Política
Los desaparecidos que el rodrigato no quiere nombrar
El jueves 7 de mayo de 2026, el Ministerio del Servicio Penitenciario venezolano confirmó lo que la madre de Víctor Hugo Quero Navas venía denunciando durante quince meses. Su hijo estaba muerto. Llevaba diez meses muerto. El régimen lo había enterrado sin avisarle. Carmen Navas, de 82 años, había recorrido cárceles, tribunales y oficinas durante todo ese tiempo buscando a un hijo que ya no existía.
La confirmación tenía la forma burocrática de un comunicado breve. Pero su efecto en otras familias venezolanas fue inmediato. La madre de Hugo Marino, la hermana del teniente coronel Juan Antonio Hurtado Campos, los hijos de Alcedo Mora, las hermanas de los desaparecidos colombianos Esnéider y Eliécer Vergel. Todos volvieron a levantar la voz. Porque entendieron lo que la confesión oficial sobre Quero Navas significaba para sus propios casos. Si el Estado pudo ocultar durante diez meses una muerte, podía estar ocultando muchas otras.
Cuatro días después, el lunes 11 de mayo, la conversación cambió de escala. La Iniciativa Democrática de España y las Américas, conocida como Grupo IDEA, emitió declaración formal sobre las desapariciones forzadas en Venezuela. La firmaron 31 expresidentes y exjefes de gobierno. La autenticó su secretario general, Asdrúbal Aguiar Aranguren. Y por primera vez en años, lo que las madres venían diciendo se respaldó con firma institucional de peso continental.
Cuarenta y un familias esperando
La organización Justicia, Encuentro y Perdón documentó al 13 de abril de 2026 un total de 41 personas en situación de desaparición forzada activa en Venezuela. La cifra no es estimación. Es registro caso por caso con expediente, fecha de detención, identificación del organismo presuntamente responsable y testimonio familiar verificado.
Las cifras históricas son más amplias. Provea contabilizó 211 víctimas de desaparición forzada entre el año 2000 y 2021. La Fundación Robert F. Kennedy Human Rights, en alianza con Foro Penal, documentó más de 700 casos a lo largo de la era chavista, con un pico de 524 casos solo en 2019. El Grupo IDEA, en su declaración del 11 de mayo, registra más de 750 víctimas de desaparición forzada solo entre 2018 y 2020. Provea advirtió en su informe del 30 de agosto de 2025 que la práctica se ha «institucionalizado» como política de Estado contra la población civil, particularmente tras los comicios del 28 de julio de 2024.
Amnistía Internacional, en informe presentado el 15 de julio de 2025 sobre 15 casos documentados entre julio de 2024 y junio de 2025, concluyó que las autoridades venezolanas cometen desapariciones forzadas como parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, lo cual configura crimen de lesa humanidad.
La diferencia entre los 41 casos del registro JEP y los miles documentados históricamente está en la duración. La mayoría de las desapariciones forzadas registradas por Foro Penal y RFK Human Rights duraban en promedio cinco días, lo cual sugería, según el análisis, que el gobierno deseaba evitar el escrutinio que conllevan detenciones formales prolongadas. Los 41 casos que JEP mantiene activos son aquellos donde la familia, después de meses o años, todavía no tiene confirmación oficial de paradero, condición legal o estado de salud.
Once años buscando a Alcedo Mora
El caso más antiguo de la lista es el de Luis Alcedo Mora Márquez, conocido como Batería. Cumplió once años desaparecido el 27 de febrero de 2026. Dirigente social del estado Mérida, militante histórico de la izquierda venezolana y trabajador de la gobernación regional, había denunciado durante meses una red de contrabando de gasolina y gasoil entre funcionarios de PDVSA en El Vigía y la gobernación de Mérida, presuntamente articulada con paramilitares colombianos.
Días antes de su desaparición, Mora envió un mensaje a sus camaradas: «Camaradas. Alerta. Tengo requisitorio de orden de captura por el Sebin». El 27 de febrero de 2015, salió de una reunión con el secretario general de la Gobernación de Mérida, Luis Martínez, donde había entregado pruebas documentales del contrabando. No regresó a su casa.
Dos días después también desaparecieron los hermanos Esnéider y Eliécer Vergel Prado, colombianos en condición de refugiados que trabajaban ocasionalmente con Mora. La investigación independiente realizada por el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes y por Provea apunta al SEBIN como responsable.
El rastreo del teléfono celular de Mora, según declaró el abogado de Provea Marino Alvarado, mostró que el dispositivo siguió activo durante aproximadamente 48 horas tras su desaparición, con sus captores prendiéndolo y apagándolo dentro del estado Mérida. Después se perdió toda señal. Once años después, Tarek William Saab, entonces Defensor del Pueblo y luego Fiscal General, nunca avanzó la investigación con seriedad. Le confesó a uno de los hijos de Mora, según relataron familiares al periodismo de Infobae, que no podía decir nada porque «me meto en un peo».
El caso fue presentado ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas el 28 de junio de 2016. Forma parte de los expedientes que Karim Khan, Fiscal de la Corte Penal Internacional, investigaba como crimen de lesa humanidad antes de que el régimen de Maduro solicitara suspender la investigación. La Fundación Clooney para la Justicia ha grabado los testimonios familiares para su serie de podcast «Voces del Desamparo».
Siete años y ocho meses sin Hurtado Campos
El teniente coronel Juan Antonio Hurtado Campos era oficial del Ejército venezolano asignado al Palacio de Miraflores, donde estaba encargado del parque de armas de la Guardia de Honor Presidencial. El 4 de septiembre de 2018, un mes después del intento de magnicidio contra Nicolás Maduro conocido como Caso Drones del 4 de agosto, una comisión de la Dirección General de Contrainteligencia Militar lo sacó del Palacio.
Según testimonio del sargento primero Gustavo Enrique Graterol Torrealba, exintegrante de la Guardia de Honor Presidencial durante nueve años, la detención fue ejecutada por una comisión encabezada por el teniente coronel Alexander Enrique Granko Arteaga, entonces jefe de la Dirección de Asuntos Especiales de la DGCIM. Graterol desertó posteriormente para evitar ser vinculado al caso.
La hermana del oficial, Dora Hurtado, recuerda haber acudido el día siguiente al Palacio de Miraflores para preguntar por su hermano. Fue recibida por un hombre vestido de civil que se identificó como coronel Rubén Coronel y le aseguró no tener información. Le aconsejó que no investigara «en ninguna institución, pues la información era la misma en todas partes». La familia recorrió luego El Helicoide, la cárcel militar de Ramo Verde, El Rodeo I, el Ministerio Público, el CICPC y la Fiscalía General Militar. En todas partes les dijeron lo mismo. Que Hurtado no estaba.
El 23 de enero de 2024, el ministro de Defensa Vladimir Padrino López publicó una lista de 33 militares expulsados y degradados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. En la lista aparecía el nombre de Hurtado Campos. La familia interpretó la mención como señal de vida, pero la institución nunca confirmó dónde estaba el oficial. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, dirigida por Volker Türk, hizo público en julio de 2023 un informe expresando preocupación por la falta de avances en la investigación del caso.
2.579 días sin Hugo Marino
Hugo Enrique Marino Salas tenía 57 años cuando aterrizó en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía la mañana del 20 de abril de 2019. Era economista egresado de la Universidad Central de Venezuela y, sobre todo, submarinista profesional, fundador y CEO de Sistemas Electrónicos Acuáticos. Había trabajado para el propio Estado venezolano en operaciones de localización de aeronaves siniestradas. Tenía doble nacionalidad italiana y venezolana. Llamó a su familia para avisar que había llegado bien. Esa fue la última vez.
Su madre, Beatriz Salas, mantiene desde entonces el conteo público diario en redes sociales del número de días que su hijo lleva desaparecido. Al cierre de esta edición la cifra supera los dos mil quinientos setenta y nueve. Su rutina es meticulosa. Cada día publica el conteo. Cada día exige fe de vida. Cada día recuerda que la DGCIM fue la responsable. Cada día nombra al hijo.
«Tengo siete años buscando a mi hijo y para ellos no puede ser excusa decir que no supieron dónde localizarnos. Como Estado, ellos son los responsables», declaró Salas a VPItv el 8 de mayo de 2026, dos días después de la confirmación oficial de la muerte de Quero Navas. «Me tienen que dar fe de vida de mi hijo, porque se lo llevaron vivo y vivo me lo tienen que entregar. O me tienen que dar razón de qué fue lo que pasó con él».
En entrevista a César Batiz, director de El Pitazo, ese mismo viernes 8 de mayo, Beatriz Salas acompañada por Elizabeth Marqués, esposa de Hugo Marino, declaró: «No quisiera que ninguna otra madre tenga que pasar por este calvario que nos ha tocado vivir. Yo quisiera que los próximos días de la madre lo celebraran con la satisfacción de que encontraron a sus hijos». Marqués añadió que la familia mantiene búsqueda diaria a través de abogados, medios de comunicación y redes sociales. «Todos los días hemos estado buscando a Hugo. Todos los días su mamá postea en Twitter, en Instagram, que lo estamos buscando».
El caso de Marino fue presentado ante el Ministerio Público de Venezuela, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (que en 2023 solicitó medidas provisionales de carácter obligatorio), ante la Corte Penal Internacional, ante el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas y ante la Fiscalía italiana. La Oficina del Alto Comisionado de la ONU mencionó explícitamente su caso en sus informes de 2021 y 2023. La Fiscalía italiana abrió expediente por tratarse de ciudadano italiano. Hasta el cierre de esta edición, el Estado venezolano no ha proporcionado ninguna respuesta oficial.
Beatriz Salas relató en entrevista al medio Armando.info que poco después de la desaparición de su hijo, alguien entró en la vivienda familiar con las llaves de Hugo. La cerradura multilock no fue forzada. Destrozaron paredes. Robaron. Los vecinos no dijeron nada.
Veintiocho muertos con nombre
La muerte de Víctor Hugo Quero Navas no es la primera ni la única. Según las cifras conjuntas de Justicia, Encuentro y Perdón y Provea, son al menos 27 las personas detenidas por motivos políticos que han fallecido bajo custodia del Estado venezolano desde 2014. Con Quero Navas, son 28.
La declaración del Grupo IDEA del 11 de mayo de 2026 recogió la lista con nombre propio. El concejal Fernando Albán y el exministro Nelson Martínez murieron bajo custodia en 2018. El capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, en 2019. El general en jefe Raúl Isaías Baduel, exministro de Defensa de Hugo Chávez, murió en prisión en 2021. Ese mismo año fallecieron Gabriel Medina Díaz y Salvador Franco, indígena de la etnia pemón. Leoner Azuaje murió en 2023. Jesús Manuel Martínez Medina, Edwin Santos, Reinaldo Araujo, el exgobernador Alfredo Díaz Figueroa y el obrero Lindomar Amaro Bustamante fallecieron en 2024 y 2025. En 2026 ya han muerto el policía Edison Torres Fernández y el concejal José Manuel García Sabino. Y ahora, Víctor Hugo Quero Navas.
Cada uno de esos nombres tiene una familia. Cada uno tiene una madre, una esposa, una hija que pasaron meses sin información oficial sobre el paradero de sus seres queridos antes de enterarse de la muerte. En varios casos, como el de Quero Navas, el aviso oficial llegó cuando el cuerpo ya estaba enterrado.
La práctica como sistema
Las desapariciones forzadas documentadas en Venezuela no son episodios sueltos. Configuran patrón. La organización Provea, en su informe del 26 de junio de 2025 titulado «Desaparición, incomunicación y aislamiento de detenidos afianzan la tortura en Venezuela», sostiene que la práctica se intensificó tras los comicios del 28 de julio de 2024 con el «relanzamiento del plan Furia Bolivariana». La Misión de Determinación de los Hechos sobre Venezuela de Naciones Unidas ha señalado que la incomunicación y el aislamiento prolongado equivalen a actos de desaparición forzada.
La mayoría de los casos documentados involucra a funcionarios de la DGCIM o del SEBIN. Las cárceles donde las familias buscan suelen ser las mismas. El Helicoide en Caracas. Ramo Verde. Boleíta. El Rodeo I y II. Los Teques. Tocuyito. Yare. En todas, las familias reportan haber recibido la misma respuesta repetida durante meses o años: «aquí no está».
Para la abogada Tamara Sujú, directora ejecutiva del Casla Institute, quien lleva varios de los casos ante instancias internacionales, los expedientes documentan una práctica sistemática que coincide con la definición jurídica de crimen de lesa humanidad. Han sido presentados ante la Corte Interamericana, ante el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU y ante la Corte Penal Internacional.
Treinta y un expresidentes responden
La declaración emitida por el Grupo IDEA el 11 de mayo de 2026 merece registro propio. La Iniciativa Democrática de España y las Américas reúne a exjefes de Estado y de gobierno con más de una década de trabajo conjunto en defensa de la democracia continental. La firma de 31 de ellos a un mismo documento sobre Venezuela es señal política específica.
Los nombres pesan. Por España firman José María Aznar, Felipe González y Mariano Rajoy. Por México, Felipe Calderón y Vicente Fox. Por Colombia, Álvaro Uribe, Iván Duque y Andrés Pastrana. Por Argentina, Mauricio Macri. Por Chile, Eduardo Frei. Por Uruguay, Julio María Sanguinetti y Luis Alberto Lacalle Herrera. Por Costa Rica, Óscar Arias, Laura Chinchilla, Rafael Ángel Calderón, José María Figueres, Miguel Ángel Rodríguez y Luis Guillermo Solís. Por Bolivia, Jeanine Áñez, Carlos Mesa y Jorge Tuto Quiroga. Por Paraguay, Mario Abdo, Federico Franco y Juan Carlos Wasmosy. Por Ecuador, Guillermo Lasso, Jamil Mahuad y Lenín Moreno. Por Panamá, Mireya Moscoso y Ernesto Pérez Balladares. Por El Salvador, Alfredo Cristiani. Por República Dominicana, Hipólito Mejía. La autenticidad fue certificada por el secretario general del Grupo, Asdrúbal Aguiar Aranguren.
La declaración recoge tres planteamientos. El primero es de constatación. Los firmantes registran haber recibido «con escándalo» la noticia de la desaparición forzada y el ocultamiento de la muerte del preso político Víctor Hugo Quero Navas, y precisan que lo único que se logró saber del caso fue gracias al «reclamo público y permanente de su madre, a través de los medios de comunicación social». El segundo planteamiento es de documentación. La declaración enumera con nombre propio a las 28 personas que han muerto bajo custodia del régimen venezolano desde 2018, y refiere más de 750 víctimas de desaparición forzada en Venezuela entre 2018 y 2020.
El tercer planteamiento es de demanda política. Los firmantes consideran que «la desaparición forzada de personas, sus torturas y sus muertes bajo custodia gubernamental implican una peligrosa ruptura con las leyes universales de humanidad». Y sostienen, citando expresamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que estos hechos «representan una violación múltiple, continua y grave de derechos humanos que combina la privación de libertad, la tortura y frecuentemente la ejecución extrajudicial, constituyéndose en crimen de lesa humanidad, imprescriptible».
La conclusión que ofrece la declaración es la que más resonará. Los firmantes advierten que la estabilidad esperada en Venezuela, «bajo un clima de respeto a la dignidad de la persona humana, sólo se alcanzará con el restablecimiento inmediato de su democracia, bajo la genuina guía de la voluntad popular de los venezolanos». Y agregan que ello «exige del cese en el poder de quienes han sido identificados como los presuntos responsables de esas violaciones sistemáticas y generalizadas de derechos humanos, por los Informes de la Misión Independiente de Naciones Unidas».
La frase no nombra individuos pero apunta a una posición clara. Los responsables identificados por la Misión Independiente de la ONU deben dejar el poder. Esa demanda se hace pública el mismo día en que Donald Trump declaró a Fox News que considera seriamente convertir a Venezuela en el Estado 51 de Estados Unidos. La coincidencia temporal merece registro, aunque las dos declaraciones operan en planos completamente distintos. Una propone una reorganización geopolítica. La otra exige rendición de cuentas judicial.
Lo que el rodrigato no resuelve
La captura de Nicolás Maduro y Cilia Flores el 3 de enero de 2026 cambió la conversación pública sobre Venezuela. Petróleo, transición tutelada, declaraciones sobre Estado 51, cumbre Trump-Xi, plan de tres fases articulado por Marco Rubio. Todo eso es noticia continuamente. Las desapariciones forzadas, no.
Hay una explicación parcial. Las cadenas de mando que ejecutaron muchas de estas desapariciones siguen operativas dentro del nuevo orden tutelado. Granko Arteaga, señalado por el caso Hurtado Campos. Saab, que fue Defensor del Pueblo cuando ocurrieron las desapariciones de Mora y los Vergel y luego Fiscal General durante años. Los funcionarios de la DGCIM mencionados en el caso Marino. Algunos están retirados. Otros permanecen en cargos públicos o han sido reasignados dentro de la nueva administración encabezada por Delcy Rodríguez.
Mientras esas cadenas de mando no rindan cuentas y mientras los expedientes sigan abiertos sin avance, los casos individuales no se cierran. La muerte de Víctor Hugo Quero Navas en julio de 2025, confirmada por el Estado en mayo de 2026, demostró que la fórmula seguía operando incluso bajo la nueva administración. La declaración del Grupo IDEA del 11 de mayo confirma que la comunidad democrática hemisférica reconoce el patrón y exige consecuencias.
Las madres no se rinden
El domingo 10 de mayo de 2026, Día de la Madre en Venezuela, el Comité por la Libertad de los Presos Políticos colocó en los alrededores de la cárcel El Rodeo I un cartel con la fotografía de Víctor Hugo Quero Navas. La inscripción explicaba que falleció bajo custodia del Estado en julio de 2025, después de haber permanecido en desaparición forzada desde enero de ese mismo año. El texto acusaba a las autoridades de haber negado su presencia en la cárcel, ocultado su muerte y destruido evidencia.
Ese mismo domingo, Beatriz Salas publicó nuevamente el conteo diario. Dora Hurtado escribió que mantiene la fe de que su hermano sigue vivo. Los hijos de Alcedo Mora, desde el exilio en Ecuador, recordaron a su padre. Dany Vergel publicó otra exigencia por sus hermanos.
María Corina Machado declaró en redes que todas las venezolanas son hoy una sola voz en la de Carmen Navas. La Plataforma Unitaria Democrática se solidarizó con las madres «que enfrentan el dolor de la injusticia y la separación». El Observatorio Venezolano de Prisiones pidió la destitución del ministro para el Servicio Penitenciario Julio García Zerpa.
Y las madres siguieron haciendo lo que llevan años haciendo. Preguntando. Publicando. Esperando.
Lo que sigue
INCÍSOS hará seguimiento periódico de estos casos. Beatriz Salas seguirá publicando su conteo diario. Dora Hurtado seguirá insistiendo. La familia de Alcedo Mora seguirá demandando justicia desde el exilio. Las hermanas de los Vergel seguirán esperando. Y se sumarán nombres nuevos a medida que se documenten casos del último año.
Mientras tanto, el expediente abierto ante la Corte Penal Internacional sobre Venezuela permanece técnicamente activo. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos mantiene medidas cautelares y provisionales sobre varios de los casos. El Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas sigue recibiendo nuevos expedientes. La Fiscalía italiana mantiene la causa sobre Hugo Marino. El Casla Institute, junto con Foro Penal, Provea, OVP y JEP, continúa documentando. Y el Grupo IDEA, con sus 31 firmas, ha puesto la cuestión sobre la mesa de quienes ahora administran la transición.
La transición venezolana podrá negociar petróleo, redactar leyes y rediseñar instituciones. Pero ningún acuerdo internacional, ninguna licencia OFAC, ninguna conversación de Doha, podrá cerrar estos casos sin verdad. Y las madres, como Beatriz Salas escribió en su última publicación, no se rinden.
Fuentes principales: Declaración del Grupo IDEA (11 mayo 2026), JEP (registro al 13 abril 2026), Foro Penal, Provea, Amnistía Internacional, RFK Human Rights, OVP, ACNUDH, Corte IDH, CIDH, CPI, Casla Institute, ODH-ULA, Misión Independiente ONU, entrevistas en El Pitazo y VPItv (8 mayo 2026), Armando.info, Infobae, El Nacional, Correo del Caroní.
Este análisis se publica bajo los criterios editoriales de INCÍSOS. Cómo trabajamos →
Alfredo Yánez
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Washington y Caracas movieron tres piezas en cuarenta y ocho horas
Cronología documentada de licencias petroleras, reforma judicial y anuncios sobre el acuerdo; no es un compromiso de la mesa ni afirma causalidad entre los hechos.
Entre el jueves 27 y el viernes 28 de agosto de 2026 se produjeron tres decisiones separadas sobre Venezuela. Ninguna se anunció en relación con las otras. Las tres involucran a los mismos actores.
Jueves 27 de agosto, Washington
La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro modificó ocho licencias relacionadas con Venezuela, que abarcan los sectores petrolero, minero y de telecomunicaciones. Entre ellas figuran las licencias generales 46D, 50C y 52B, vinculadas con operaciones de petróleo y gas, productos de origen venezolano y transacciones con Petróleos de Venezuela.
En el área petrolera, la OFAC levantó restricciones sobre extracción, exportación, reexportación, comercialización, venta, suministro, almacenamiento y transporte de crudo y productos petroquímicos venezolanos para su importación a EE.UU., por parte de entidades estadounidenses establecidas con PDVSA o con compañías donde la estatal posea el 50 % de los activos.
La autorización incluye operaciones con diluentes de origen estadounidense, con una condición: los contratos deben estipular que la resolución de disputas se lleve a cabo en EE.UU., el Reino Unido, Francia o Singapur.
Ese mismo 27 de agosto la agencia actualizó la autorización de operaciones de petróleo y gas para seis compañías, según reportó EFE: BP, Chevron, Eni, Maurel & Prom, Repsol y Shell, junto con sus subsidiarias.
Jueves 27 de agosto, Caracas
En sesión extraordinaria, la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad, en primera discusión, el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
La modificación recae sobre el artículo 65, que regula la estructura del Comité de Postulaciones Judiciales. El comité pasa de 21 a 23 integrantes: los diputados se mantienen en 11 y los representantes de la sociedad civil suben de 10 a 12. Esa instancia es la que inicia el proceso de selección de los 32 magistrados del máximo tribunal.
El primer vicepresidente del Parlamento, Pedro Infante, vinculó la iniciativa al acuerdo firmado el 12 de agosto de 2026 en la mesa de diálogo. El proyecto pasó a la Comisión de Política Interior y requiere segunda discusión, control de constitucionalidad por tratarse de ley orgánica, promulgación y publicación en Gaceta Oficial.
Viernes 28 de agosto, dos anuncios
El presidente estadounidense Donald Trump anunció en Truth Social lo que denominó el mayor acuerdo petrolero de la historia mundial, y afirmó que EE.UU. aseguró el control mayoritario sobre más de 65.000 millones de barriles de reservas probadas venezolanas, sin costo para el contribuyente estadounidense.
Horas después, la presidenta encargada Delcy Rodríguez confirmó un «histórico acuerdo» en un comunicado difundido por Telegram y en su cuenta en X. Su versión contempla el desarrollo de 17 campos estratégicos, una inversión superior a los 100.000 millones de dólares y más de 209.000 millones en tributos para el Estado. En su formulación no aparece la expresión «control mayoritario estadounidense».
Un funcionario de la Casa Blanca añadió a CNN un tercer elemento que no figura en ninguno de los dos anuncios públicos: el acuerdo otorgaría a EE.UU. el control efectivo del 55 % de la producción de una nueva empresa conjunta privada, a la que Rodríguez habría otorgado concesiones por cien años.
Ninguna de las partes ha publicado el documento.
La asimetría documental
El contraste con la mesa de negociación es medible. El 12 de agosto de 2026 las delegaciones produjeron un comunicado de dos páginas, con firmas manuscritas, sellos institucionales y facilitación operativa acreditada del Departamento de Estado a través de Michael Kozak y John Barrett. Ese documento existe, se puede descargar y se puede citar por su formulación literal.
El 28 de agosto, la decisión económica de mayor alcance de la etapa que se abrió el 3 de enero de 2026 se comunicó mediante dos publicaciones en redes sociales que describen el mismo pacto de forma incompatible, y un tercer elemento aportado por una fuente anónima a un medio estadounidense.
Al día siguiente, el 29 de agosto de 2026, la presidenta encargada amplió los términos en alocución a la nación y aportó plazo, número de bloques, regalía, impuesto sobre la renta y una cifra de ingreso por barril. El documento sigue sin publicarse.
Dónde se cruzan
Las tres decisiones tienen un punto de contacto institucional que no depende de interpretación.
La reforma aprobada el 27 de agosto debe superar el control de constitucionalidad ante el Tribunal Supremo de Justicia actualmente en funciones, según precisó el abogado penalista Juan Pablo Montiel el 28 de agosto de 2026.
Y el tribunal que resulte del proceso que esa misma reforma habilita sería la instancia competente para conocer cualquier impugnación sobre concesiones de hidrocarburos, incluidas las que se anunciaron al día siguiente. La reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos que abrió la participación privada en la industria fue aprobada en enero de 2026 por esa misma Asamblea Nacional.
Hay además una coincidencia de calendario que conviene registrar. El mismo 28 de agosto en que se anunció el acuerdo petrolero, la jefa negociadora opositora Dinorah Figuera informó desde Madrid que el segundo ciclo de conversaciones se retomaría a partir del 15 de septiembre de 2026, con las garantías políticas, las civiles y la libertad de expresión en la agenda.
Qué falta, exactamente, para que pase
Para que el acuerdo petrolero sea verificable en los mismos términos que la mesa aceptó para sí misma, falta una sola cosa: un documento publicado. Mientras no exista, las dos descripciones oficiales seguirán siendo incompatibles y no habrá forma de establecer cuál de las dos obliga.
Para la reforma judicial faltan cuatro pasos, todos ellos dentro de instituciones que controla una de las partes.
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| Qué | Tres decisiones consecutivas sobre licencias petroleras, reforma judicial y control de reservas de crudo |
| Quién | OFAC del Departamento del Tesoro, Asamblea Nacional, Donald Trump y Delcy Rodríguez |
| Cuándo | 27 y 28 de agosto de 2026 |
| Dónde | Washington y Caracas |
| Por qué | Las tres decisiones afectan el mismo marco institucional que negocia la mesa de diálogo |
| Cómo | Modificación administrativa de licencias, primera discusión parlamentaria y anuncios en redes sociales sin documento público |
Fuentes
- Comunicado de la Oficina de Control de Activos Extranjeros, 27 de agosto de 2026, y reporte de EFE
- Sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional, 27 de agosto de 2026
- Publicación de Donald Trump en Truth Social y comunicado de Delcy Rodríguez, 28 de agosto de 2026
- Funcionario de la Casa Blanca citado por CNN, 28 de agosto de 2026
- Declaraciones de Juan Pablo Montiel, 28 de agosto de 2026
- Declaraciones de Dinorah Figuera desde Madrid, 28 de agosto de 2026
- Comunicado conjunto firmado por las delegaciones, 12 de agosto de 2026, registrado en el especial Verificable
- Alocución de Delcy Rodríguez, 29 de agosto de 2026, y registro institucional de Prensa Presidencial
Especiales
Verificable: corte al 29 de agosto de 2026
El registro actualiza una verificación, suma seis puntos y documenta una contradicción que exige matizar la lectura inicial sobre la renovación del TSJ.
Diecisiete días después del cierre del primer ciclo, el registro incorpora movimiento en una de las seis verificaciones programadas, tres puntos nuevos de Nivel 2, tres de Nivel 3 y una contradicción documentada que obliga a matizar una anotación anterior de este especial.
Verificación 1 · Reforma de la Ley Orgánica del TSJ
Estatus anterior: sin movimiento.
Estatus al 29 de agosto de 2026: en curso.
La Asamblea Nacional aprobó el 27 de agosto de 2026, por unanimidad y en sesión extraordinaria, el Proyecto de Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia en primera discusión. Lo presentó ante la plenaria el primer vicepresidente del Parlamento, Pedro Infante, quien vinculó explícitamente la iniciativa al acuerdo firmado el 12 de agosto de 2026. El proyecto pasó a la Comisión de Política Interior para la elaboración del informe correspondiente.
Contenido de la reforma. La modificación recae sobre el artículo 65 de la ley, que regula la estructura del Comité de Postulaciones Judiciales. El comité pasa de 21 a 23 integrantes. Los diputados se mantienen en 11; los representantes de la sociedad civil suben de 10 a 12. El efecto es que la instancia encargada de iniciar la selección de los 32 magistrados deja de tener mayoría parlamentaria, por un asiento.
Qué falta para que la verificación pase a cumplida. Segunda discusión, previo informe de la Comisión de Política Interior. Control de constitucionalidad, exigible por tratarse de una ley orgánica, según precisó el abogado Juan Pablo Montiel el 28 de agosto de 2026. Promulgación. Publicación en Gaceta Oficial.
Nota sobre el cronograma. El texto firmado el 12 de agosto de 2026 establece que el cronograma de ejecución comenzaría en agosto con anuncios oficiales y acciones concretas. La primera discusión del 27 de agosto satisface esa formulación, con cuatro días de margen sobre el cierre del mes. Es el único plazo autoimpuesto que el proceso ha atendido hasta la fecha de este corte.
Verificación 2 · Renovación del Comité de Postulaciones Judiciales
Estatus: sin movimiento, en secuencia correcta.
El documento firmado establece que la renovación del comité ocurre después de la reforma legal. Como la reforma no está sancionada, la ausencia de movimiento en este punto no constituye retraso.
Verificaciones 3, 4 y 5 · Oro, trazabilidad y cronograma público
Estatus: sin movimiento registrado.
No consta formalización jurídica del compromiso sobre las 31 toneladas de oro ante el Tribunal Superior de Londres, ni instrumento presentable por ambas delegaciones. No consta diseño técnico de los mecanismos de trazabilidad. No consta publicación de un cronograma público detallado con fechas específicas por compromiso.
Al 29 de agosto de 2026, el documento firmado sigue sin contener fechas más precisas que «agosto». Esa sigue siendo la observación crítica más consistente sobre el acuerdo.
Verificación 6 · Temas no incluidos en el texto firmado
Presos políticos. El texto firmado el 12 de agosto de 2026 no los incluye. Ese mismo día se reportó la conformación de una mesa técnica sobre la materia, con participación de familiares, tras la entrega del listado completo por parte de la organización que lo documenta. La cifra registrada es de 382 casos.
Por separado, el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, Pedro Infante, ofreció el 27 de agosto de 2026 cifras oficiales sobre la Ley de Amnistía: más de 15.037 solicitudes, 314 libertades otorgadas y 8.429 libertades absolutas. Estas cifras provienen del Parlamento, no coinciden con la contabilidad de las organizaciones de derechos humanos y no han sido verificadas de forma independiente por este especial.
Retorno de exiliados, crisis eléctrica estructural y cronograma electoral. Sin movimiento en el texto firmado.
Nivel 2 · Puntos incorporados
2.a · Segundo ciclo a partir del 15 de septiembre de 2026. Anunciado por Dinorah Figuera el 28 de agosto de 2026 desde Madrid, en videoconferencia. Su equipo de prensa precisó que se trata de una fecha tentativa. Verificación: instalación efectiva de la segunda mesa en esa fecha o notificación pública del cambio.
2.b · Agenda declarada del segundo ciclo. Garantías políticas, garantías civiles y libertad de expresión, según la misma declaración del 28 de agosto de 2026. El 19 de agosto de 2026 Figuera había añadido la recuperación de las tarjetas partidistas y el levantamiento de inhabilitaciones. Verificación: incorporación de esos puntos al acta o comunicado del segundo ciclo.
2.c · Valoración de la jefa negociadora opositora. Figuera calificó el acuerdo de renovación de todos los magistrados como un éxito de su delegación y afirmó que la nueva reforma de la Ley Orgánica del TSJ abre un abanico de posibilidades legislativas. Declaración del 28 de agosto de 2026. Se registra como posición, no como hecho verificable.
Nivel 3 · Exigencias externas incorporadas
3.a · Renovación del CNE en octubre de 2026. Catorce organizaciones no gubernamentales lo solicitaron el 19 de agosto de 2026 en comunicado conjunto. Sostienen que los procedimientos vigentes permiten completar la designación en un plazo cercano a dos meses y que no existen razones transparentes, técnicas ni legales que justifiquen dilatarla hasta diciembre. Su formulación textual: si existe voluntad política, octubre es una fecha posible.
3.b · Prioridad de la materia electoral. El grupo Unión y Cambio, que no tiene representación en la mesa, exigió que el tema electoral sea el primer punto de discusión del siguiente ciclo y que se acuerde un cambio radical del Consejo Nacional Electoral. Declaración del diputado Tomás Guanipa a EFE, 13 de agosto de 2026.
3.c · Ausencia de cuotas partidistas en el TSJ. El dirigente Richard Blanco planteó el 19 de agosto de 2026, en Cumaná, que la designación de magistrados debe evitar cuotas de partido.
Anotación que este especial corrige
En el corte del 12 de agosto de 2026 este registro consignó que era la primera vez en la historia reciente que una delegación gubernamental firmaba un compromiso escrito de renovación completa del tribunal máximo. Esa anotación requiere una precisión.
El 27 de agosto de 2026, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, declaró que el proceso de reforma del sistema judicial se había iniciado antes de la mesa de diálogo. Pedro Infante lo enmarcó en un plan de reestructuración impulsado por el Ejecutivo desde enero de 2026, señaló que las previas de selección comenzaron en abril de 2026 cuando el número de magistrados se elevó de 20 a 32, y que el proceso quedó interrumpido por el doble terremoto del 24 de junio de 2026.
Si esa cronología es exacta, lo que el acuerdo del 12 de agosto incorporó no fue la renovación del TSJ, que ya estaba en marcha, sino la composición del comité que la conduce. La firma sigue siendo un hecho documentado. Lo que se matiza es su carácter inaugural, y quien lo matiza es la propia delegación que la suscribió.
Este especial registra ambas versiones y no resuelve la contradicción. La resolverá el expediente: si el proceso venía andando desde abril, debe existir registro público de las actuaciones del Comité de Postulaciones Judiciales entre abril y junio de 2026.
Estado del registro
Un punto pasa de «sin movimiento» a «en curso». Se incorporan seis puntos nuevos, tres de Nivel 2 y tres de Nivel 3. El conteo general queda pendiente de recuento editorial sobre el listado completo.
Próximo corte: al cierre del segundo ciclo de conversaciones.
Política
Venezuela confirma el acuerdo y cifra los tributos en 209.000 millones
Por primera vez las dos partes describen la misma operación. Y por primera vez hay una cifra de lo que percibiría el Estado venezolano.
Venezuela confirma el acuerdo y cifra los tributos en 209.000 millones
La asimetría terminó. El comunicado venezolano aporta tres datos que faltaban y deja abiertos otros cuatro.
| Qué | El Gobierno venezolano confirmó el acuerdo petrolero con Estados Unidos y aportó cifras de campos, inversión y tributos. |
|---|---|
| Quién | Gobierno encargado venezolano; Gobierno de Estados Unidos; operadores privados no identificados. |
| Cuándo | Comunicado difundido el viernes 28 de agosto de 2026, horas después del anuncio estadounidense. |
| Dónde | Caracas y Washington. |
| Por qué | Es la primera descripción del acuerdo hecha por la parte donde están los recursos. |
| Cómo | Mediante un comunicado oficial que enumera campos, volumen, inversión y tributos previstos. |
El Gobierno venezolano confirmó el 28 de agosto de 2026, mediante un comunicado oficial, el acuerdo petrolero anunciado horas antes por el presidente estadounidense.
Es la primera descripción de la operación hecha por la parte en cuyo territorio están los recursos.
Lo que aporta el comunicado
Diecisiete campos estratégicos. Es la primera vez que se menciona un número de campos comprendidos. No se identifican cuáles.
Sesenta y cinco mil millones de barriles de potencial probado. La cifra coincide con la del anuncio estadounidense y deja atrás los 90.000 millones que habían circulado en reportes previos.
Más de 100.000 millones de dólares de inversión, coincidente con lo señalado por el secretario de Estado estadounidense.
Más de 209.000 millones de dólares en tributos para el Estado. Es el dato nuevo y el más importante: la primera cifra oficial de lo que percibiría Venezuela.
El texto describe además el propósito: incrementar la producción con participación de operadores privados, recuperar y reconstruir infraestructura, y avanzar hacia la consolidación de una potencia energética productora.

La descripción de la contraparte
Hay una precisión del comunicado que tiene consecuencias jurídicas y conviene registrarla textualmente.
El texto describe la operación como un acuerdo con el Gobierno de los Estados Unidos, y agradece al presidente estadounidense, al secretario de Estado y al Gobierno de ese país.
En el anuncio estadounidense la operación aparecía descrita como una asociación con empresas privadas. En el comunicado venezolano, la contraparte del acuerdo es un Estado.
Esa diferencia no es de matiz. El artículo 150 de la Constitución venezolana prohíbe celebrar contratos de interés público nacional con Estados o sociedades oficiales extranjeras sin aprobación de la Asamblea Nacional.
Lo que sigue sin decirse
Cuatro datos continúan ausentes en ambas descripciones.
El plazo de la operación. Ni el anuncio ni el comunicado lo mencionan, pese a que los reportes previos hablaban de un arrendamiento medido en un siglo.
El instrumento jurídico: si son concesiones, contratos de servicio, empresas mixtas o participaciones.
La aprobación parlamentaria: el comunicado no menciona a la Asamblea Nacional.
El foro de controversias: ante qué instancia y bajo qué ley se dirimirían los conflictos.
Dónde se comprueba
El comunicado es una descripción oficial y no un instrumento. Los documentos que obligan dejan rastro en la Gaceta Oficial y, si corresponde, en el orden del día parlamentario.
Hasta que aparezcan, hay dos gobiernos describiendo el mismo acuerdo con cifras coincidentes y una diferencia relevante sobre quién es la contraparte.
Para seguir leyendo: Siete preguntas que el anuncio no responde →
Fuentes principales: Comunicado oficial del Gobierno venezolano del 28 de agosto de 2026. Mensajes de Donald Trump y de Marco Rubio del 28 de agosto de 2026. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 150.
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