Política
El balance del doblete sísmico subió a 6.438 muertos
El epicentro estuvo a diez kilómetros al noroeste de La Guaira, el mismo estado del doblete del 24 de junio, cuyo balance oficial subió a 6.438 fallecidos.
A las 3:07 de la madrugada, en el mismo estado donde ocurrió el doblete de junio. La presidencia informó que no había afectaciones. Los reportes de la mañana dicen otra cosa.
| Qué | Un sismo de magnitud 4,0 se registró en La Guaira y se sintió en el litoral central y en Caracas. El balance del doblete del 24 de junio fue actualizado a 6.438 fallecidos. |
|---|---|
| Quién | Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas. La presidenta encargada Delcy Rodríguez. Protección Civil, Bomberos de Caracas y Policía Nacional. |
| Cuándo | Martes 18 de agosto de 2026, a las 3:07 de la madrugada. El balance actualizado se divulgó el lunes 17 de agosto. |
| Dónde | Epicentro a diez kilómetros al noroeste de La Guaira, a diez kilómetros de profundidad. |
| Por qué | El evento ocurre en el mismo estado del doblete del 24 de junio, sobre un parque habitacional con más de nueve mil viviendas catalogadas en alto riesgo. |
| Cómo | Registro instrumental de Funvisis, con coordenadas 10,640 de latitud norte y 67,011 de longitud oeste. |
Los datos del evento
La Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas registró un sismo de magnitud 4,0 a las 3:07 de la madrugada del martes 18 de agosto de 2026.
El epicentro se ubicó a diez kilómetros al noroeste de La Guaira, a diez kilómetros de profundidad, en las coordenadas 10,640 grados de latitud norte y 67,011 grados de longitud oeste.
El movimiento se percibió en el litoral central y en el área metropolitana de Caracas.
El mismo registro instrumental de esa madrugada recogió otros eventos menores: magnitud 3,4 a 54 kilómetros al noroeste de Punto Fijo a las 3:13; magnitud 2,0 a 38 kilómetros al noroeste de Aroa a las 3:36; y dos eventos previos cerca de Aroa, de magnitudes 2,5 y 1,9, a las 2:26 y a las 2:09.
La discrepancia sobre los daños
Aproximadamente veintitrés minutos después del sismo, la presidenta encargada Delcy Rodríguez informó a través de sus canales que el Sistema de Protección estaba activado y realizando monitoreo, y que hasta ese momento no había reportes de afectaciones de ningún tipo.
Los alcaldes de Chacao, Gustavo Duque, y de Baruta, Darwin González, se pronunciaron en el mismo sentido: sin incidencias reportadas en sus jurisdicciones hasta las primeras horas de la madrugada.
Horas después, distintos reportes consignaron daños en una vivienda del barrio Los Hermanos, en Carapita, y la caída de una estructura que, según esos mismos reportes, se encontraba desocupada, sin víctimas ni lesionados. Funcionarios de Protección Civil, Bomberos de Caracas y Policía Nacional acudieron al sitio a evaluar.
La contradicción entre ambas informaciones tiene una explicación probable y no necesariamente adversa: el mensaje presidencial se emitió veintitrés minutos después del evento, y los daños se reportaron durante la mañana. Es la diferencia entre un primer parte y un balance.
Pero conviene registrarla, porque en un expediente donde la brecha entre lo anunciado y lo verificado ya es un patrón, un primer parte que dice «ningún tipo» de afectación tiene un costo de credibilidad cuando la mañana muestra una casa caída.
El número que subió
El balance oficial del doblete sísmico del 24 de junio, divulgado el lunes 17 de agosto, asciende a 6.438 fallecidos.
El balance anterior, del 10 de agosto, era de 6.301. Son 137 víctimas más incorporadas al conteo en una semana, casi dos meses después del evento.
Ese dato dice dos cosas a la vez. Que el registro sigue abierto, lo cual es esperable en un desastre de esta magnitud. Y que la cifra definitiva todavía no existe, de modo que cualquier número publicado hoy es un corte, no un total.
Por qué un 4,0 importa aquí
Un sismo de magnitud 4,0 es, en términos generales, un evento menor. En condiciones normales no produce daños estructurales.
Estas no son condiciones normales.
Las cifras oficiales de evaluación posterior al doblete registran 9.567 viviendas catalogadas en alto riesgo y 12.411 habitables con restricciones. Una edificación con daño estructural previo responde a una sacudida moderada de manera muy distinta a una edificación sana. Y el parque habitacional del litoral central lleva dos meses acumulando además la saturación de las lluvias.
De ahí que la respuesta útil de las autoridades no sea informar que no hubo daños generalizados —lo cual es cierto— sino verificar, edificación por edificación, cuáles de las que ya estaban comprometidas se movieron.
Esa es la diferencia entre un parte meteorológico y una política de riesgo.
Fuentes principales: Registro de la Fundación Venezolana de Investigaciones Sismológicas del 18 de agosto de 2026. Comunicación de la presidenta encargada Delcy Rodríguez difundida esa madrugada. Pronunciamientos de los alcaldes de Chacao y Baruta. Reportes de El Universal, Descifrado, El Tiempo y agencias sobre daños en Carapita. Balance oficial de fallecidos divulgado el 17 de agosto de 2026. Cifras oficiales de evaluación de viviendas posteriores al doblete del 24 de junio de 2026.
Alfredo Yánez
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Las lluvias del lunes arrasaron las carpas de los damnificados del sismo
Tres personas murieron y doce familias fueron desalojadas preventivamente en La Pastora. En Santa Rosalía y la avenida Bolívar, los damnificados del terremoto perdieron sus refugios.
Dormían en carpas desde el 24 de junio. La noche del lunes perdieron también eso.
| Qué | Las precipitaciones de la onda tropical 38 dejaron tres muertos en Caracas, viviendas afectadas, desalojos preventivos y la destrucción de carpas donde dormían damnificados del sismo. |
|---|---|
| Quién | Damnificados del doblete del 24 de junio, Bomberos del Distrito Capital, la alcaldesa Carmen Meléndez y el Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología. |
| Cuándo | Noche del lunes 17 de agosto de 2026 y madrugada del martes 18. |
| Dónde | Todas las parroquias del municipio Libertador de Caracas, con impacto en Santa Rosalía, la avenida Bolívar, La Pastora, Ruiz Pineda y el estado La Guaira. |
| Por qué | Las precipitaciones alcanzan a una población que perdió su vivienda hace casi dos meses y sigue alojada en refugios provisionales. |
| Cómo | El paso de la onda tropical número 38 sobre el territorio nacional, con desplazamiento medio de 25 kilómetros por hora. |
Lo que dejó la noche
El paso de la onda tropical número 38 provocó fuertes precipitaciones la noche del lunes 17 de agosto, con viviendas afectadas, árboles caídos e inundaciones viales en diversas parroquias del municipio Libertador.
La alcaldesa de Caracas, Carmen Meléndez, señaló que la ciudad se vio afectada desde el primer momento y que la onda impactó todas las parroquias.
El río Guaire estuvo cerca de desbordarse. Su corriente arrastró vehículos en zonas como Ruiz Pineda. Se reportaron cortes parciales del servicio eléctrico en distintos puntos de la capital.
Los Bomberos determinaron el desalojo preventivo de doce familias tras evaluar tres viviendas ubicadas en un terreno inclinado en la parroquia La Pastora.
Los tres muertos
El dirigente opositor Henrique Capriles informó que tres personas fallecieron en el contexto de las lluvias en Caracas: dos tras la crecida de las aguas y una por deslizamiento de tierra.
Al momento de esta publicación no se había difundido un balance oficial de víctimas atribuible a este evento. La cifra se consigna con su fuente y con esa reserva.
El dato que define la jornada
En el sector Santa Rosalía, cerca de un centenar de damnificados del sismo perdieron las carpas donde dormían desde el terremoto de junio, según información de los Bomberos del Distrito Capital.
En la avenida Bolívar, en pleno centro de la ciudad, decenas de carpas quedaron inundadas y afectaron a varias familias que ya habían perdido sus hogares en el sismo.
En La Guaira, el estado más golpeado por el doblete, muchas de las personas que todavía permanecen en carpas resultaron afectadas. Perdieron las carpas, se les mojaron los colchones y lo poco que tenían, y vuelven a enfrentar solas una emergencia.
Esa es la frase que resume el expediente entero. No perdieron su casa: eso ocurrió el 24 de junio. Perdieron el reemplazo provisional de la casa, cincuenta y cuatro días después, sin que la reconstrucción hubiera llegado a ellos.
La aritmética que explica por qué siguen ahí
El balance oficial más reciente del doblete sísmico registra 287 viviendas entregadas frente a 9.567 catalogadas en alto riesgo. Una por cada treinta y tres.
Mientras esa proporción no cambie, cada onda tropical que pase sobre el litoral central volverá a golpear a las mismas personas, en el mismo lugar, con menos que la vez anterior.
La temporada de lluvias no termina en agosto.
Lo que sigue
El Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología confirmó el avance de la onda tropical 38 hacia la Guayana Esequiba y el oriente del país, con desplazamiento a una velocidad media de 25 kilómetros por hora, y previó nubosidad y precipitaciones variables.
Es la cuarta onda tropical que atraviesa el territorio en poco más de una semana. Las anteriores fueron la 34, la 35, la 36 y la 37.
Para las familias que siguen en carpas, cada una de esas cifras es una noche.
Fuentes principales: Reportes de Descifrado, La República, El Universal y agencias sobre las afectaciones de la noche del 17 de agosto de 2026. Información de los Bomberos del Distrito Capital sobre Santa Rosalía y La Pastora. Declaraciones de la alcaldesa de Caracas, Carmen Meléndez. Declaraciones del dirigente opositor Henrique Capriles sobre fallecidos y sobre la situación en La Guaira. Seguimiento del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología sobre la onda tropical número 38. Balance oficial de viviendas evaluadas y entregadas posterior al doblete del 24 de junio de 2026.
Política
Una carta pide al Reino Unido no entregar el oro hasta que haya elecciones
La comunicación invoca la doctrina de una sola voz del derecho inglés y sostiene que liberar el oro ahora equivaldría a un reconocimiento de hecho sin condiciones democráticas.
El acuerdo del 12 de agosto propone usar el oro de Londres para la reconstrucción. Una carta fechada cinco días después pide exactamente lo contrario.
| Qué | Una carta dirigida al gobierno británico solicita mantener retenidas las reservas de oro venezolano depositadas en el Banco de Inglaterra hasta que exista un gobierno electo. |
|---|---|
| Quién | El abogado Iván Emiro Cañas Gutiérrez, en representación declarada de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, y Carlos Ortega, presidente de esa organización sindical. |
| Cuándo | Carta fechada el 17 de agosto de 2026 y difundida públicamente el 18 de agosto. |
| Dónde | Dirigida a Downing Street, Londres. El oro permanece en las bóvedas del Banco de Inglaterra. |
| Por qué | El acuerdo del diálogo venezolano contempla recuperar esos activos para financiar la reconstrucción tras el doblete sísmico. |
| Cómo | Mediante comunicación formal a la jefatura de gobierno británica, con copia a la cancillería, al Banco de Inglaterra y a comités parlamentarios. |
Qué dice la carta
La comunicación, fechada el 17 de agosto de 2026, se dirige al primer ministro británico y se envía con copia al secretario de Estado para Asuntos Exteriores, al gobernador del Banco de Inglaterra, al subsecretario permanente de la cancillería, al canciller del Exchequer y a los presidentes de los comités selectos de Asuntos Exteriores y del Tesoro.
Su petición central es una: que el gobierno de Su Majestad mantenga su posición actual respecto de las aproximadamente 31 toneladas de oro venezolano depositadas en el Banco de Inglaterra, hoy valoradas en torno a 4.000 millones de dólares.
La carta pide de manera expresa que esas reservas no sean entregadas a la administración de transición en Caracas, ni conforme a las representaciones conjuntas de las dos asambleas venezolanas, ni a Estados Unidos, a los que el texto describe como acompañantes de un proceso político de transición.
Sostiene que el único momento adecuado para transferir el control de esos activos es la instalación de un gobierno elegido libre y limpiamente por los venezolanos, bajo condiciones que satisfagan estándares internacionales de legitimidad.
Aparece firmada por el abogado Iván Emiro Cañas Gutiérrez, que se presenta como ciudadano venezolano y británico y como representante de la Confederación de Trabajadores de Venezuela, y por Carlos Ortega, en su condición de presidente de esa central sindical.
El argumento jurídico
La carta apoya su solicitud en un principio del derecho inglés conocido como doctrina de una sola voz.
Según ese principio, tal como lo expone el texto, el reconocimiento de gobiernos extranjeros corresponde de manera exclusiva al Ejecutivo británico, y los tribunales deben tratar esas decisiones como concluyentes. La carta lo articula en tres considerandos: la competencia constitucional, que sitúa las relaciones exteriores en la prerrogativa real; la consistencia internacional, porque un Estado no puede mantener relaciones coherentes si sus tribunales tratan como gobierno a alguien distinto del que reconoce su cancillería; y la necesidad práctica, porque los tribunales carecen de las herramientas para determinar legitimidad en situaciones en disputa.
De ahí extrae su conclusión operativa: cualquier cambio en la situación del oro exigiría, como cuestión de derecho inglés, un cambio correspondiente en la posición de reconocimiento del Ejecutivo. Y advierte que liberar el oro ahora crearía un reconocimiento de hecho sin las condiciones políticas que sucesivos gobiernos británicos han exigido.
Añade dos riesgos institucionales: la exposición del Banco de Inglaterra a reclamaciones futuras de un gobierno legítimo posterior, que alegue que los activos fueron transferidos sin autoridad adecuada, y el precedente que ello sentaría para la custodia de reservas soberanas depositadas en Londres.
La contradicción con el acuerdo
El comunicado conjunto de las delegaciones del 12 de agosto establece que ambas partes concentrarán esfuerzos en promover la recuperación de los activos de reserva internacional depositados en el Banco de Inglaterra, con mecanismos de transparencia, trazabilidad y auditoría, para atender a los afectados por los sismos del 24 de junio.
La carta reconoce esa decisión conjunta y sostiene expresamente que no altera su evaluación. Argumenta que la necesidad humanitaria es real y ya ha sido atendida en parte con asistencia británica —equipos de búsqueda y rescate, capacidad médica y apoyo financiero—, y que el financiamiento de la reconstrucción puede y debe continuar por canales humanitarios auditados, pero que el oro constituye una reserva estratégica nacional cuya liberación anticipada plantea un problema distinto.
Su tesis de fondo es que liberar las reservas ahora debilitaría el incentivo para el programa completo de reformas: condiciones electorales creíbles, retorno de actores políticos exiliados, liberación de los presos políticos restantes y restauración de instituciones independientes.
Lo que la carta no resuelve
Conviene registrar con precisión qué es este documento y qué no es.
No es una decisión. Es una solicitud de particulares al gobierno británico. Ninguna autoridad del Reino Unido se había pronunciado sobre ella al momento de esta publicación.
Su representatividad es una afirmación del propio texto. La carta se presenta en nombre de una central sindical y de una coalición sindical internacional. INCÍSOS no verificó de manera independiente el alcance de ese mandato.
Contiene afirmaciones de contexto que corresponden al firmante, no a un registro documental, y como tales se consignan.
Lo que sí describe con exactitud es una fractura real dentro del campo opositor venezolano: mientras la delegación sentada en Caracas negocia el desbloqueo del oro para la reconstrucción, un sector sindical le pide a Londres que no lo entregue hasta que haya elecciones.
Las dos posiciones son defendibles. No son compatibles.
Fuentes principales: Carta fechada el 17 de agosto de 2026 dirigida al primer ministro del Reino Unido, difundida públicamente el 18 de agosto de 2026, firmada por Iván Emiro Cañas Gutiérrez y Carlos Ortega. Comunicado conjunto de las delegaciones venezolanas del 12 de agosto de 2026. Antecedentes judiciales del caso del oro venezolano ante los tribunales británicos.
Política
El comité que elegirá a los magistrados pasa de 21 a 23 miembros
El Comité de Postulaciones Judiciales, hoy integrado por once diputados y diez representantes sociales, sería ampliado a 23 miembros con mayoría de la sociedad civil.
El acuerdo del 12 de agosto prometía renovar y ampliar el comité. La cifra que empezó a circular es 23, con mayoría de la sociedad civil. Y trae encima una objeción constitucional de fondo.
| Qué | El Comité de Postulaciones Judiciales sería ampliado de 21 a 23 miembros, con mayoría de representantes de la sociedad civil. |
|---|---|
| Quién | Asamblea Nacional de 2025, las dos delegaciones del diálogo y los sectores de la sociedad civil postulantes. |
| Cuándo | Información difundida el martes 18 de agosto de 2026, seis días después del acuerdo del primer ciclo. |
| Dónde | Caracas, Venezuela. |
| Por qué | Ese comité preselecciona a los candidatos a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, el órgano que arbitra las impugnaciones electorales. |
| Cómo | Mediante la ampliación del órgano prevista en el acuerdo del 12 de agosto, que también reinicia el proceso de postulación. |
De dónde viene el comité que se va a cambiar
Conviene tener claro el punto de partida, porque la ampliación solo se entiende contra él.
El comité vigente fue juramentado el 19 de mayo de 2026 por el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, y quedó publicado en la Gaceta Oficial 43.378. Lo integran 21 miembros: once diputados y diez representantes de la sociedad civil, seleccionados entre 65 elegibles. Lo preside el diputado del PSUV Giuseppe Alessandrello; la vicepresidencia recayó en Pablo Pérez, de Un Nuevo Tiempo, y entre los once parlamentarios figura también Antonio Ecarri, del partido Lápiz.
Los diez representantes sociales provienen de la medicina, el derecho, la psicología, la docencia universitaria, la enfermería y el sector militar, entre otros ámbitos. Entre los postulantes hubo consejos comunales.
Una semana antes de esa juramentación, el Parlamento había aprobado una reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que elevó el número de magistrados de 20 a 32. Esa cifra de 20 provenía a su vez de la reforma de 2022, que la había bajado desde 32. El tribunal, en la práctica, vuelve al tamaño que tenía antes.
Qué cambiaría
La información difundida el 18 de agosto indica que el comité pasaría a 23 miembros con mayoría de la sociedad civil.
La aritmética importa. En la composición vigente, once diputados sobre 21 miembros constituyen mayoría parlamentaria. Para que 23 miembros tengan mayoría de sociedad civil, los representantes sociales tendrían que ser al menos doce, y los diputados once o menos.
Ese es exactamente el punto que el acuerdo del 12 de agosto comprometía: renovación y ampliación del comité, más un nuevo proceso de postulación para todos los magistrados, no solo para las vacantes, y la creación de un consejo de revisión de credenciales.
Si la cifra se confirma en los términos anunciados, sería la primera vez en años que la representación social supera a la parlamentaria en ese órgano.
La objeción que nadie ha respondido
Hay una lectura constitucional que va más lejos y que circuló junto con la noticia.
El artículo 270 de la Constitución establece que el Comité de Postulaciones Judiciales es un órgano asesor del Poder Judicial para la selección de los candidatos a magistrados, que asesorará también a los colegios electorales judiciales, y que estará integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad, de conformidad con lo que establezca la ley.
El texto constitucional no menciona diputados.
La objeción, planteada públicamente y dirigida a integrantes de la delegación opositora, sostiene por tanto que el comité no debería tener parlamentarios entre sus miembros, y que la discusión sobre si son once o diez elude la pregunta anterior: si deberían estar.
La práctica institucional venezolana ha sostenido lo contrario durante años, apoyada en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que es la norma invocada en el acuerdo de mayo. Es decir: la ley desarrolla el precepto constitucional de una manera que la objeción considera desbordada.
No es una discusión nueva ni menor. Determina si el órgano que preselecciona a los jueces del máximo tribunal es un cuerpo social asesorado por el Parlamento o un cuerpo parlamentario acompañado por la sociedad.
Lo que hay que vigilar
Si la reforma de la Ley Orgánica llega al hemiciclo y en qué términos. El acuerdo del 12 de agosto la contempla, y es el instrumento que fijaría la composición definitiva.
La proporción exacta entre diputados y representantes sociales en el comité ampliado. La mayoría anunciada solo es real si se traduce en números.
El método de selección de los nuevos representantes sociales. En mayo, los diez fueron escogidos por consenso de los once diputados de la comisión preliminar. Si el procedimiento se repite, la mayoría social sería designada por la minoría parlamentaria.
Y el calendario. La designación del nuevo tribunal aparece mencionada para noviembre de 2026 en reportes que no forman parte del comunicado firmado. Las delegaciones vuelven a reunirse a mediados de septiembre.
Fuentes principales: Acuerdo de conformación del Comité de Postulaciones Judiciales publicado en la Gaceta Oficial 43.378 del 19 de mayo de 2026. Reportes de Efecto Cocuyo, El Pitazo, Prensa Latina y Últimas Noticias sobre la juramentación del comité y sobre la reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Artículo 270 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Comunicado conjunto de las delegaciones del 12 de agosto de 2026. Información sobre la ampliación difundida el 18 de agosto de 2026.
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