Política
Seiscientos mil venezolanos viven en un limbo que ningún papel resuelve
Más de 600.000 venezolanos perdieron el TPS en Estados Unidos, pero la batalla judicial sigue abierta. Un fallo del 5 de junio reabrió trámites congelados. Esta es la primera entrega de una serie sobre la diáspora en el limbo.
Más de seis millones de venezolanos viven fuera de su país, y dos de sus destinos mayores —Estados Unidos y Chile— acaban de tomar, en la misma semana, decisiones que los sacuden. En EE.UU., un juez reabrió el viernes trámites que el gobierno había congelado. Pero detrás de ese alivio parcial late un problema más hondo: cientos de miles de venezolanos viven en un limbo legal que ningún papel termina de resolver. Esta es la primera de tres entregas sobre esa diáspora atrapada.
Una semana que sacudió dos hemisferios
Hay semanas en que la suerte de una diáspora entera se mueve en dos lugares a la vez. La del venezolano fue una de esas. El viernes 5 de junio, un juez federal en Estados Unidos anuló una política que mantenía congelados los trámites migratorios de personas de 39 países, Venezuela entre ellos. Dos días después, a miles de kilómetros, el presidente de Chile anunciaba una ofensiva para endurecer la expulsión de migrantes irregulares, en su mayoría venezolanos. Dos decisiones opuestas en su signo, una misma comunidad sacudida por ambas.
Esta serie recorre ese laberinto en tres entregas. La primera mira a Estados Unidos, donde el caso del TPS resume como pocos la incertidumbre que define la vida de la diáspora. La segunda viajará a Chile, el espejo del sur. La tercera entrará en lo que casi nadie cuenta: el negocio que florece alrededor de la irregularidad y el costo humano de vivir esperando.
Conviene empezar por la escala. Más de siete millones de venezolanos han abandonado su país en la última década, en uno de los mayores desplazamientos del hemisferio. Estados Unidos y Chile figuran entre los destinos que más recibieron. Hablar de «los venezolanos en el exterior» no es hablar de un grupo pequeño ni lejano: es una de cada cuatro o cinco personas nacidas en Venezuela.
Qué era el TPS, y por qué importaba tanto
El Estatus de Protección Temporal —TPS, por sus siglas en inglés— es una figura que el gobierno estadounidense concede a nacionales de países en crisis. No es una visa ni un camino directo a la residencia: es un escudo temporal que protege de la deportación y permite trabajar legalmente mientras dure la designación. Para cientos de miles de venezolanos, fue durante años la diferencia entre una vida estable y la clandestinidad.

Venezuela recibió el TPS en dos momentos: una primera designación en 2021 y una segunda en 2023, otorgadas por las condiciones de hambre, represión y colapso que el propio gobierno estadounidense reconoció entonces. Según el Foro Nacional de Inmigración, para marzo de 2025 había más de 605.000 venezolanos amparados por esas dos designaciones. Era el grupo de beneficiarios más numeroso de todo el programa.
La cancelación y el limbo
Desde el inicio de su segundo mandato, el gobierno de Trump puso el TPS en el centro de su ofensiva migratoria. Revocó las designaciones de Venezuela, y el 3 de octubre de 2025 la Corte Suprema autorizó esa terminación. El resultado fue inmediato y masivo: cientos de miles de personas que habían entrado y vivido bajo las reglas quedaron, de un día para otro, expuestas a la deportación.
Pero la historia no terminó ahí, y aquí empieza el limbo. El 28 de enero de 2026, un tribunal de apelaciones calificó de ilegal el fin del TPS para venezolanos. El problema es que ese fallo no restableció el estatus de forma automática. Se abrió así una de las situaciones más angustiantes que puede vivir un migrante: la de quien no sabe, de un mes a otro, si está protegido o expuesto. La batalla sigue en los tribunales inferiores y en la Corte Suprema, y los expertos advierten que una resolución definitiva puede tardar meses, quizá más que la vigencia de los últimos permisos de trabajo renovados.
Las cifras de ese limbo asustan. Contando todas las nacionalidades bajo TPS, más de 1,3 millones de personas transitan hoy ese caos legal. Si las cancelaciones se confirman de forma definitiva, la mayoría volvería a su estatus anterior, que para muchos es, sencillamente, el de indocumentado.
El fallo del 5 de junio: un respiro, no una solución
En ese cuadro irrumpió la decisión del viernes. Un juez federal anuló la política que había congelado el procesamiento de solicitudes —permisos de trabajo, green cards, asilo, ciudadanía— de personas de 39 países afectados por las restricciones de viaje, incluida Venezuela. En un fallo extenso y de tono severo, el magistrado reprochó al gobierno haber actuado fuera de la ley y haber arrojado, según escribió, las vidas de incontables inmigrantes a un limbo legal indeterminado. Sostuvo que esas personas seguían las reglas y fueron señaladas, sin embargo, por su lugar de origen.
La decisión abre la puerta a que cientos de miles de solicitudes congeladas vuelvan a moverse. Es un respiro real. Pero conviene leerlo con precisión: descongelar trámites no es lo mismo que restituir el TPS, y el fallo puede ser apelado. Quedan, además, demandas pendientes en otras cortes por la suspensión de visas que afecta a personas de decenas de países. El alivio es genuino y, a la vez, frágil. Es el patrón de toda esta historia: cada avance llega envuelto en una advertencia.
Qué le queda al venezolano que perdió el TPS
Para quien quedó sin la protección, la pregunta es práctica y urgente: ¿qué opciones hay? Los abogados de inmigración señalan algunas vías, aunque ninguna es automática ni sencilla. Está el asilo, para quien pueda demostrar un temor fundado de persecución; con un matiz útil, haber tenido TPS por un tiempo razonable puede considerarse una circunstancia que justifica solicitarlo aun fuera del primer año de llegada. Está el ajuste de estatus, para quien califique por una petición familiar o de empleo. Y está, sobre todo, la necesidad de no tomar decisiones a ciegas: cada caso es distinto, y un error de cálculo puede costar años de prohibición de reingreso.
Lo que casi todos los especialistas repiten es lo mismo: no quedarse quieto ni quedarse mal informado. Revisar el propio expediente, consultar fuentes oficiales, desconfiar de las soluciones milagrosas. Porque en el limbo, la peor decisión suele ser la que se toma por miedo o por rumor. En la segunda entrega de esta serie, el foco se traslada al sur, a un Chile que esta semana endureció su política y que enfrenta, con la diáspora venezolana, una paradoja que ni el discurso más duro logra resolver.
Esta nota es informativa y no constituye asesoría legal. Cada situación migratoria es distinta; ante una decisión, consulte a un abogado de inmigración acreditado y verifique la información en fuentes oficiales como USCIS.
Fuentes principales: CNN en Español y Univision sobre el alcance y la cancelación del TPS para venezolanos; La Nación sobre el estado de las designaciones de 2021 y 2023 en 2026; Associated Press, Courthouse News y The Washington Post sobre el fallo del juez John McConnell del 5 de junio de 2026; datos del Foro Nacional de Inmigración sobre el número de beneficiarios.
Navegación de la serie
Serie «La diáspora en el limbo» · 1 de 3 Estás en la entrega 1. · [Entrega 2: Chile y la paradoja de Kast →](https://incisos.com/2026/06/10/chile-kast-paradoja-expulsion-venezolanos-irregulares/) · [Entrega 3: el negocio del limbo →](https://incisos.com/2026/06/10/negocio-estafas-migrantes-limbo-notarios-gestores/)
Este análisis se publica bajo los criterios editoriales de INCÍSOS. Cómo trabajamos →
Alfredo Yánez
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Una década de investigación periodística quedó confirmada en un tribunal
Publicaron empresa por empresa y contrato por contrato. Les costó el exilio. Ayer un tribunal confirmó lo esencial de aquello.
Lo que un tribunal confirma hoy es lo que un equipo de periodistas publicó durante años, y por lo que tuvo que irse del país.
| Qué | La declaración de culpabilidad confirma en sede judicial hechos documentados durante años por el periodismo de investigación venezolano. |
|---|---|
| Quién | Periodistas del medio venezolano que publicó esas investigaciones; el tribunal federal del Distrito Sur de Florida. |
| Cuándo | Declaración del 15 de septiembre de 2026, sobre investigaciones publicadas desde hace más de una década. |
| Dónde | Estados Unidos y Venezuela. |
| Por qué | Esos periodistas enfrentaron causas judiciales en Venezuela por publicar ese trabajo. |
| Cómo | Mediante la admisión de culpabilidad en el marco de un acuerdo con la fiscalía. |
Hay una consecuencia de la declaración de culpabilidad del 15 de septiembre que no es judicial y que conviene registrar.
Lo que un tribunal estadounidense acaba de dar por admitido es, en lo esencial, lo que un equipo de periodistas venezolanos publicó durante más de una década: empresa por empresa, contrato por contrato, operación por operación.
Ese trabajo les costó el país.
Lo que ocurrió con quienes lo publicaron
Los integrantes de esa redacción enfrentaron acciones judiciales en Venezuela derivadas de sus publicaciones sobre este caso. Varios debieron salir del país y continuaron trabajando desde el exilio.
Es decir: publicaron algo, fueron demandados por publicarlo, se fueron, y años después un tribunal confirmó el fondo de aquello.
La pregunta que queda
Y aquí está lo que corresponde preguntar hoy.
¿Siguen abiertas esas causas en Venezuela?
Si un tribunal extranjero ha admitido la culpabilidad sobre los hechos investigados, ¿qué sostiene un procedimiento judicial contra quienes los informaron?
No es una pregunta retórica. Tiene respuesta administrativa y consta en expedientes.
Por qué esto importa más allá de un caso
Porque es un ejemplo de algo que suele discutirse en abstracto.
Cuando se habla de libertad de prensa se piensa en censura de contenidos o en bloqueo de sitios. Pero la herramienta más eficaz contra el periodismo de investigación no es la censura: es el procedimiento judicial.
Un medio pequeño con una demanda encima gasta en abogados lo que no gasta en reporteo. Y un periodista con una causa abierta no puede volver a su país, lo que lo aleja de sus fuentes.
Eso no requiere prohibir nada. Basta con dejar el expediente abierto.
Lo que esto dice del oficio
Conviene decirlo sin autocomplacencia, porque no es un mérito de esta casa sino de otra.
Una investigación periodística seria no acusa: documenta. Publica el registro mercantil, el contrato, la fecha, el monto y el nombre de la empresa. Y deja que el lector saque su conclusión.
Ese método es lento, caro y poco espectacular. Y es el que resiste.
Cuando un tribunal llega, años después, a la misma conclusión, lo que se confirma no es una intuición: es un método.
Lo que corresponde seguir
El estado de las causas judiciales contra los periodistas que publicaron esas investigaciones.
Si el asunto de las normas que permiten esos procedimientos entra en la agenda de garantías de la mesa de negociación, donde la libertad de expresión figura como punto declarado.
Y qué ocurre con los más de doscientos sitios web bloqueados, entre ellos medios de investigación, que siguen sin acceso desde el país.
Las tres son verificables y las tres dependen de decisiones administrativas que no cuestan dinero.
Esta nota se origina en el programa INCISOS, que se emite los miércoles en el canal de Nitu Pérez Osuna.
Fuentes principales: Declaración de culpabilidad ante la corte federal del Distrito Sur de Florida del 15 de septiembre de 2026. Registro público de acciones judiciales contra periodistas venezolanos derivadas de investigaciones sobre contratación pública. Programa INCISOS, emisión del 16 de septiembre de 2026, en el canal de Nitu Pérez Osuna.
Política
La exclusión universitaria no se corrige con una ley nueva
El gremio describe el mismo mecanismo que analizamos ayer: un ingreso hecho de bonos borra prestaciones, jubilaciones y primas.
El pronunciamiento llega días después del anuncio de ampliación de cupos y sostiene, con otras palabras, lo mismo que planteamos entonces.
| Qué | La federación que agrupa a las asociaciones de profesores universitarios rechazó que una nueva ley resuelva la exclusión estudiantil y planteó que el problema es presupuestario y salarial. |
|---|---|
| Quién | Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela; profesores activos y jubilados; estudiantes. |
| Cuándo | Pronunciamiento difundido el 16 de septiembre de 2026. |
| Dónde | Venezuela. |
| Por qué | Se discute una nueva ley de universidades y se anunció una ampliación de cupos. |
| Cómo | Mediante un comunicado público de su junta directiva. |
La federación que agrupa a las asociaciones de profesores universitarios de Venezuela difundió un pronunciamiento en el que sostiene que la exclusión de jóvenes del sistema de educación superior no se corrige con leyes nuevas, sino con presupuesto universitario, salarios, beneficios estudiantiles y nuevos cargos para ampliar la planta docente.
Es, con otras palabras, lo mismo que planteamos el lunes al cubrir el anuncio de ampliación de cupos en medicina: que el país no tiene un déficit de vocaciones sino de retención, y que ampliar la matrícula sin ampliar la capacidad de formación produce egresados con formación deficiente.
Ahora lo dice el gremio, con cifras propias.
Lo que denuncia sobre los salarios
Según el comunicado, el salario mínimo del sector permanece congelado en 130 bolívares mensuales, que la federación traduce en alrededor de 0,16 dólares al cambio oficial de septiembre de 2026. Y sitúa el salario máximo de un profesor titular en 522 bolívares.
Son cifras del gremio y así conviene recogerlas. Esta casa no las ha verificado de forma independiente.
El mecanismo que describen es el que analizamos ayer
Aquí está lo que convierte este pronunciamiento en algo más que una protesta salarial.
La federación sostiene que, en lugar de salario, el Ejecutivo impone bonificaciones discrecionales que anulan las prestaciones sociales, las jubilaciones, los aguinaldos, las cajas de ahorro y las primas por hijos y por mérito.
Es exactamente la distinción que explicamos ayer al analizar el anuncio de ingreso mínimo integral: un bono no computa para ninguno de esos cálculos y puede modificarse por decisión administrativa.
Lo que allí era un análisis, aquí es una denuncia gremial con nombre. Y describe la consecuencia concreta: un profesor que trabajó treinta años se jubila sobre una base mínima, porque durante años cobró bonos y no salario.
Ese es el efecto que no aparece en ningún anuncio y que solo se descubre al jubilarse.
Las tres consecuencias que enumeran
El comunicado señala tres efectos que llama irreversibles.
El éxodo de talento académico. Sostiene que el Estado financia la formación de profesionales y doctores para luego expulsarlos con salarios de hambre, y que ese conocimiento termina en las economías de Chile, Colombia, Ecuador, Perú y España.
Es la misma imagen del recipiente con fuga que usamos el lunes: el sistema ya formó a esa gente y la perdió después.
El quiebre del relevo generacional. Con esos ingresos, dicen, es imposible atraer a jóvenes profesionales a la investigación. La planta docente envejece y hay cátedras completas en riesgo de cierre.
Y la caída de la producción científica, que atribuyen a la necesidad de recurrir al pluriempleo para sobrevivir, con un descenso en publicaciones indexadas y patentes.
Los datos sobre los estudiantes
El comunicado cita mediciones según las cuales la escolaridad entre jóvenes de 18 a 24 años se redujo a alrededor del 22%, atribuyéndolo a la pobreza multidimensional.
Y sostiene que las becas del sistema estatal son inferiores a cinco dólares mensuales, sin comedor ni transporte, lo que según su planteamiento obliga a los estudiantes a costear transporte privado e internet, o a abandonar las aulas.
Ambas cifras se atribuyen a las fuentes que el propio comunicado menciona y requieren verificación independiente.
La objeción a la nueva ley
La federación rechaza que el ministerio responda a la crisis proponiendo una nueva ley de universidades, que describe como aprobada de forma acelerada.
Su argumento: que se usa la exclusión estudiantil como pretexto, cuando la propia política estatal es la que la produce, y que las fallas de asignación de cupos de este año se caracterizaron por opacidad en los criterios, exclusión de estudiantes con promedios de excelencia y colapso de la plataforma de inscripción.
Alerta además sobre un punto técnico que conviene seguir: que la discusión de una nueva ley podría derivar en la eliminación de la igualdad de condiciones entre el personal activo y el jubilado, protegida por el artículo 86 de la ley vigente.
Ese es el tipo de cambio que se aprueba sin titulares y se nota veinte años después.
Lo que hay que verificar
Las cifras salariales, en Gaceta Oficial y en las tablas oficiales del sector.
El texto de la nueva ley, su estado de aprobación y si modifica el artículo señalado.
Los datos de escolaridad, en los informes originales que el comunicado cita.
Y el monto vigente de las becas estudiantiles.
Esta casa va a pedir los cuatro, y va a solicitar respuesta al ministerio del ramo.
La frase que resume el asunto
El comunicado cierra con una formulación que no necesita análisis: estudiar no puede ser un lujo de pocos.
Conviene ponerla al lado del anuncio de esta semana sobre la ampliación de cupos en medicina. Las dos cosas hablan del mismo sistema y describen realidades distintas.
Cuál de las dos descripciones se corresponde con lo que ocurre en las aulas es una pregunta que se responde con un presupuesto publicado.
Fuentes principales: Comunicado de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela difundido el 16 de septiembre de 2026. Cobertura previa de este medio del 14 de septiembre sobre el inicio del año escolar y la ampliación de cupos en medicina, y del 16 de septiembre sobre el anuncio de ingreso mínimo integral.
Política
Las garantías que se negocian hoy protegerán a quien las otorga
Un sistema de garantías solo se construye cuando quien manda empieza a calcular que no va a mandar siempre.
Estaba prevista para el 15 y se instaló el 17. Su agenda es la más amplia de todo el proceso y tiene una lógica que conviene explicar.
| Qué | Se instaló la segunda ronda de negociaciones, con una agenda que incluye garantías civiles y políticas, libertad de expresión, reforma judicial, revisión de leyes restrictivas y presos políticos. |
|---|---|
| Quién | Jorge Rodríguez por el gobierno encargado y Dinorah Figuera por la delegación de la Asamblea Nacional de 2015. El proceso cuenta con respaldo estadounidense. |
| Cuándo | Jueves 17 de septiembre de 2026, tras aplazarse desde el 15. |
| Dónde | Caracas. |
| Por qué | El primer ciclo, del 6 al 12 de agosto, produjo dos acuerdos institucionales y dejó fuera la agenda de derechos. |
| Cómo | Mediante discusión por bloques temáticos, con la estrategia declarada de avanzar por partes. |
La segunda ronda de negociaciones se instaló en Caracas el jueves 17 de septiembre, dos días después de la fecha inicialmente prevista.
Su agenda declarada es la más amplia de todo el proceso: garantías civiles y políticas, libertad de expresión, continuación de la reforma judicial, revisión de leyes restrictivas —entre ellas la ley contra el odio y la de control de organizaciones no gubernamentales—, inhabilitaciones, partidos intervenidos y la situación de las personas detenidas por motivos políticos, que las organizaciones cifran en más de trescientas.
María Corina Machado y Edmundo González Urrutia no participan.
El dato que explica la lógica del proceso
Hay un elemento en el planteamiento de esta ronda que apenas se ha comentado y que conviene subrayar.
Las garantías que se discuten regirían también para el chavismo cuando deje el poder.
Esa reciprocidad no es un detalle técnico. Es probablemente la razón por la cual este bloque de la agenda se negocia ahora y no antes.
Un sistema de garantías políticas —el derecho a no ser detenido por lo que se piensa, a no ser inhabilitado administrativamente, a que un partido no sea intervenido— solo se construye cuando quien manda empieza a calcular que no va a mandar siempre.
Mientras alguien se cree permanente, las garantías le estorban. Cuando empieza a pensar en el día después, se vuelven interesantes.
Por qué eso no es cinismo, y por qué tampoco es ingenuidad
Conviene sostener las dos cosas a la vez.
No es cinismo señalar el interés propio de quien negocia. Buena parte de los sistemas de derechos del mundo nació de cálculos de ese tipo: de actores poderosos que aceptaron límites porque previeron un futuro en el que esos límites los protegerían a ellos.
Una garantía negociada por interés funciona igual que una negociada por convicción. Lo que importa es que sea exigible.
Y no es ingenuidad recordar que un mismo actor puede negociar garantías y, simultáneamente, no aplicarlas. Este jueves, mientras se instalaba esta ronda, un exalcalde que había regresado del exilio fue detenido en Barquisimeto, dos días después de volver y un día después de formalizar el sobreseimiento de su causa.
Esa simultaneidad es lo que hay que tener presente al evaluar cualquier anuncio que salga de esta mesa.
Lo que el gobierno pide a cambio
Alivio de sanciones.
Y conviene precisar qué significa eso, porque circula una versión imprecisa: las sanciones vigentes son en su mayoría individuales, con nombre y apellido, no un embargo general al país.
Es decir, lo que se pediría no es tanto aliviar a Venezuela como aliviar a personas determinadas.
Esa distinción cambia por completo la lectura de la negociación. Y es verificable: las listas de personas designadas son públicas.
La estrategia declarada
La delegación opositora ha planteado avanzar por partes hacia un nuevo árbitro electoral y unas elecciones.
Esa fórmula tiene una ventaja y un riesgo, y conviene nombrar los dos.
La ventaja: cada pedazo conseguido queda conseguido. Un acuerdo parcial es más fácil de alcanzar que uno completo, y produce hechos verificables.
El riesgo: avanzar por partes permite que la parte más difícil se posponga indefinidamente. Se acuerda lo accesible y lo decisivo queda para una ronda futura que puede no llegar.
De momento, los dos acuerdos del primer ciclo fueron institucionales: la renovación del máximo tribunal y la recuperación de activos en el exterior. La agenda de derechos entra recién ahora.
Lo que hay que mirar en esta ronda
El baremo. La reforma del 1 de septiembre amplió el comité de postulaciones con más sociedad civil, pero mantuvo la mayoría parlamentaria oficialista. Esta casa viene sosteniendo desde el 28 de agosto que el punto decisivo no es la integración sino el orden: primero el comité, después el baremo publicado, y solo entonces las postulaciones.
Los presos. Es el único punto de la agenda cuyo cumplimiento se mide sin interpretación posible: se cuenta.
Y las leyes. Revisar la ley contra el odio y la de control de organizaciones no requiere una elección ni un tribunal nuevo. Requiere una votación parlamentaria.
Por eso ese punto es el mejor indicador de voluntad: es el más barato de cumplir.
La pregunta de la semana
Si de esta ronda sale una fecha electoral, o si sale otro acuerdo institucional.
Porque el calendario que la propia mesa se puso —diciembre para los dos poderes— deja poco margen. Y cada semana sin comité de postulaciones comprime las siguientes.
Fuentes principales: Instalación de la segunda ronda de negociaciones en Caracas el 17 de septiembre de 2026. Acuerdos del primer ciclo, cerrado el 12 de agosto de 2026. Reforma del artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia aprobada el 1 de septiembre de 2026. Registros públicos de personas designadas en programas de sanciones.
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