Política
Los negociadores explicaron ante el gremio cómo se pactó el Supremo
Una auditoría en curso sitúa la provisionalidad judicial en 99%. Y la delegación explicó por qué la reforma no satisface la Constitución.
La delegación que negocia la renovación del Tribunal Supremo se sentó ante el gremio jurídico y respondió. De ahí salieron una cifra que reordena la discusión, una sentencia con número y fecha, y una explicación que nadie había ofrecido en público.
| Qué | Una asamblea de abogados reunió a la delegación negociadora de la Asamblea Nacional de 2015 con juristas del Bloque Constitucional. |
|---|---|
| Quién | Dinorah Figuera y Juan Miguel Matheus, por la delegación; Alejandro González Valenzuela y María Gabriela Hernández, por el Bloque Constitucional. |
| Cuándo | Viernes 28 de agosto de 2026, un día después de la primera discusión de la reforma judicial. |
| Dónde | Encuentro remoto, con participación de abogados de todos los estados y de la diáspora. |
| Por qué | Es la primera vez que los negociadores explican el método ante el gremio que deberá postular a los candidatos. |
| Cómo | Mediante exposiciones de las dos partes y una ronda de preguntas del auditorio. |
La delegación que negocia la renovación del Tribunal Supremo de Justicia se sentó el viernes 28 de agosto de 2026 ante el gremio jurídico venezolano, un día después de que la Asamblea Nacional aprobara en primera discusión la reforma del artículo 65 de la ley del máximo tribunal.
El encuentro fue convocado por el Bloque Constitucional, un espacio creado en diciembre de 2015 por exmagistrados del Tribunal Supremo y juristas de derecho público. Participaron abogados de todos los estados del país y de la diáspora.
De la sesión salieron cinco elementos que no estaban en el debate público.
Uno · El 99%
El secretario ejecutivo del Bloque Constitucional, Alejandro González Valenzuela, expuso los primeros hallazgos de una auditoría al sistema de justicia iniciada en mayo de 2026, con consejos regionales en todos los estados y la colaboración de la Federación de Colegios de Abogados.
En un informe levantado por esa organización en 2018, el 85% de los jueces tenía condición de provisorio. En el levantamiento actual, esa proporción asciende a 99%.
El ejemplo que ofreció fija la magnitud: en la jurisdicción civil de Caracas queda una sola juez con condición de titular.
El artículo 255 de la Constitución establece que el ingreso y el ascenso en la carrera judicial se hacen mediante concursos públicos de oposición. Un juez que ingresa por concurso adquiere estabilidad y solo puede ser removido mediante procedimiento disciplinario. Un juez provisorio puede ser designado y removido por decisión administrativa.
La cifra reordena la discusión sobre los magistrados: treinta y dos encabezan un sistema en el que noventa y nueve de cada cien jueces carecen de esa protección.
Dos · La sentencia que sostiene el comité
La objeción a la presencia de diputados en el Comité de Postulaciones Judiciales recibió por primera vez su blanco preciso.
Según la exposición, la interpretación que la permite está contenida en la sentencia 81 de la Sala Constitucional, del 15 de marzo de 2022, que fijó el alcance del artículo 270 de la Constitución.
El argumento en contra tiene dos partes: un diputado es funcionario público e integra un poder del Estado, y la sociedad política y la sociedad civil son expresiones distintas. La fórmula con que se resumió fue breve. Quienes postulan no deben elegir y quienes eligen no deben postular.
Que se trate de una sentencia y no de un vacío cambia el estatuto de la discusión. Una interpretación constitucional vigente no se corrige con una ley de la Asamblea Nacional: se corrige con una reforma constitucional o con un cambio de criterio de la propia Sala. Y el tribunal que podría revisarla es el que este comité contribuirá a designar.
Tres · El consejo de siete
El diputado Juan Miguel Matheus explicó el mecanismo previsto en el acuerdo del 12 de agosto para evaluar a los aspirantes.
Un consejo independiente de siete venezolanos, distintos de los integrantes del comité y con las credenciales exigidas para ser magistrados, elaboraría el baremo de verificación de credenciales, interpretaría el alcance de los requisitos del artículo 263 y revisaría cada expediente, trabajando en espejo con el Comité de Postulaciones.
Su explicación del porqué fue explícita: en la negociación no fue posible excluir a los diputados del comité, y el consejo aparece como mecanismo compensatorio.
Eso resuelve un problema político y abre uno jurídico. El artículo 73 de la ley encarga la aprobación del baremo al Comité de Postulaciones, por las dos terceras partes de sus integrantes. Un consejo creado por acuerdo político puede proponer, asesorar o redactar un borrador. No puede aprobar el instrumento, porque la ley no se lo permite.
Hay un dato que resolverá esa relación sin necesidad de interpretación: si el baremo que se apruebe pasa por votación del comité con la mayoría de dos tercios que exige la ley.
Cuatro · La conformidad quedó para después
La crítica más repetida a la reforma es que no satisface la objeción constitucional. La respuesta que ofreció la delegación no la niega.
Según explicó Matheus, emprender la reforma estructural completa de la ley habría derivado en un proceso muy largo, incompatible con el calendario de renovación. La alternativa fue reformar puntualmente el artículo 65 para reactivar el procedimiento y aumentar la presencia de la sociedad, y dejar para una reforma posterior el ajuste con el artículo 270, una vez designados los nuevos magistrados o cuando el proceso esté avanzado.
Desde el Bloque Constitucional, María Gabriela Hernández coincidió en el diagnóstico al señalar que el aumento de integrantes de la sociedad no satisface todavía el espíritu del constituyente, y calificó la reforma como una rendija que se abre.
Conviene medir la consecuencia del orden. Los magistrados designados bajo el procedimiento vigente ejercerán doce años en un solo período. Una corrección posterior de la composición del comité no alcanzaría a quienes ya hayan sido designados: aplicaría a la próxima renovación, más de una década después.
Cinco · El facilitador
Hay una diferencia entre lo dicho en la asamblea y lo afirmado un día antes que conviene registrar.
El 27 de agosto, el presidente de la Asamblea Nacional destacó que el proceso se desarrolla sin facilitación de organizaciones, países o personalidades del extranjero.
El 28 de agosto, al explicar las garantías de cumplimiento, Matheus se refirió al apoyo de la facilitación e identificó a Estados Unidos como facilitador del proceso. Lo repitió al responder preguntas del auditorio.
Caben dos lecturas. Que ambas afirmaciones describan cosas distintas, un actor externo cuyo respaldo sostiene el proceso sin figura jurídica formal. O que cada delegación describa el proceso ante su audiencia con el énfasis que le conviene.
La primera lectura no requiere suponer mala fe, y deja intacto el problema práctico: un actor cuyo papel no está formalizado tampoco tiene obligación formal de registrar lo acordado ni de verificar su cumplimiento. La diferencia entre un garante y un respaldo es que al primero se le puede reclamar.
Lo que viene
Dinorah Figuera, jefa de la delegación, anunció que el proceso retomará su segunda mesa a partir del 15 de septiembre de 2026.
La agenda inicial comprende cuatro asuntos: renovación del Tribunal Supremo, renovación del Consejo Nacional Electoral, derechos políticos y civiles, y libertad de expresión. Solo el primero ha producido un resultado legislativo.
Figuera precisó además un punto que circula de otra manera: la excarcelación de presos políticos no formaba parte de la propuesta institucional que dio origen a esta fase, y la delegación la incorporó como compromiso propio.
En la sesión se exigió la libertad plena del abogado Perkins Rocha, integrante del propio Bloque Constitucional, detenido desde 2024.
El 15 de septiembre es una vara. Para entonces habrá pasado más de un mes desde el acuerdo del 12 de agosto, y los otros tres puntos de la agenda seguirán, o no, sin instrumento. Esa comparación no requiere fuentes reservadas: requiere revisar la Gaceta Oficial.
Fuentes principales: Asamblea de abogados convocada por el Bloque Constitucional, 28 de agosto de 2026. Intervenciones de Alejandro González Valenzuela, Dinorah Figuera, Juan Miguel Matheus y María Gabriela Hernández. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 255, 263 y 270. Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, artículos 65 y 73. Sentencia 81 de la Sala Constitucional del 15 de marzo de 2022. Acuerdo de las delegaciones del 12 de agosto de 2026.
Alfredo Yánez
9 libros que te cambian la perspectiva
Finanzas, emprendimiento, migración y más — disponibles en Amazon
VER LIBROS →Política
Roberto Smith pide desmontar el aparato chavista antes de convocar elecciones y Viera-Blanco le responde
Roberto Smith defendió sanear las instituciones venezolanas antes de convocar elecciones. Orlando Viera-Blanco respondió que democracia y libertad no son un lujo.
La urgencia de recuperar la luz, el agua, el empleo y la comida no debería convertirse en una razón para posponer indefinidamente la democracia. Ese fue el punto de fricción entre Orlando Viera-Blanco y Roberto Smith durante una conversación transmitida por EVTV Miami.
Abrir el video original en YouTube
Video de origen: Ver la conversación completa entre Orlando Viera-Blanco y Roberto Smith en EVTV Miami.
Smith sostuvo que Venezuela necesita completar primero una serie de transformaciones institucionales antes de convocar elecciones. En su lectura, votar mientras el chavismo conserve el control de la Fuerza Armada, la policía, la justicia y buena parte de la estructura electoral podría producir una salida aparente, pero no una transición efectiva.
«Yo he dicho que no hace falta eso en Venezuela [elecciones] hasta que se completen una cantidad de procesos», afirmó Smith durante el programa.
La tesis apareció después de que Viera-Blanco le preguntara por la ansiedad electoral que existe dentro y fuera del país. El conductor planteó que la mayoría de los venezolanos quiere un cambio político definitivo, pero también necesita estabilidad en el estómago y en la nevera. Smith respondió que, fuera de las redes sociales, la prioridad que escucha en sus recorridos por el interior es otra: servicios y condiciones básicas de vida.
Según Smith, una persona en Barquisimeto, donde —de acuerdo con su declaración— la electricidad puede faltar durante horas, no tendría como primera prioridad asistir a un acto político. «La prioridad es que haya luz, que haya agua, que haya empleo», dijo. También relató una espera de varias horas en una cola de gasolina en Guanare, donde, según su versión, los ciudadanos terminaron expresando una sola demanda: necesitan combustible.
La elección como punto de desacuerdo
El desacuerdo se hizo explícito cuando Smith comparó la exigencia de elecciones inmediatas con la petición de una niña que reclama una muñeca mientras su casa está en ruinas y su familia pasa hambre. Para él, la prioridad es salvar la casa antes de discutir otros bienes.
Viera-Blanco lo interrumpió para marcar un límite a la analogía.
«La democracia y la libertad plena no es una muñeca ni un Nintendo», respondió.
Smith contestó que no está en contra de la democracia ni de las elecciones. Su argumento, dijo, es que convocarlas en el peor momento de inestabilidad podría ser un error si antes no se corrigen las condiciones que hacen imposible una competencia real.
El político mencionó como obstáculos la deuda externa venezolana, que cifró en 260.000 millones de dólares, y el control chavista de la Fuerza Armada, la policía y los tribunales. También sostuvo que sustituir a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia o a los rectores del Consejo Nacional Electoral no sería suficiente si permanecen intactas las estructuras inferiores de los tribunales, los sistemas informáticos y los funcionarios locales.
La discusión central de la entrevista gira sobre el orden de la transición y sobre qué debe ocurrir antes de una elección.
Irak y Nicaragua como advertencia
Smith defendió su posición con dos referencias históricas. Afirmó que la desarticulación rápida del aparato militar en Irak contribuyó a una década de conflicto y citó a Nicaragua como un caso en el que no se produjo un saneamiento profundo de las fuerzas armadas y policiales vinculadas al sandinismo. En su interpretación, esa falta de transformación permitió el regreso de Daniel Ortega y la consolidación de una nueva dictadura.
La comparación busca advertir que retirar a los principales funcionarios de una institución no equivale a reformarla. Para Smith, una transición venezolana debería ocuparse de la cadena completa de poder, de los cuerpos armados y de las instituciones que administran la justicia y las elecciones.
Viera-Blanco no aceptó que la democracia quedara relegada al final de ese proceso. Su intervención convirtió el intercambio en una discusión sobre prioridades: si la libertad política es una condición básica para reconstruir el país o si debe esperar hasta que se estabilicen la economía y el Estado.
El rebote económico que Smith imagina
En la misma conversación, Smith presentó una visión optimista del potencial económico venezolano. Dijo que, con cambios estructurales, el país podría generar hasta 400.000 millones de dólares anuales y propuso crear un fondo de ahorro y prosperidad inspirado en el modelo noruego. También defendió la dolarización de la economía y una alianza estratégica con Estados Unidos.
La conversación dejó planteada una división que atraviesa a la oposición venezolana. De un lado están quienes consideran que la prioridad es fijar cuanto antes una fecha electoral. Del otro, quienes creen que una elección sin reforma militar, judicial y electoral puede legitimar las estructuras existentes o abrir una nueva etapa de conflicto.
La respuesta de Viera-Blanco resumió el problema: la necesidad de comida, servicios y empleo es inmediata, pero la democracia no puede presentarse como un premio que solo se obtiene después de resolver todos los demás problemas.
en-pantalla/el-canal-de-nitu
Nueve años sin pasaporte y un aviso a Cabello en SIIPOL
No hay sentencia que apelar. Hay un sistema que no deja sacar un documento.
EN PANTALLA · EL DESTIERRO
Vladimir Petit Medina mostró en el canal de Nitu Pérez Osuna los papeles que, según él, prueban que no tiene causas pendientes. Aun así, dice, el sistema policial ordena avisar a Diosdado Cabello si aparece, y ni él ni Nitu pueden pedir un pasaporte. Es la cara administrativa del exilio, y una prueba para cualquier transición.
Las 6W · INCÍSOS
| Qué | Denuncia de que el Estado venezolano les niega pasaporte y cédula a dos periodistas exiliados. |
|---|---|
| Quién | Vladimir Petit Medina y Nitu Pérez Osuna, periodistas venezolanos en el exilio. |
| Cuándo | Programa del lunes 12 de octubre de 2026. Según Petit, los pasaportes les fueron anulados hace unos nueve años. |
| Dónde | El Canal de Nitu, en YouTube. Los registros mencionados son del SIIPOL (sistema policial) y del SAIME. |
| Por qué | Según Petit, en el SIIPOL figura un requerimiento que ordena avisar a Diosdado Cabello, y en el SAIME una instrucción para detenerlo y trasladarlo a la DGCIM. |
| Cómo | Con documentos que mostró en pantalla y que INCÍSOS no pudo verificar de forma independiente. |
Nota de transparencia: Vladimir Petit Medina colabora con INCÍSOS en el especial En voz alta.
Vladimir Petit Medina sostiene que el Estado venezolano ya no tiene nada contra él. Lo dijo en el programa del 12 de octubre de 2026 de El Canal de Nitu, con papeles en la mano: las órdenes de aprehensión que alguna vez pesaron en su contra fueron sobreseídas o desistidas, y su certificado de antecedentes penales no registra causas pendientes.
Y, sin embargo, no puede volver. Según lo que mostró, en el SIIPOL, el sistema de información policial, aparece un requerimiento que ordena avisar a Diosdado Cabello si se le identifica. En una pantalla del SAIME, dice, figura una instrucción para detenerlo y trasladarlo a la DGCIM, la contrainteligencia militar. Ni él ni Nitu Pérez Osuna pueden siquiera pedir una cita para renovar el pasaporte, porque el sistema marca un requerimiento.
Petit contó que hace unos nueve años les anularon los pasaportes al llegar a Caracas, y que un funcionario les dijo después que no volverían a tener pasaporte ni cédula mientras «él» siguiera en el poder.
Un exilio que no necesita juez
Lo que describe Petit no es una condena. Es algo más difícil de discutir: una anotación en una base de datos. No hay sentencia que apelar ni audiencia a la que acudir. Hay un sistema que no deja sacar un documento.
La Constitución venezolana dice, en su artículo 50, que los venezolanos pueden ingresar al país sin necesidad de autorización alguna. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Venezuela ratificó, es más directo en su artículo 12.4: «Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país». Sin pasaporte, ese derecho existe solo en el papel.
No es un caso aislado. Durante años, periodistas, dirigentes y ciudadanos comunes en el exilio han denunciado pasaportes anulados, prórrogas negadas y citas imposibles en el SAIME. Nunca se ha publicado una cifra oficial de cuántas personas están en esa situación.
El nombre que aparece en el sistema
El detalle que vuelve este testimonio más que personal es el nombre. Según Petit, la instrucción no dice «avisar a la policía». Dice avisar a Diosdado Cabello, que sigue siendo ministro de Interior en el gobierno de la presidenta encargada y al que una fuente citada por ABC señala como el CC-1 de la acusación por torturas contra Maduro.
En el mismo programa, Petit planteó la idea de fondo: no puede haber transición mientras quienes controlan a los presos políticos y son señalados por torturas mantengan el poder. Nitu agregó otra arista: con Cabello y su entorno en cargos clave, dijo, es difícil que llegue la inversión que Venezuela necesita.
Criterio: tres pruebas
- El registro: si el SAIME o el Ministerio de Interior confirman o desmienten que existen esas anotaciones, y con qué base legal.
- La mesa: si la negociación de Caracas, que incluye en su agenda la garantía de derechos civiles y políticos, aborda el derecho de los exiliados a tener documentos.
- La cifra: si alguna institución publica cuántos venezolanos tienen hoy un bloqueo administrativo para obtener pasaporte o cédula.
¿Qué falta, exactamente?
Falta que alguien responda. Una anotación en un sistema policial puede borrarse con una orden. Mientras nadie la dé, el destierro de Petit y de Nitu, y el de muchos otros, seguirá siendo una política sin firma.
Fuentes principales: El Canal de Nitu Pérez Osuna, programa del 12 de octubre de 2026 («Hasta el último momento… van a j@der»); Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 50; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 12.4; ABC (David Alandete), 12 de octubre de 2026.
en-pantalla/el-canal-de-nitu
¿Son oficialistas el 44 % de los aspirantes al comité del TSJ?
Una alerta razonable no es un dato probado. Y la opacidad del proceso es la que la vuelve creíble.
EN PANTALLA · EL DATO
Nitu Pérez Osuna presentó en su programa una cifra que circula desde el fin de semana: 44,1 % de los 127 aspirantes estaría vinculado al régimen. Puede ser cierta. Pero nadie la ha publicado con nombres, y los datos públicos apenas alcanzan para identificar a una parte de la lista.
Las 6W · INCÍSOS
| Qué | Una clasificación según la cual 44 % de los 127 aspirantes al Comité de Postulaciones Judiciales tendría vínculos con el chavismo. |
|---|---|
| Quién | La presentó Nitu Pérez Osuna en su programa; el abogado José Gregorio Zaá habló de «al menos 56 postulados»; el ingeniero Giuseppe Gangi denunció falta de transparencia. |
| Cuándo | Programa del lunes 12 de octubre de 2026. La mesa de negociación se reúne el miércoles 14. |
| Dónde | El Canal de Nitu, en YouTube; El Informador y El Pitazo. |
| Por qué | De esa lista saldrán los 12 civiles que, con 11 diputados, preseleccionarán a los magistrados del nuevo TSJ. |
| Cómo | Ninguna de las versiones publicadas incluye la lista de nombres ni el método de clasificación. |
La cifra la presentó Nitu Pérez Osuna en el programa del 12 de octubre de 2026 de El Canal de Nitu: 44,1 % de los 127 inscritos para el comité que escogerá a los magistrados del nuevo TSJ serían jueces, exjueces u operadores penales vinculados al régimen, ejecutivos del TSJ o de la Fiscalía, militantes del PSUV, funcionarios, integrantes del Poder Popular o de la milicia, o asesores jurídicos del Estado. Y planteó la pregunta siguiente: quién es el otro 55,9 %.
El mismo número aparece en la denuncia del abogado José Gregorio Zaá, citada por El Informador: «al menos 56 postulados» con vínculos directos con el PSUV, la milicia, el Poder Judicial o el Ministerio Público, una «parcialidad política» que, según él, «compromete la objetividad» del comité.
Lo que dicen los datos públicos
El problema no es la cifra, sino su soporte. Ninguna de las dos versiones publicó los 56 nombres ni explicó cómo se clasificó a cada uno.
Los intentos de revisar la lista con fuentes abiertas muestran lo difícil que es. El ingeniero Giuseppe Gangi, que creó un sitio para seguir el proceso, dijo a El Pitazo que encontró información o historial de 31 de los 127, cruzando bases de datos electorales y el proceso anulado en agosto. INCÍSOS, en su especial Quién postula, no encontró trayectoria pública verificable para 109 de los 127.
Es decir: con lo que está publicado, una mayoría de los aspirantes no deja rastro. Eso puede significar que son abogados sin vida pública, o que sus vínculos no son visibles en internet. Pero no permite afirmar, con documentos, que 56 de ellos son oficialistas.
Por qué importa igual
La cifra puede estar bien encaminada. Gangi advirtió en el programa sobre la falta de transparencia del proceso y sobre el peso de la Asamblea electa en 2025, con mayoría del PSUV, en la selección. Y la comisión que preside el diputado Giuseppe Alessandrello publicó solo nombres, sin credenciales ni el sector que postuló a cada uno.
Ahí está el punto. Si la denuncia necesita una lista para ser creíble, la comisión necesita publicar las hojas de vida para que nadie tenga que adivinar. La opacidad del proceso es la que hace que una cifra sin nombres circule como un hecho.
Criterio: tres pruebas
- Los nombres: que quienes sostienen el 44 % publiquen la lista y la fuente de cada vínculo.
- Las credenciales: que la comisión preliminar publique la hoja de vida y el sector postulante de los 127.
- Los 12: que la mesa del miércoles explique por qué escoge a cada uno de los doce.
¿Qué falta, exactamente?
Falta un documento, de un lado o del otro. Mientras no exista, el 44 % es una alerta razonable, no un dato probado.
Fuentes principales: El Canal de Nitu Pérez Osuna, programa del 12 de octubre de 2026; El Informador (José Gregorio Zaá), 12 de octubre de 2026; El Pitazo (Giuseppe Gangi), 11 de octubre de 2026; INCÍSOS, especial Quién postula.
-
Entrevistas4 meses agoZair Mundaray: «Enfrenté al poder con ciencia»
-
Política3 meses agoDelcy Rodríguez enfrenta a la prensa internacional: la rueda de prensa que no cerró la brecha
-
Política5 meses agoEl economista, los bonos y Citgo
-
Política3 meses agoEl semáforo de las estructuras: qué significa cada color tras el terremoto
-
Política5 meses agoRoberto Smith Perera: «La reconstrucción no puede esperar a la elección»
-
Especiales4 meses agoMedia vuelta… mar.
-
Inciso2 meses agoMárquez sabe qué pasó el 28 de julio
-
Inciso5 meses agoLa paciencia de Washington
