diputados. Su constitución permite iniciar una etapa de selección; no equivale a que el tribunal haya sido renovado.

La explicación del encuentro con Delcy

En la entrevista, Figuera defiende el diálogo dentro de la ruta acompañada por Estados Unidos. Incluye entre sus exigencias la liberación de todos los presos políticos y el acceso a los portales informativos que continúan restringidos. Son posiciones de la delegación, cuyo cumplimiento debe comprobarse por separado.

Lo que queda por precisar

La cuestión de fondo es qué instituciones encontrará el país cuando llegue a una elección. Para entenderlo, conviene separar la duración y las reglas de una designación de la posibilidad política de promover reformas en el futuro. Una declaración sobre lo que podría hacer un próximo gobierno no sustituye la definición del procedimiento.

Tampoco corresponde convertir la respuesta de Figuera en un calendario confirmado del CNE. La entrevista permite identificar una secuencia de trabajo, pero deja abiertas decisiones y plazos. Ese límite es relevante para evaluar la negociación sin atribuirle compromisos que la entrevistada no asumió.

Esta nota recoge y contextualiza declaraciones obtenidas por El Diario. La conversación íntegra, incluida la defensa de su reunión con Delcy Rodríguez, puede leerse en el trabajo original de Jordan Flores.

Para leer más en INCISOS


Fuentes principales: El Diario · Jordan Flores · Entrevista completa · 23 de octubre.

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Política

El Aissami rechaza una entrega a Estados Unidos

Los reportes publicados el 22 de octubre recogen su negativa a renunciar a la nacionalidad venezolana y a ser enviado a Estados Unidos. La declaración no acredita que exista una nueva orden de extradición.

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JUSTICIA · SEGUIMIENTO

Los reportes publicados el 22 de octubre recogen su negativa a renunciar a la nacionalidad venezolana y a ser enviado a Estados Unidos. La declaración no acredita que exista una nueva orden de extradición.

Las 6W · INCISOS

QuéSu negativa a una entrega.
QuiénTareck El Aissami.
CuándoInformación publicada el 22 de octubre.
DóndeJuicio venezolano por PDVSA Cripto.
Por quéSeguimiento del expediente.
CómoReportes periodísticos de su declaración.

Tareck El Aissami rechazó renunciar a la nacionalidad venezolana y manifestó que no quiere ser enviado a Estados Unidos, de acuerdo con los reportes publicados el 22 de octubre. Su pronunciamiento añade un elemento al seguimiento del caso PDVSA Cripto, pero no demuestra que exista una nueva decisión de extradición.

Qué se conoce de la declaración

Pedro Pablo Peñaloza, en Infobae, sitúa la manifestación del exministro dentro del juicio por el presunto desfalco en PDVSA. La Verdad atribuye la información al periodista Eligio Rojas. Hay diferencias entre las fechas que esas publicaciones asignan a la sesión y a su difusión; la fecha inequívoca de los dos artículos enlazados es el 22.

El contenido central es su negativa a una renuncia de nacionalidad y a una entrega. La causa penal y las acusaciones deben atribuirse a sus respectivas fuentes: describir una investigación no autoriza a presentar como sentencia lo que sigue siendo una imputación.

Una declaración no es una orden de traslado

Para el lector, la distinción es sustancial. Una cosa es la posición expresada por el acusado ante la posibilidad de ser enviado al exterior y otra la existencia de una solicitud, una resolución o un traslado ejecutado. Las fuentes utilizadas para esta nota permiten informar sobre la primera; no aportan una nueva orden judicial verificable.

El seguimiento debe buscar documentos o declaraciones oficiales identificables antes de anunciar un cambio de jurisdicción. Tampoco corresponde usar como equivalentes todas las fórmulas de entrega de una persona entre Estados. El procedimiento concreto debe comprobarse en cada caso.

Por qué vuelve al seguimiento

La declaración interesa por el lugar que ocupó El Aissami en la industria petrolera y en la estructura del poder. Permite seguir el expediente y la posición del procesado, siempre que conserve su fecha. Esta nota no presenta la información del 22 como un hecho nuevo del viernes 23 ni da por confirmado un traslado.

Para leer más en INCISOS


Fuentes principales: Infobae · Pedro Pablo Peñaloza · 22 de octubre; La Verdad · Reporte atribuido a Eligio Rojas · 22 de octubre.

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