Política
La renovación del TSJ la legislará quien la negoció
La renovación judicial acordada en la mesa de Caracas no se ejecutará por un mecanismo negociado, sino por una reforma parcial de ley tramitada en la Asamblea Nacional de 2025.
POLÍTICA · VENEZUELA
El acuerdo de la mesa se convierte en ley en el mismo recinto que preside el jefe de una de las dos delegaciones. La otra no tiene votos allí.
Las seis claves
| Qué | La Asamblea Nacional prevé discutir en primera discusión una reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. |
| Quién | Asamblea Nacional electa en 2025; delegación de la Asamblea Nacional de 2015 en la mesa de Caracas; Tribunal Supremo de Justicia. |
| Cuándo | Sesión extraordinaria convocada para el jueves 27 de agosto de 2026 a las 11:00 de la mañana. |
| Dónde | Sede de la Asamblea Nacional, Caracas. |
| Por qué | La renovación del TSJ es uno de los dos puntos acordados en el primer ciclo de la mesa de Caracas. |
| Cómo | Mediante reforma parcial, no ley nueva: se modifican artículos determinados y el resto del texto permanece vigente. |
La propuesta de orden del día número 34 de 2026 convoca a la Asamblea Nacional a sesión extraordinaria el jueves 27 de agosto de 2026, a las once de la mañana. El primer punto es la primera discusión de un proyecto de ley orgánica de reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Con eso queda definido algo que hasta ahora no lo estaba: el instrumento por el cual se ejecutará la renovación judicial acordada en el primer ciclo de la mesa de Caracas.
No es un mecanismo negociado. Es una ley.
Durante semanas la renovación del Tribunal Supremo se ha discutido como si fuera a materializarse a través de la mesa. La mesa produjo el acuerdo político. La ejecución jurídica ocurre en otro lugar.
Y ese lugar es la Asamblea Nacional electa en 2025, cuya presidencia recae en el jefe de la delegación gubernamental en esas mismas conversaciones.
La delegación de la Asamblea Nacional de 2015, que negoció el acuerdo, no tiene representación en el recinto donde el acuerdo se convierte en articulado. Su única garantía de cumplimiento es que la contraparte redacte conforme a lo pactado.
No es una irregularidad: es la arquitectura institucional existente. Pero conviene nombrarla, porque determina quién controla el texto final.
Reforma parcial: lo que se toca y lo que no
La figura elegida importa tanto como el contenido.
Una ley nueva sustituye el texto anterior por completo. Una reforma parcial modifica artículos determinados y deja el resto vigente. Eso significa que la discusión relevante no es solo qué dice el proyecto, sino qué artículos no aparecen en él.
Hay cuatro que deciden si la renovación es de fondo o de composición.
El Comité de Postulaciones Judiciales. Es el filtro de entrada al máximo tribunal: define quién puede ser postulado y cómo se evalúan las credenciales. Si la reforma no lo toca, cambian los magistrados y permanece la puerta por la que entraron los anteriores.
El número de magistrados y la duración del período. Determina cuántos cargos se designan ahora y en qué momento vuelve a abrirse el proceso. Un período largo fija la composición más allá de cualquier transición.
Las causales y el procedimiento de remoción. Si un magistrado puede ser separado sin procedimiento reglado, el tribunal renovado será tan removible como el anterior. La independencia no se obtiene cambiando nombres, sino haciendo previsible la permanencia.
La Comisión Judicial y el régimen de los jueces provisorios. Es el nivel donde se resuelven la mayoría de los casos de un ciudadano común. Un juez removible de forma discrecional decide mirando por encima del hombro. Si la reforma se detiene en la cúspide del sistema, la base queda igual.
El calendario se adelantó
La hoja de ruta presentada el 7 de agosto de 2026 situaba la reinstitucionalización del Tribunal Supremo de Justicia en noviembre.
El trámite legislativo comienza en agosto, y comienza por la primera de dos discusiones. Entre una y otra se abre el período en que un proyecto puede modificarse: es la única ventana en que una observación externa puede incorporarse al texto.
Ese es el momento en que las academias, los gremios de abogados y las organizaciones que siguen el sistema judicial pueden pronunciarse sobre articulado concreto y no sobre intenciones.
Los otros dos puntos
La misma sesión prevé la segunda discusión de la ley aprobatoria del acuerdo marco de la Alianza Internacional de Grandes Felinos, y la autorización para designar a Ramón Antonio Gordils Montes como embajador ante Egipto, concurrente ante Eritrea y Sudán, y representante permanente ante la Liga de los Estados Árabes.
Los dos puntos apuntan en la misma dirección: la reincorporación de Venezuela a instrumentos y foros multilaterales. El 24 de agosto de 2026 la presidenta encargada había informado que el país restablece relaciones diplomáticas, económicas y consulares con distintos países.
La representación permanente ante la Liga de los Estados Árabes tiene, además, un correlato económico. En el bloque gasífero de Plataforma Deltana entraron el 13 de agosto de 2026 operadores de Emiratos Árabes Unidos y de Catar.
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Fuentes principales
Propuesta de orden del día número 34 de 2026 de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, sesión extraordinaria del jueves 27 de agosto de 2026. Hoja de ruta de la mesa de Caracas presentada el 7 de agosto de 2026. Mensaje a la nación de la presidenta encargada, 24 de agosto de 2026.
Alfredo Yánez
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Estados Unidos suspende las citas de visado en sus embajadas y consulados
Una suspensión sin fecha de reanudación no cancela una solicitud: la deja sin fecha, que en materia migratoria es otra forma de negarla.
POLÍTICA · ESTADOS UNIDOS
La medida no cancela solicitudes. Suspende la única etapa del proceso en la que el solicitante debe estar presente.
Las seis claves
| Qué | El Departamento de Estado suspendió las citas para solicitar visados en embajadas y consulados de todo el mundo. |
| Quién | Departamento de Estado de Estados Unidos; solicitantes de visado; empleadores, universidades y familias. |
| Cuándo | Medida informada el 27 de agosto de 2026. |
| Dónde | Embajadas y consulados estadounidenses en todo el mundo. |
| Por qué | El organismo enmarca la suspensión en una iniciativa de formación del personal de las legaciones. |
| Cómo | Mediante suspensión de la agenda de entrevistas consulares, sin fecha de reanudación publicada. |
El Departamento de Estado suspendió las citas para solicitar visados en embajadas y consulados de Estados Unidos en todo el mundo. El organismo enmarca la medida en una iniciativa de formación en las legaciones.
Qué se suspende exactamente
Una solicitud de visado tiene varias etapas: formulario, pago de tasa, entrevista consular y decisión. La entrevista es la única en la que el solicitante debe comparecer físicamente en una fecha asignada.
Suspender las citas no cancela las solicitudes presentadas ni anula los pagos realizados. Detiene el proceso en el punto donde no puede avanzar sin la presencia del solicitante.
El efecto práctico es que un expediente queda en espera indefinida.
Por qué una suspensión sin fecha es distinta de una demora
Una demora tiene horizonte: se sabe que el turno llegará y aproximadamente cuándo. Con eso una persona puede planificar, aplazar un viaje, negociar una fecha de incorporación laboral o de inicio de estudios.
Una suspensión sin fecha de reanudación elimina esa posibilidad. Y en varios trámites migratorios el tiempo tiene consecuencias jurídicas propias: hay documentos que vencen, cartas de admisión con fecha límite, ofertas de empleo con plazo, exámenes médicos con validez determinada.
Cuando el expediente se reactive, parte de esa documentación puede haber caducado, y rehacerla implica costo y tiempo adicionales.
A quién alcanza
La medida es global, de modo que afecta a todas las categorías de visado que requieren entrevista consular: turismo y negocios, estudiantes, trabajadores temporales, visitantes de intercambio y familiares de residentes y ciudadanos.
Para las familias venezolanas es particularmente sensible, porque los servicios consulares estadounidenses en Venezuela llevan años sin operar con normalidad, y buena parte de los trámites se gestiona desde terceros países, lo que añade costos de viaje y estadía a cada cita.
Qué conviene hacer
Conservar todos los comprobantes de solicitud y de pago. Verificar periódicamente el estado del caso por los canales oficiales del consulado correspondiente, que es donde se anunciará la reanudación. Revisar las fechas de vencimiento de los documentos que ya forman parte del expediente. Y no realizar gastos no reembolsables —pasajes, alojamiento— asociados a una cita que todavía no ha sido reprogramada.
Esta nota no constituye asesoría legal migratoria.
Fuentes principales
Reuters, 27 de agosto de 2026.
Política
Otero entrega a Figuera un informe sobre el cierre de 297 emisoras
El documento entra a la mesa de negociación por una vía indirecta: entregado a la jefa de la delegación opositora, no incorporado a la agenda.
POLÍTICA · VENEZUELA
Tres cifras resumen casi treinta años: 297 emisoras cerradas, más de cien periódicos desaparecidos y 62 portales bloqueados.
Las seis claves
| Qué | Miguel Henrique Otero entregó a Dinorah Figuera un informe de la SIP sobre la persecución a medios en Venezuela. |
| Quién | Miguel Henrique Otero, presidente editor de El Nacional; Dinorah Figuera, jefa de la delegación opositora; Sociedad Interamericana de Prensa. |
| Cuándo | Entrega realizada en Madrid, informada el 27 de agosto de 2026. |
| Dónde | Madrid, con efectos sobre la mesa de Caracas. |
| Por qué | El acceso a información es condición previa de cualquier proceso electoral y no figura entre los puntos acordados. |
| Cómo | Mediante consignación de un expediente documental ante la jefa de la delegación negociadora. |
El presidente editor de El Nacional, Miguel Henrique Otero, consignó en Madrid ante la jefa de la delegación negociadora opositora, Dinorah Figuera, un expediente de la Sociedad Interamericana de Prensa que documenta la persecución a medios en Venezuela.
El informe registra el cierre de 297 emisoras, la desaparición de más de cien periódicos y el bloqueo de 62 portales digitales durante casi tres décadas.
Por qué las tres cifras no son equivalentes
Cada una describe un mecanismo distinto y una reversibilidad distinta.
El cierre de una emisora suele producirse por vía administrativa: no renovación de concesión, sanción, revocatoria. Su reversión exige una decisión del órgano regulador y, en la práctica, una nueva asignación de espectro.
La desaparición de un periódico rara vez es un acto de clausura. Es el resultado acumulado de restricciones de insumos, presión publicitaria y demandas judiciales. Ese daño no se revierte con una decisión: exige reconstruir una empresa.
El bloqueo de un portal es el más fácil de revertir técnicamente, porque se ejecuta en la infraestructura de los proveedores de servicio. Basta una instrucción para levantarlo.
Esa asimetría importa: si se quisiera revertir la situación, hay un tercio del problema que se resuelve en horas y dos tercios que tardan años.
La vía por la que entra el asunto
El documento no se consignó ante la mesa de negociación. Se entregó a la jefa de una de las dos delegaciones.
Es una diferencia relevante. La hoja de ruta del proceso contempla derechos civiles y políticos para octubre de 2026, sin que se haya precisado si la situación de los medios forma parte de esa discusión.
Un expediente entregado a un negociador es un insumo. Un punto de agenda es un compromiso. El informe todavía es lo primero.
Lo que ya reclamaron los prelados
El 10 de agosto de 2026, tres altas figuras de la Iglesia venezolana pidieron, entre otras condiciones, el fin de la hegemonía comunicacional.
Ese reclamo y este informe apuntan al mismo vacío: el acceso a información no aparece entre los dos puntos acordados en el primer ciclo, que fueron la recuperación de activos y la renovación del Poder Judicial.
Fuentes principales
El Nacional, 27 de agosto de 2026. Declaración de los cardenales Baltazar Porras y Diego Padrón y monseñor Ramón Ovidio Pérez Morales, 10 de agosto de 2026.
Política
La salida de la CPI no detiene la investigación por crímenes de lesa humanidad
Un Estado puede retirarse del tratado. No puede retirar los hechos ocurridos mientras estuvo dentro.
POLÍTICA · VENEZUELA
El retiro produce efectos hacia adelante. Los hechos ocurridos durante la vigencia del tratado siguen bajo competencia de la Corte.
Las seis claves
| Qué | El retiro de Venezuela del Estatuto de Roma no detiene la investigación abierta por presuntos crímenes de lesa humanidad. |
| Quién | Corte Penal Internacional; Estado venezolano; víctimas y organizaciones peticionarias. |
| Cuándo | Aclaración difundida el 27 de agosto de 2026. |
| Dónde | La Haya y Venezuela. |
| Por qué | El Estatuto de Roma establece que el retiro no afecta la cooperación ni los procedimientos iniciados antes de su efectividad. |
| Cómo | Mediante la regla de irretroactividad del retiro respecto de hechos ocurridos durante la vigencia del tratado. |
La salida de Venezuela de la Corte Penal Internacional no detendrá la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad, según señalaron organizaciones que siguen el proceso. En paralelo, la presidencia de la Corte afirmó que el tribunal no bajará los brazos pese a las sanciones estadounidenses que pesan sobre algunos de sus funcionarios.
Cómo funciona un retiro
El Estatuto de Roma prevé que un Estado parte pueda denunciar el tratado. Esa denuncia surte efecto un año después de la notificación.
Y establece un límite expreso: el retiro no exime al Estado de las obligaciones contraídas mientras era parte, ni afecta la cooperación con investigaciones y procedimientos penales iniciados antes de la fecha en que la denuncia se hizo efectiva.
Dicho de otro modo: un Estado puede dejar de ser parte hacia adelante. No puede retirar del alcance de la Corte los hechos ocurridos mientras lo era.
Qué cambia y qué no
Lo que cambia es la competencia sobre hechos futuros. A partir de la efectividad del retiro, la Corte deja de tener jurisdicción sobre conductas cometidas en el territorio venezolano con posterioridad.
Lo que no cambia es la investigación abierta. Los hechos comprendidos en ella ocurrieron durante la vigencia del tratado y permanecen bajo competencia del tribunal.
Lo que sí se complica es la ejecución. Sin obligación de cooperación hacia el futuro, la Corte pierde una vía institucional para acceder a información, practicar diligencias en territorio y ejecutar órdenes.
El paralelo con el sistema interamericano
Esta semana la Comisión Interamericana elevó a la Corte IDH el caso por la muerte de Fernando Albán, con conclusiones de detención arbitraria, desaparición forzada de corta duración, tortura y ejecución extrajudicial.
Son dos sistemas distintos, con reglas y consecuencias distintas: uno determina responsabilidad del Estado, el otro responsabilidad penal individual. Pero comparten una característica que conviene entender.
Ambos producen decisiones cuya ejecución depende, en última instancia, del sistema judicial del país. Por eso la calidad de la renovación judicial que se discute en Caracas no es un asunto separado de la justicia internacional: es su condición de eficacia.
Fuentes principales
Monitoreamos, 27 de agosto de 2026. Reportes sobre declaraciones de la presidencia de la Corte Penal Internacional. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
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