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Política

Tortura, captura por el ELN y una herida sin curar: el lado más oscuro del expediente

Según la defensa, Ángelo Heredia fue capturado por el ELN en Colombia, torturado y aún no recibe atención por una herida de bala. El caso reabre el debate sobre garantías y responsabilidades.

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El relato más grave del programa no versa sobre estrategia jurídica sino sobre humanidad. Según el abogado Guillermo Heredia, su defendido declaró en juicio que fue capturado por integrantes del ELN en territorio colombiano y entregado a funcionarios de inteligencia militar en Venezuela. A partir de allí, habría sufrido torturas —entre ellas, permanecer desnudo en una celda a baja temperatura durante días— y, hasta hoy, no habría recibido tratamiento para un disparo en la pierna.

Qué se dijo en el programa

  • Captura y entrega: Ángelo Heredia afirmó que lo detuvo el ELN en Colombia y fue entregado a autoridades venezolanas (según la defensa). Durante ese lapso, dijo haber escuchado conversaciones que mencionaban a altos funcionarios, de acuerdo con el abogado.
  • Tortura: El defensor describió prácticas como el “refrigerador” —una celda a 4°C, desnudo, por 15 días— y otros tratos crueles. Señaló que estos patrones han sido denunciados por distintos presos políticos.
  • Herida sin atención: El proyectil en la pierna seguiría alojado; la jueza habría oficiado a las autoridades penitenciarias sin lograr la atención médica, y un fiscal habría ofrecido asistencia en audiencia sin que se concretara, según el abogado. Heredia advirtió del riesgo de daño permanente.

Implicaciones legales

El abogado invocó la Ley contra la Tortura y subrayó que una confesión obtenida bajo coacción es nula. Afirmó que denunciará con nombres y apellidos a los presuntos responsables ante instancias nacionales e internacionales, y atribuyó responsabilidad política al entonces fiscal general Tarek William Saab por conocer estos hechos. Insistió en que la omisión de investigar y de proteger a la víctima también genera responsabilidad.

El lugar de la jueza

Según la defensa, la jueza perdió el “control material” de la causa al no poder ejecutar sus propias decisiones para resguardar la integridad del acusado. Este señalamiento —si se sostiene— podría ser uno de los ejes de la apelación anunciada dentro del plazo legal de 10 días a partir del 1 de octubre de 2026.

Criterio editorial

Las denuncias de tortura trascienden la discusión penal: interpelan la validez de todo el proceso. Si se verifican, no solo anulan pruebas clave, sino que obligan a activar vías de investigación y reparación. El estándar democrático exige respuestas institucionales —médicas, disciplinarias y penales— más allá del desenlace de la apelación.

Otras notas del mismo programa:

Política

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Según la defensa, Ángelo Heredia fue capturado por el ELN en Colombia, torturado y aún no recibe atención por una herida de bala. El caso reabre el debate sobre garantías y responsabilidades.

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El relato más grave del programa no versa sobre estrategia jurídica sino sobre humanidad. Según el abogado Guillermo Heredia, su defendido declaró en juicio que fue capturado por integrantes del ELN en territorio colombiano y entregado a funcionarios de inteligencia militar en Venezuela. A partir de allí, habría sufrido torturas —entre ellas, permanecer desnudo en una celda a baja temperatura durante días— y, hasta hoy, no habría recibido tratamiento para un disparo en la pierna.

Qué se dijo en el programa

  • Captura y entrega: Ángelo Heredia afirmó que lo detuvo el ELN en Colombia y fue entregado a autoridades venezolanas (según la defensa). Durante ese lapso, dijo haber escuchado conversaciones que mencionaban a altos funcionarios, de acuerdo con el abogado.
  • Tortura: El defensor describió prácticas como el “refrigerador” —una celda a 4°C, desnudo, por 15 días— y otros tratos crueles. Señaló que estos patrones han sido denunciados por distintos presos políticos.
  • Herida sin atención: El proyectil en la pierna seguiría alojado; la jueza habría oficiado a las autoridades penitenciarias sin lograr la atención médica, y un fiscal habría ofrecido asistencia en audiencia sin que se concretara, según el abogado. Heredia advirtió del riesgo de daño permanente.

Implicaciones legales

El abogado invocó la Ley contra la Tortura y subrayó que una confesión obtenida bajo coacción es nula. Afirmó que denunciará con nombres y apellidos a los presuntos responsables ante instancias nacionales e internacionales, y atribuyó responsabilidad política al entonces fiscal general Tarek William Saab por conocer estos hechos. Insistió en que la omisión de investigar y de proteger a la víctima también genera responsabilidad.

El lugar de la jueza

Según la defensa, la jueza perdió el “control material” de la causa al no poder ejecutar sus propias decisiones para resguardar la integridad del acusado. Este señalamiento —si se sostiene— podría ser uno de los ejes de la apelación anunciada dentro del plazo legal de 10 días a partir del 1 de octubre de 2026.

Criterio editorial

Las denuncias de tortura trascienden la discusión penal: interpelan la validez de todo el proceso. Si se verifican, no solo anulan pruebas clave, sino que obligan a activar vías de investigación y reparación. El estándar democrático exige respuestas institucionales —médicas, disciplinarias y penales— más allá del desenlace de la apelación.

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Política

Peritajes en entredicho: teléfonos ‘sin dueño’ y una ‘orden de batalla’ sin autor

La defensa impugna tres pilares del expediente: vaciados de teléfonos atribuidos a Heredia, una ‘orden de batalla’ sin autor ni cotejo y tiras de tela blanca sin procedencia que habrían dado nombre al caso.

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El abogado Guillermo Heredia detalló en El Canal de Nitu una serie de inconsistencias en las pruebas del caso Brazalete Blanco que, a su juicio, erosionan la base fáctica del fallo del 1 de octubre de 2026. El núcleo de su reclamo: peritajes deficientes, documentos sin autoría y objetos cuya procedencia no habría sido acreditada.

Los teléfonos atribuidos a Ángelo Heredia

Según la defensa, el propio Ángelo Heredia declaró que no tenía teléfono al momento de los hechos. El funcionario que declaró sobre la incautación —identificado en el juicio como David Chacón, de acuerdo con el abogado— habría dicho que solo “aprehendió” unos equipos, sin reconocer haber realizado el vaciado ni el análisis de contenido (acta pericial citada por la defensa como 0020). Pese a ello, de esos supuestos vaciados surgirían conversaciones que vinculan a terceros, entre ellos figuras públicas mencionadas en el programa. Para la defensa, la cadena de custodia y la autoría del contenido no quedaron establecidas.

La ‘orden de batalla’ sin origen

Otro pilar, descrito como un documento que delineaba el plan, sería —siempre según el abogado— una copia “apócrifa”: sin firma, sin autor identificado, sin cotejo pericial y sin constancia de su origen. La funcionaria que declaró sobre el papel —señalada por la defensa como Wendy Guerrero— no habría podido precisar si se trataba de original o copia ni contra qué se comparó.

El “brazalete” que eran tiras de tela

La denominación del caso habría descansado en una bolsa con 500+ tiras de tela blanca. De acuerdo con el relato del abogado, los peritos aceptaron que no tenían costura, broches, emblemas ni marcas, y su procedencia no habría sido acreditada en juicio. Para la defensa, esa evidencia no comprueba la existencia operativa de un plan ni su coordinación.

El episodio de los mapas y las absoluciones

El programa recordó la absolución de cuatro acusados —entre ellos Rocío Sanmiguel— y repasó que a Sanmiguel se le había señalado por tener mapas en casa. Heredia afirmó que el “experto” interrogado no supo explicar conceptos básicos como la escala cartográfica, y que los mapas eran de circulación pública. Para el abogado, este ejemplo exhibe una acusación sobredimensionada que el tribunal terminó desestimando para algunos imputados.

Por qué importa

La fortaleza de un caso de alta connotación política depende de rastros verificables: cadena de custodia, autenticidad documental, peritajes técnicamente sustentados. Lo expuesto por la defensa —si se confirma al leerse la motivación del fallo— cuestiona la suficiencia probatoria. La sentencia escrita deberá precisar qué piezas consideró el tribunal y con qué estándar las valoró.

Criterio editorial

Las falencias técnicas descritas por la defensa son verificables contra actas y peritajes. Su contraste con la motivación de la jueza será decisivo: o robustecen la hipótesis de un proceso viciado, o validan que hubo evidencia material más allá de las declaraciones. La opinión pública necesita ese nivel de detalle para discernir entre conspiración real y construcción acusatoria.

Otras notas del mismo programa:

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El abogado Guillermo Heredia detalló en El Canal de Nitu una serie de inconsistencias en las pruebas del caso Brazalete Blanco que, a su juicio, erosionan la base fáctica del fallo del 1 de octubre de 2026. El núcleo de su reclamo: peritajes deficientes, documentos sin autoría y objetos cuya procedencia no habría sido acreditada.

Los teléfonos atribuidos a Ángelo Heredia

Según la defensa, el propio Ángelo Heredia declaró que no tenía teléfono al momento de los hechos. El funcionario que declaró sobre la incautación —identificado en el juicio como David Chacón, de acuerdo con el abogado— habría dicho que solo “aprehendió” unos equipos, sin reconocer haber realizado el vaciado ni el análisis de contenido (acta pericial citada por la defensa como 0020). Pese a ello, de esos supuestos vaciados surgirían conversaciones que vinculan a terceros, entre ellos figuras públicas mencionadas en el programa. Para la defensa, la cadena de custodia y la autoría del contenido no quedaron establecidas.

La ‘orden de batalla’ sin origen

Otro pilar, descrito como un documento que delineaba el plan, sería —siempre según el abogado— una copia “apócrifa”: sin firma, sin autor identificado, sin cotejo pericial y sin constancia de su origen. La funcionaria que declaró sobre el papel —señalada por la defensa como Wendy Guerrero— no habría podido precisar si se trataba de original o copia ni contra qué se comparó.

El “brazalete” que eran tiras de tela

La denominación del caso habría descansado en una bolsa con 500+ tiras de tela blanca. De acuerdo con el relato del abogado, los peritos aceptaron que no tenían costura, broches, emblemas ni marcas, y su procedencia no habría sido acreditada en juicio. Para la defensa, esa evidencia no comprueba la existencia operativa de un plan ni su coordinación.

El episodio de los mapas y las absoluciones

El programa recordó la absolución de cuatro acusados —entre ellos Rocío Sanmiguel— y repasó que a Sanmiguel se le había señalado por tener mapas en casa. Heredia afirmó que el “experto” interrogado no supo explicar conceptos básicos como la escala cartográfica, y que los mapas eran de circulación pública. Para el abogado, este ejemplo exhibe una acusación sobredimensionada que el tribunal terminó desestimando para algunos imputados.

Por qué importa

La fortaleza de un caso de alta connotación política depende de rastros verificables: cadena de custodia, autenticidad documental, peritajes técnicamente sustentados. Lo expuesto por la defensa —si se confirma al leerse la motivación del fallo— cuestiona la suficiencia probatoria. La sentencia escrita deberá precisar qué piezas consideró el tribunal y con qué estándar las valoró.

Criterio editorial

Las falencias técnicas descritas por la defensa son verificables contra actas y peritajes. Su contraste con la motivación de la jueza será decisivo: o robustecen la hipótesis de un proceso viciado, o validan que hubo evidencia material más allá de las declaraciones. La opinión pública necesita ese nivel de detalle para discernir entre conspiración real y construcción acusatoria.

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