Una elección no empieza el día que se vota. Empieza el día que se decide quién la organiza.
La ley ya prevé oficinas regionales. Lo que no existe es autonomía electoral estadal ni municipal.
Los dos especiales tratan el mismo problema. Esta pieza es la bisagra.
Quien controla el árbitro controla el calendario. Es una consecuencia de diseño, no una anomalía.
El orden importa: primero la reforma, después la convocatoria. Al revés, la veda se activa.
Millones de venezolanos con derecho al sufragio quedan fuera por un requisito documental.
Nacimientos, defunciones y cédulas de identidad. La ley pone los tres bajo supervisión del árbitro electoral.
Las direcciones nacionales son de libre nombramiento y remoción. Una rotación de rectores no las alcanza.
La independencia de un rector no es un rasgo de carácter. Es un hecho documentable.
Catorce organizaciones dijeron que octubre es posible. La aritmética de la ley permite comprobarlo.