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Política

Un terremoto de 7,4 golpeó el occidente de Colombia

El movimiento del lunes 10 de agosto de 2026 es el de mayor magnitud registrado en Colombia en la última década. El gobierno decretó desastre nacional.

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Un terremoto de 7,4 golpeó el occidente de Colombia

El sismo del lunes 10 de agosto, con epicentro en Chocó, es el de mayor magnitud registrado en Colombia en la última década. Cinco capitales siguen en alerta roja y el conteo de víctimas permanece abierto.

QUÉ Un terremoto de magnitud 7,4 causó daños severos en el occidente y centro de Colombia.
QUIÉN Habitantes de Chocó, Risaralda, Caldas y Valle del Cauca. El presidente Abelardo de la Espriella decretó desastre nacional.
CUÁNDO Lunes 10 de agosto de 2026, a las 07:34 hora local de Colombia.
DÓNDE Epicentro cerca de San José del Palmar, Chocó. Mayor daño en Pereira, Cali, Manizales, Quibdó y Armenia.
POR QUÉ Es el segundo desastre sísmico mayor en la región andina en menos de dos meses.
CÓMO Sismo profundo, entre 96 y 110 kilómetros, sentido en la mayor parte del territorio nacional.

El lunes 10 de agosto de 2026, a las 07:34:27 hora local de Colombia, un sismo de magnitud 7,4 se originó cerca de San José del Palmar, en el departamento del Chocó.

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El Servicio Geológico Colombiano ubicó el hipocentro a unos 96 kilómetros de profundidad; el Servicio Geológico de Estados Unidos lo calculó a 110. Ambos coincidieron en la magnitud. El organismo colombiano había informado inicialmente 6,7 y 82 kilómetros, parámetros que revisó después.

Es el terremoto de mayor magnitud registrado en Colombia en la última década.

El balance, en movimiento

Las cifras han cambiado varias veces desde el lunes y seguirán cambiando.

Los primeros reportes oficiales hablaron de 47 fallecidos. Horas después, la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales elevó el conteo a 132 muertos y más de 570 heridos, con 87 de las víctimas en ciudades capitales y más de mil edificios colapsados. Al cierre de esta nota, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses trabajaba sobre un listado que superaba las doscientas víctimas y había recibido 160 cuerpos procedentes de Chocó, Caldas, Risaralda y Valle del Cauca.

INCÍSOS no consolida una cifra propia. El conteo está abierto, hay personas atrapadas y la identificación forense avanza por etapas. Cualquier número que se publique hoy como definitivo será incorrecto mañana.

Pereira concentra el mayor número de víctimas. En Cali se reportaron estructuras colapsadas con personas atrapadas, entre ellas un motel donde vecinos y paramédicos improvisaron labores de rescate. En Manizales, una de las torres de la catedral quedó apoyada sobre el centro del templo. En el aeropuerto Matecaña de Pereira se desprendió parte del techo en una zona de tránsito de público.

Pereira, Cali, Quibdó, Manizales y Armenia permanecen en alerta roja.

El contexto político

Abelardo de la Espriella asumió la presidencia de Colombia para el período 2026-2030 el pasado 7 de agosto, precisamente en Cali. El terremoto lo alcanzó al tercer día de gobierno.

Decretó desastre nacional, coordinó desde Bogotá el envío de ayuda y anunció subsidios de arriendo en Quibdó. Se habilitaron seis centros de acopio para donaciones destinadas a las ciudades más afectadas.

Por qué importa para el hispano en Estados Unidos

Por lo familiar. La diáspora colombiana en Estados Unidos es una de las más numerosas de la región. El Eje Cafetero y el Valle del Cauca son origen de buena parte de esa migración.

Por el método. Colombia enfrenta ahora lo que Venezuela enfrenta desde el 24 de junio: una emergencia sísmica administrada en cifras oficiales cambiantes. La experiencia venezolana de estas siete semanas deja una advertencia útil. Los balances crecen durante semanas por identificación progresiva, no por hechos nuevos, y esa curva se presta a la manipulación en las dos direcciones: quien quiere minimizar cita la cifra vieja, quien quiere exagerar proyecta la tendencia.

Por el fraude. Los desastres generan campañas de recaudación falsas dirigidas específicamente a diásporas, por redes sociales y aplicaciones de mensajería. Antes de donar conviene verificar que la organización sea identificable, que publique cómo aplica los fondos y que tenga registro comprobable. Desconfíe de cuentas creadas esta semana y de enlaces de pago personales.

El sismo se sintió también en territorio venezolano: hubo evacuación de pasajeros en el Aeropuerto Internacional General Cipriano Castro y consultas sobre efectos en Mérida.


Las cifras corresponden al cierre del martes 11 de agosto de 2026 y serán actualizadas.

Fuentes principales: Servicio Geológico Colombiano y USGS (10 de agosto de 2026) · CNN en Español, cobertura en vivo (10 y 11 de agosto de 2026) · Infobae Colombia (11 de agosto de 2026) · Asocapitales, citada por La Jornada (10 de agosto de 2026) · N+ (10 de agosto de 2026).

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Política

Las decisiones del Estado venezolano ya no tienen autor identificable

La mesa de Caracas no reúne a dos asambleas. El negociador del gobierno fue rector del CNE. Y nadie sabe qué tribunal cerró el caso Afiuni.

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Imagen editorial para: Las decisiones del Estado venezolano ya no tienen autor identificable

Quién ordenó la libertad de la jueza Afiuni, qué órgano legislativo avaló el decreto de emergencia y con qué mandato negocia cada delegación en Caracas son cuatro preguntas distintas. Ninguna tiene respuesta pública verificable.

QUÉ Actos de Estado recientes se conocen por sus efectos, no por el órgano que los dictó.
QUIÉN El Ejecutivo, la Asamblea Nacional de 2025, el Tribunal Supremo de Justicia y las delegaciones de la mesa.
CUÁNDO Entre el 6 y el 12 de agosto de 2026.
DÓNDE Caracas. Las decisiones tienen alcance nacional.
POR QUÉ Un acuerdo institucional exige saber qué órgano se compromete y con qué facultad.
CÓMO Mediante notificaciones sin firma orgánica, sanciones sin registro y designaciones sin mandato publicado.

El viernes 7 de agosto de 2026, un funcionario entregó al padre de María Lourdes Afiuni una notificación. Decía que su hija quedaba en libertad plena y que el caso se cerraba de manera definitiva.

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Afiuni fue detenida el 10 de diciembre de 2009, después de conceder libertad condicional al banquero Eligio Cedeño. Hugo Chávez pidió públicamente treinta años de cárcel para ella. Estuvo presa hasta 2011, luego en arresto domiciliario, y desde 2013 bajo libertad condicional con prohibición de salir de la ciudad, hablar con la prensa, usar redes sociales, votar o tener pasaporte. Dieciséis años y medio de proceso. El Foro Penal sostiene que su libertad plena era una deuda pendiente desde al menos 2019.

Su familia informó la decisión. La difundió Nelson Afiuni en su cuenta de X. La cubrieron CNN, Infobae, EFE y la prensa internacional.

Y sin embargo, cinco días después, hay algo que no consta en ninguna parte: qué tribunal lo decidió.

No se publicó la sentencia. No se identificó al juez. No se conoce el número de expediente. La familia recibió un papel de manos de «un funcionario».

Esa ausencia no es un descuido administrativo. Es el rasgo que define el momento institucional venezolano, y se repite en cada decisión importante de las últimas dos semanas.

Quién legisla

La Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda se sancionó el 31 de julio de 2026 por unanimidad y se publicó el 7 de agosto. Cambia el régimen de propiedad y alquiler de un país entero.

La sancionó la Asamblea Nacional electa el 25 de mayo de 2025.

Sobre esa elección se sabe lo siguiente. El Consejo Nacional Electoral reportó una participación del 43,18% y adjudicó al oficialismo 253 de los 285 escaños. Análisis independientes situaron la participación real entre el 25% y el 40%. El CNE no publicó resultados desagregados por mesa ni datos en su portal. Y el rector Conrado Pérez Briceño confirmó el 23 de mayo la eliminación del código QR de las actas electorales, alegando que su implementación no era una obligación —el mismo código que en 2024 había permitido a los testigos opositores reconstruir el resultado presidencial acta por acta.

Un día después de la votación, antes de que el propio CNE publicara nada, Jorge Rodríguez anunció en televisión los detalles del resultado.

Sobre el decreto de emergencia económica del 8 de agosto, el artículo 339 de la Constitución exige que se someta a la Asamblea Nacional. No hay registro público de esa aprobación. Lo que sí hubo fue un aval del Tribunal Supremo de Justicia el 12 de agosto, mediante la sentencia N.° 0824.

De modo que un decreto que suspende el control parlamentario sobre la economía fue validado por el poder judicial sin que conste el paso por el poder legislativo que debía autorizarlo.

Decisiones de Estado y el problema de su autor identificable.
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La mesa no reúne a dos asambleas

Aquí está el equívoco más extendido de la cobertura, y conviene deshacerlo con precisión.

Se ha descrito el proceso de Caracas como una negociación entre la Asamblea Nacional electa en 2015 y la Asamblea Nacional de 2025. No es eso.

Jorge Rodríguez es presidente de la Asamblea Nacional de 2025. También presidió la de 2021-2026. Pero en la mesa no actúa como presidente del Legislativo ni como diputado: coordina la delegación del gobierno encabezado por Delcy Rodríguez, su hermana.

Su delegación lo confirma: la integran la ministra de Educación Universitaria Ana María San Juan, el diputado Jorge Arreaza, América Pérez, Génesis Garvett y Pedro Infante. Es una comisión del Ejecutivo con presencia parlamentaria, no una representación del Parlamento.

Del otro lado se sienta la Asamblea Nacional electa en 2015, encabezada por Dinorah Figuera. Está allí porque es la institución que Estados Unidos reconoció durante el período del gobierno interino.

Lo que ocurre en Caracas, entonces, es una negociación entre el gobierno de Delcy Rodríguez y la Asamblea Nacional de 2015. Un poder ejecutivo frente a un cuerpo legislativo cuyo período venció en 2021 y que se sostiene por prórrogas sucesivas.

La Asamblea Nacional de 2025 —la que legisla, la que sancionó la ley de alquileres, la que debía avalar el decreto de emergencia— no está en la mesa como institución. Su presidente está, pero con otro sombrero.

El negociador que fue árbitro

La agenda de la mesa incluye, como segundo eje, la recomposición del Consejo Nacional Electoral.

Jorge Rodríguez fue rector del Consejo Nacional Electoral. Después fue jefe de campaña de Nicolás Maduro. Después, presidente de la Asamblea Nacional. Hoy coordina, por el Ejecutivo, la negociación sobre cómo se rehará el árbitro electoral.

No hay nada ilegal en esa trayectoria. Sí hay algo que ninguna cobertura ha puesto por escrito: quien administró el sistema electoral, y quien anunció resultados que el propio organismo no había publicado, es hoy la contraparte con la que se negocia su reforma.

Es un dato verificable y es, probablemente, el más relevante para pronosticar qué saldrá de esa mesa.

Los diputados que son y no son

En la Asamblea Nacional de 2025 hay diez diputados presentados como opositores. Entre ellos, Henrique Capriles, Tomás Guanipa, Iván Stalin González, Luis Emilio Rondón, Henri Falcón, Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, José Bernabé Gutiérrez, Alfonso Campos y Luis Florido. Varios integran el Grupo Parlamentario Libertad, que encabeza Stalin González.

Sus trayectorias importan, y no son intercambiables. Stalin González fue diputado de la Asamblea de 2015 y segundo vicepresidente del Parlamento en 2019, durante el primer período de Juan Guaidó. Tomás Guanipa fue diputado por Zulia y secretario general de Primero Justicia hasta abril de 2025, cuando ese partido lo expulsó —junto con Capriles y Juan Requesens— por decidir participar en las elecciones de mayo. Hoy milita en Unión y Cambio.

La trayectoria de Guanipa añade una capa. En agosto de 2019, el Tribunal Supremo de Justicia y la Asamblea Constituyente lo despojaron de su inmunidad parlamentaria junto con José Guerra, Rafael Guzmán y Juan Pablo García, en una decisión que la Unión Europea calificó de arbitraria y políticamente motivada. Siete años después ejerce como diputado del cuerpo surgido de ese mismo sistema.

Ambos ejercen en una asamblea cuya legitimidad de origen la propia Plataforma Unitaria Democrática no reconoce. Y ambos opinan sobre una mesa en la que su Asamblea no está sentada.

El 10 de agosto, su grupo parlamentario se reunió con el CNP y con universidades. Semanas antes, Guanipa había declarado a Radio Fe y Alegría que la apertura del 1 de agosto abre la posibilidad de que actores políticos venezolanos discutan condiciones «para lo que por primera vez se llama formalmente una transición», y sostuvo que la negociación directa es la vía para obtener garantías electorales. En enero había reclamado una amnistía general sin exclusiones, con el argumento de que con presos políticos no hay democracia.

Son planteamientos razonables. La pregunta no es sobre su contenido. Es sobre desde dónde se formulan: quien los hace es diputado de una asamblea que no negocia, sobre un proceso en el que su institución no participa, en nombre de una oposición que en buena parte no lo reconoce como su representante.

No es incoherencia personal. Es la consecuencia de que ninguna posición institucional en Venezuela tenga hoy un contenido claro.

La mesa que empezó excluyendo a la prensa

Hay un tercer patrón, y es el que mejor describe hacia dónde deriva la mesa. Empieza el día mismo de su instalación.

El jueves 6 de agosto, el Ministerio de Comunicación y la Asamblea Nacional convocaron a los medios a cubrir el acto en el Centro de Convenciones del Parque Simón Bolívar, dentro de la base militar de La Carlota. La convocatoria llegó la noche anterior y exigía enviar por correo los datos personales de cada integrante del equipo y confirmar asistencia antes de las nueve de la mañana.

Medios que cumplieron el protocolo no aparecieron en la lista. Solo se permitió el acceso de fotógrafos, por breves minutos y dejando sus teléfonos fuera del recinto. Ni siquiera canales afines al oficialismo, como Globovisión, pudieron cubrir el acto.

Al salir de La Carlota, la reportera Deisy Martínez, de Efecto Cocuyo, denunció que seis funcionarios armados y vestidos de negro la interceptaron, revisaron su teléfono, borraron imágenes, la intimidaron y fotografiaron su carné de identificación.

Al día siguiente, en la segunda jornada, la restricción se repitió. Ninguna de las partes explicó las razones.

Esa es la escena inaugural de una negociación cuyo objeto declarado es reinstitucionalizar el país.

Lo que ocurrió después se ve en tres semanas de agenda del Colegio Nacional de Periodistas y de la propia delegación opositora.

Alrededor del 21 de julio. Una comisión de la oposición que participa en el diálogo contactó al CNP y se reunió con su junta directiva durante hora y media para tratar la libertad de expresión y el ejercicio libre del periodismo. El gremio lo informó el 4 de agosto. No identificó públicamente a los integrantes de esa comisión.

El 10 de agosto. El Grupo Parlamentario Libertad —la fracción opositora de la Asamblea Nacional de 2025, que no tiene representación en la mesa— se reunió en la sede del CNP con el gremio, universidades y organizaciones defensoras de estos derechos.

Ese encuentro se conoce por una sola vía: una publicación de la cuenta institucional del propio grupo parlamentario, con fotografías, que lo describió como un trabajo conjunto para la recuperación de la libertad de expresión y el derecho a la información. El CNP no ha publicado nota alguna al respecto y ningún medio lo ha recogido. Es la única de las tres reuniones cuya versión pública proviene de una sola de las partes.

El 10 y el 11 de agosto. Dinorah Figuera recibió a representantes de jubilados y pensionados, que le expusieron su situación crítica. Al día siguiente recibió a expresos políticos y a familiares de detenidos, que le consignaron una comunicación escrita solicitando que la situación de los presos por razones políticas se incluyera en la mesa. La acompañaron los parlamentarios Ramón López y Jorge Millán, ambos integrantes de la delegación. Entre los asistentes estuvieron Verushcka Silva de Guevara —esposa del preso político Otoniel Guevara, quien junto a Rolando y Juan Guevara acumula más de 21 años de prisión— y los expresos políticos y diputados Américo De Grazia, Ángel Aristimuño y Roberto Marrero.

Figuera sostuvo también reuniones con el sindicato de prensa. El Foro Penal entregó la lista completa de presos políticos —382, según su conteo— y se acordó conformar una mesa técnica el 12 de agosto con participación de familiares.

Cuatro sectores en tres semanas, todos planteando lo mismo por vías distintas. En la reunión con el gremio periodístico, quien negocia no dio su nombre. En la del 10 de agosto, quienes dieron su nombre no negocian. En las de jubilados y presos políticos, quienes negocian recibieron peticiones por escrito, como se reciben en una oficina.

Y hay una asimetría en quién cuenta cada cosa. De las reuniones con el gremio y con los familiares informó quien recibió la petición. De la del 10 de agosto informó únicamente quien la llevó.

La demanda de fondo es legítima en todos los casos. La ONG VE Sin Filtro contabiliza al menos 92 sitios de noticias bloqueados en el país, y la Alianza por la Libertad de Expresión —que reúne al CNP con el Sindicato de la Prensa, el Centro de Derechos Humanos de la UCAB, el Instituto Prensa y Sociedad, Espacio Público y otras organizaciones— elaboró un documento con las acciones concretas que habría que ejecutar.

El problema no es la demanda. Es que nadie puede establecer ante quién se presenta.

Los propios cardenales lo señalaron el 10 de agosto, y con más dureza de lo que se recogió. Junto con el respaldo al proceso, advirtieron que se desarrolla bajo una iniciativa promovida y tutelada desde el extranjero, sin la representación política opositora legitimada más importante y sin una instancia técnica reconocida como facilitadora. Y cuestionaron expresamente el desconocimiento u opacidad respecto de detalles institucionales y logísticos del proceso.

A eso se suman las exigencias de Vente Venezuela sobre fecha electoral y presos políticos, y las peticiones sindicales para que el diálogo sea público.

Todas esas demandas van al mismo lugar, porque no queda otro lugar adonde ir. Cuando no se sabe cuál es el Legislativo, el Judicial no publica sus decisiones y el Ejecutivo gobierna por decreto, la mesa se convierte en el único mostrador abierto.

Una negociación sobre el árbitro electoral y la reinstitucionalización del Tribunal Supremo no puede además funcionar como oficina de peticiones. No porque las peticiones sobren, sino porque una mesa que se dedica a tramitar casos no produce instituciones: produce gestiones.

Por qué nadie lo dice

Queda la pregunta de por qué esto, siendo visible, no se enuncia.

Hay razones comprensibles. Señalar que ninguna de las partes tiene título limpio puede leerse como argumento para no negociar, y nadie quiere cargar con eso cuando la alternativa es que no pase nada. Quien está en la mesa necesita que la mesa exista. Quien la respalda desde fuera necesita que produzca resultados. Y Washington necesita un interlocutor que firme, no un debate sobre quién puede firmar.

Existe también un argumento de fondo que no es cínico. Discutir la validez de cada título en medio de una emergencia humanitaria con más de 6.300 muertos y 41.624 hogares dañados puede parecer un lujo académico. La continuidad del Estado es un valor real, y alguien tiene que firmar.

Pero hay un costo que llega después. Un acuerdo institucional vale exactamente lo que valen las instituciones que lo suscriben. Si en diciembre se anuncia un nuevo Consejo Nacional Electoral, la primera pregunta de cualquier actor que no estuvo en la mesa será quién lo designó, con qué facultad y bajo qué norma. Si esas tres respuestas no existen hoy, tampoco existirán entonces.

Un país puede funcionar un tiempo sin que se sepa quién decide. Ningún país sostiene un acuerdo político sobre esa base.


Esta nota describe el estado público de actos institucionales verificables al 12 de agosto de 2026 y no constituye asesoría legal.

Fuentes principales: Gaceta Oficial N.° 7.065 y N.° 7.066 Extraordinario (7 y 8 de agosto de 2026) · TSJ, sentencia N.° 0824 (12 de agosto de 2026) · Comunicado de la familia Afiuni y CNN en Español (8 de agosto de 2026) · Foro Penal · Colegio Nacional de Periodistas, vía EFE (4 de agosto de 2026) · Transparencia Electoral (julio de 2025) · Razón Pública y Política Exterior, análisis de las parlamentarias de 2025 · Radio Fe y Alegría Noticias (julio de 2026) · Grupo Parlamentario Libertad, cuenta institucional (10 de agosto de 2026) · El Diario, resumen del 11 de agosto de 2026 · Diario Las Américas y Efecto Cocuyo (10 de agosto de 2026) · Servicio Europeo de Acción Exterior (13 de agosto de 2019) · Infobae (26 de mayo de 2025) · VE Sin Filtro · La Gran Aldea (6 de agosto de 2026) · Diario Las Américas (6 y 10 de agosto de 2026) · Infobae, denuncia de Deisy Martínez (7 de agosto de 2026) y cobertura del 12 de agosto · El Pitazo (7 de agosto de 2026).

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Política

Delcy Rodríguez gobierna 40 días después de vencido su plazo

Nadie la eligió, la designó quien nunca demostró su victoria y su plazo constitucional expiró. Qué queda cuando se retira cada capa de legitimidad.

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El artículo 234 de la Constitución fija 180 días como plazo máximo para una suplencia presidencial. Ese plazo venció el 3 de julio de 2026. Quien firma hoy las leyes y los decretos venezolanos arrastra dos problemas distintos de legitimidad, y las instituciones con las que negocia arrastran uno cada una.

QUÉ El plazo constitucional máximo de la suplencia presidencial expiró y el ejercicio del cargo continúa.
QUIÉN Delcy Rodríguez, designada vicepresidenta por Nicolás Maduro y juramentada por orden del TSJ.
CUÁNDO Asumió el 5 de enero de 2026. El plazo de 180 días venció el 3 de julio.
DÓNDE Venezuela. Los actos firmados en ese lapso incluyen leyes, decretos y acuerdos internacionales.
POR QUÉ La mesa de Caracas negocia con un gobierno cuyo título expiró un mes antes de instalarse.
CÓMO Mediante una interpretación del TSJ que evitó calificar la falta presidencial como absoluta.

El 3 de enero de 2026, fuerzas estadounidenses capturaron a Nicolás Maduro en Caracas. El 5 de enero, Delcy Rodríguez juró como presidenta encargada.

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Han pasado 221 días.

El artículo 234 de la Constitución venezolana establece que las faltas temporales del presidente serán suplidas por el vicepresidente ejecutivo hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más. El plazo máximo de una suplencia presidencial es, por tanto, de 180 días continuos.

Ese plazo se agotó el 3 de julio de 2026.

Desde entonces han transcurrido cuarenta días. En ese lapso se promulgó una ley de arrendamientos, se declaró un estado de emergencia económica, se firmó un mecanismo consular con Israel, se avanzó en la apertura petrolera y se instaló una mesa de negociación con la oposición.

Todo eso lo firmó alguien cuyo título constitucional había expirado.

Las tres capas

Conviene separar tres cuestiones que la discusión pública suele mezclar, porque cada una falla por razones distintas.

Primera: nadie la eligió. La vicepresidencia ejecutiva venezolana no es un cargo electivo. Es de libre nombramiento y remoción por el presidente de la República. Quien la ocupa no comparece ante el electorado, no encabeza una boleta y no recibe un mandato. Su autoridad es enteramente derivada de quien la designó.

Segunda: quien la designó nunca demostró su victoria. Maduro no exhibió jamás, acta por acta, el resultado que le habría dado el triunfo en julio de 2024. Las actas emitidas por las máquinas del propio Consejo Nacional Electoral, recogidas por testigos y evaluadas por un panel internacional, respaldan la victoria de Edmundo González Urrutia. Si la fuente de la designación carece de título, la designación no puede producir uno más sólido que el suyo.

Tercera: el plazo venció. Aun aceptando las dos capas anteriores, la Constitución impone un límite temporal. Ese límite se cumplió hace cuarenta días.

Cada capa por separado admite discusión. Las tres juntas describen algo distinto de una presidencia interina: describen un ejercicio de hecho.

Cómo se construyó el andamiaje

La operación jurídica que sostiene el arreglo es precisa y conviene entenderla, porque explica por qué no hubo elecciones.

El artículo 233 enumera las causales de falta absoluta del presidente: muerte, renuncia, destitución por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, incapacidad física o mental permanente, abandono del cargo declarado por la Asamblea Nacional, y revocatoria popular. Si la falta absoluta ocurre en los primeros cuatro años del período, el vicepresidente debe convocar elecciones dentro de los treinta días siguientes.

La captura por una potencia extranjera no figura en esa lista.

La Sala Constitucional del TSJ lo reconoció expresamente: lo ocurrido no coincide con ninguno de los supuestos de falta absoluta. Y en lugar de resolver la calificación, la eludió. Ordenó una «interpretación sistemática y teleológica» de los artículos 234 y 239 —faltas temporales y atribuciones del vicepresidente— para garantizar «la continuidad administrativa del Estado y la defensa de la Nación» ante lo que describió como una imposibilidad material y temporal del presidente para ejercer sus funciones.

El propio fallo aclaró que se trataba de una medida cautelar urgente y preventiva, «sin que ello implique decidir de fondo sobre la calificación jurídica definitiva de la falta presidencial (temporal o absoluta)».

Es decir: el tribunal declaró que no estaba decidiendo. Y esa indecisión es exactamente lo que ha permitido que el arreglo dure.

Mientras la falta no se califique como absoluta, no corre el reloj de los treinta días para convocar elecciones. Y mientras el chavismo sostenga que Maduro sigue siendo el presidente —la diputada Iris Varela lo formuló sin rodeos: «le estamos cuidando la silla con Delcy, que es la única que se puede sentar allí»—, la ausencia se mantiene encuadrada como temporal.

El costo de esa arquitectura es que también venció. La organización Acceso a la Justicia sostiene que desde el 3 de julio Venezuela «entra en un terreno de abierta e inédita inconstitucionalidad», y que lo jurídicamente insostenible es pretender que, porque la causa específica de la ausencia no esté textualmente en la Constitución, esta deje de aplicarse. La Carta Magna, argumenta, fue diseñada con límites precisos para evitar que una situación provisional se convierta en continuidad administrativa al margen del Estado de Derecho.

José Ignacio Hernández, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Boston, ha señalado que la permanencia indefinida de un vicepresidente como encargado no está contemplada en el texto constitucional.

Lo que cambió el 3 de agosto

Hay un dato menor en apariencia y revelador en el fondo.

Durante siete meses, el oficialismo empleó la fórmula «presidenta encargada». A comienzos de agosto dejó de hacerlo.

La Gaceta Oficial N.° 7.065 Extraordinario, del 7 de agosto de 2026, que contiene la Ley del Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles Destinados a Vivienda, lleva al pie una firma: «Delcy Eloína Rodríguez Gómez, Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela». Sin calificativo. Los medios estatales han adoptado la misma fórmula.

El adjetivo que sostenía la constitucionalidad del arreglo desapareció justo cuando el plazo que ese adjetivo justificaba había expirado.

Washington, mientras tanto, la llama «interina». La oposición y buena parte de la sociedad civil también.

Por qué conviene que siga

La explicación más económica de la permanencia no es jurídica.

El plan de tres fases formulado por Marco Rubio ante el Congreso el 7 de enero de 2026 —estabilización, recuperación, transición— requiere un interlocutor que firme. Alguien que autorice licencias petroleras, reciba delegaciones del Tesoro, permita el ingreso de técnicos del Departamento de Energía al Guri, promulgue leyes que abran el mercado inmobiliario y designe una delegación para negociar.

Un vacío de poder habría obligado a rehacer el aparato burocrático completo. Un gobierno de facto que coopera cuesta menos y avanza más rápido que una transición formal disputada.

La secuencia lo respalda. El 9 de enero, seis días después de la captura, se anunció el proceso exploratorio con Estados Unidos. Después: apertura petrolera, diagnóstico eléctrico, mesa de negociación, canal con Israel. Cada paso requirió una firma venezolana, y siempre fue la misma.

El argumento del otro lado

Sería deshonesto presentar esto como si la alternativa fuera obvia.

Aplicar el artículo 233 en enero de 2026 habría significado convocar elecciones en treinta días con un Consejo Nacional Electoral subordinado al Ejecutivo, con partidos y candidatos inhabilitados y con el registro electoral desactualizado. El resultado habría tenido una legitimidad tan cuestionable como la del proceso que se pretendía corregir. Esa es, precisamente, la razón por la cual la propia Plataforma Unitaria Democrática ha preferido negociar condiciones antes que exigir el cumplimiento del calendario.

Existe además un principio jurídico ampliamente reconocido según el cual los actos de un funcionario de hecho conservan validez frente a terceros de buena fe, para proteger la continuidad del Estado. Sin él, cada contrato petrolero, cada acta de nacimiento y cada sentencia dictada desde enero quedarían en el aire. El argumento del TSJ sobre la continuidad administrativa no es una excusa inventada: es una doctrina real.

Y hay una consecuencia incómoda que casi nadie enuncia. Si la falta se hubiese declarado absoluta, la vía constitucionalmente coherente no era una elección apresurada: era la juramentación del presidente electo en 2024. Nadie la impulsó. Ni Washington, ni la mesa, ni la mayoría de la dirigencia opositora. Edmundo González Urrutia no aparece en el diseño institucional de la transición que se negocia hoy en Caracas.

La pregunta que esto deja sobre la mesa

El 6 de agosto se instaló en Caracas una negociación para recomponer el Consejo Nacional Electoral y reinstitucionalizar el Tribunal Supremo de Justicia.

De un lado se sienta una Asamblea Nacional electa en 2015 con origen reconocido y permanencia sostenida por prórrogas sucesivas desde 2021. Del otro, un gobierno cuya cabeza fue designada por quien nunca demostró su victoria y cuyo plazo constitucional expiró hace cuarenta días. La ley de alquileres promulgada la semana pasada la sancionó una Asamblea Nacional de 2025 cuyo origen electoral no es verificable.

Las dos asambleas tienen un problema cada una: la de 2015, de permanencia; la de 2025, de origen. Quien firma los decretos tiene los dos.

Nada de esto significa que la negociación sea inútil. Significa que ninguna de las partes puede invocar un título limpio, y que el árbitro electoral que salga de esa mesa deberá sostenerse sobre el consentimiento de quienes lo acepten, no sobre la legitimidad de quienes lo firmen.

Es la razón por la cual la pregunta del semestre no es cuándo hay elecciones. Es quién reconocerá el resultado.


INCÍSOS emplea la denominación «presidenta encargada» como descripción del cargo ejercido, no como reconocimiento de su legitimidad constitucional.

El origen y la permanencia del ejercicio de la presidencia encargada.
El origen y la permanencia del ejercicio de la presidencia encargada.

Fuentes principales: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 233, 234, 235 y 239 · TSJ, Sala Constitucional, decisión de enero de 2026 · Acceso a la Justicia, análisis del 3 de julio de 2026 · Infobae (3 de julio y 3 de agosto de 2026) · France 24 (5 de enero de 2026) · José Ignacio Hernández, Facultad de Derecho de la Universidad de Boston, blog IConnect · Gaceta Oficial N.° 7.065 Extraordinario (7 de agosto de 2026).

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Política

Venezuela e Israel acordaron un mecanismo consular tras 17 años

Caracas y Tel Aviv anunciaron un mecanismo de coordinación consular después de que una delegación humanitaria israelí trabajara en las zonas del terremoto.

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Sede institucional de la Cancillería venezolana

El anuncio del martes 11 de agosto no restablece relaciones diplomáticas plenas: crea un mecanismo de coordinación consular. La distinción importa, y el momento en que ocurre importa todavía más.

QUÉ Ambos gobiernos acordaron un mecanismo de coordinación para prestar servicios consulares.
QUIÉN Las cancillerías de Venezuela e Israel. El canciller venezolano Félix Plasencia difundió el comunicado.
CUÁNDO Martes 11 de agosto de 2026. La ruptura databa del 15 de enero de 2009.
DÓNDE Caracas y Jerusalén. La cooperación técnica se ejecuta en las zonas del terremoto.
POR QUÉ Marca el desmontaje de uno de los alineamientos internacionales más definitorios del chavismo.
CÓMO A partir de la visita de una delegación humanitaria israelí tras el doble terremoto del 24 de junio.

El 15 de enero de 2009, Hugo Chávez ordenó romper «todo tipo de relaciones» con Israel, una semana después de expulsar al embajador israelí en Caracas. La decisión se enmarcó en el respaldo del chavismo a la causa palestina y se mantuvo durante diecisiete años.

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El martes 11 de agosto de 2026, las cancillerías de ambos países anunciaron que acordaron establecer un mecanismo de coordinación para prestar servicios consulares a sus ciudadanos residentes en el otro país.

Qué se acordó exactamente

Conviene precisar el alcance, porque varios titulares lo han descrito como un restablecimiento de relaciones diplomáticas y no es eso lo que dicen los comunicados.

Lo anunciado tiene dos componentes:

Primero, la continuidad de la cooperación técnica bilateral derivada de los esfuerzos de emergencia y recuperación tras el doble terremoto del 24 de junio.

Segundo, el establecimiento de un mecanismo de coordinación que permita prestar servicios consulares a los ciudadanos de cada país residentes en el otro.

No se anunció intercambio de embajadores. No se anunció reapertura de embajadas. No se anunció normalización diplomática plena. Un mecanismo consular resuelve trámites —pasaportes, documentos, asistencia a nacionales— y es un paso habitual previo a la normalización, pero no equivale a ella.

La distinción no es un tecnicismo: define qué se ha comprometido cada parte y qué queda pendiente de decisión.

Cómo se llegó

La vía fue humanitaria.

Tras el doble terremoto del 24 de junio, de magnitudes 7,2 y 7,5, una delegación humanitaria israelí trabajó en el país. Entre sus integrantes estuvo Elad Edri, alto oficial de las Fuerzas de Defensa de Israel, que participó en asesoría sobre manejo de residuos. En julio, la presidenta encargada Delcy Rodríguez agradeció públicamente esa asistencia.

El comunicado de la cancillería venezolana ancla el acercamiento en la comunidad judía local: ambos gobiernos reconocen la importancia del vínculo entre el Estado de Israel y la comunidad judía residente en Venezuela, que describen como un puente de amistad histórico entre ambos países.

El canciller Félix Plasencia había señalado días antes que el objetivo era atender las necesidades de esa comunidad.

El realineamiento que esto revela

Aquí está lo que la noticia significa más allá del trámite consular.

Durante el gobierno de Nicolás Maduro, Venezuela sostuvo una posición firme contra Israel y una alianza estrecha con Irán. Ese eje —Caracas, Teherán, oposición a Tel Aviv— fue uno de los rasgos más constantes y reconocibles de la política exterior chavista durante dos décadas.

Lo que ocurre el 11 de agosto de 2026 es que Venezuela abre un canal con Israel mientras Estados Unidos mantiene una guerra abierta contra Irán, iniciada en febrero, con el estrecho de Ormuz bloqueado y negociaciones estancadas.

El movimiento no es aislado. Se inscribe en una serie que arrancó el 9 de enero de 2026, seis días después de la captura de Maduro, cuando Caracas anunció un proceso exploratorio para restablecer misiones diplomáticas con Estados Unidos. Desde entonces: apertura petrolera a compañías estadounidenses, diagnóstico técnico del sistema eléctrico por el Departamento de Energía, una mesa de negociación política auspiciada por Washington y ahora un canal con Israel.

Cada paso se ha justificado por separado y con argumentos técnicos o humanitarios. Vistos en conjunto, describen el desmontaje ordenado del alineamiento internacional que definió al chavismo.

Lo que queda por verse

Tres cosas.

Si el mecanismo consular avanza hacia normalización plena. Es el paso lógico siguiente, pero no está anunciado ni tiene fecha.

Cómo lo procesa el chavismo. El sector duro ya protestó contra la mesa de negociación con la oposición, a la que calificó de imposición estadounidense. La causa palestina ocupa un lugar identitario en ese discurso, y un acercamiento a Israel es considerablemente más difícil de digerir que un acuerdo técnico sobre electricidad.

Qué se decide sin que nadie lo haya votado. La política exterior de un país en transición se está reorientando por decisiones de un gobierno encargado, mientras la mesa que discute el árbitro electoral cierra su primer ciclo. Los realineamientos internacionales suelen sobrevivir a los gobiernos que los ejecutan.


El balance oficial del doble terremoto del 24 de junio se elevó a más de 6.300 fallecidos al 10 de agosto de 2026.

Fuentes principales: Cancillería de Venezuela y Ministerio de Relaciones Exteriores de Israel, comunicados del 11 de agosto de 2026 · El Nacional (11 de agosto de 2026) · Infobae (11 de agosto de 2026) · Al Jazeera (11 de agosto de 2026) · BioBioChile (11 de agosto de 2026).

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